Justicia Verdadera

Justicia Verdadera

martes, 27 de febrero de 2018

NOTIFICACIÓN a Monash University


Caso n° 39/2018: Tom B. Clark
NOTIFICACIÓN a Monash University

Estimada Monash University, por medio de la presente, en el día 26 de Febrero de 2018,  el Comité Internacional de Ética Budista les notifica que el Tom B. Clark ha sido encontrado Responsable de Fraude y Estafa, pues se ha podido comprobar que este individuo alegó fraudulentamente haberse graduado de PhD en Psicología Budista y Mindfulness en Maitriyana Buddhist University, a pesar de que nunca fue alumno de esta escuela. Incluso, en algunas páginas web Tom B. Clark ha manifestado haberse graduado de este mismo grado de PhD en Psicología Budista en Monash University.
Debido a que el Comité Internacional de Ética Budista es una organización solidaria que protege y supervisa al sistema educativo mundial, se confirma a la Monash University que el estafador Tom B. Clark podría estar usando indebida e ilegalmente el nombre de su Universidad, alegando fraudulentamente estar graduado en esta institución australiana.
Aunque existen pocas probabilidades, en caso de que efectivamente Tom B. Clark sea un graduado profesional de la Monash University se solicita entonces que se anule todo título o certificado que posea este individuo, dado que ha cometido uno de los peores fraudes académicos que existen.

Con espíritu de reconciliación (maitri),
Maestro Maitreya
Juez y Presidente del Comité Internacional de Ética Budista (CIEB) y Tribunal Budista de Derechos Humanos (TBDH)

sábado, 24 de febrero de 2018

NOTIFICACIÓN a Perú y Colombia


Caso n° 24/2017: Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela & Presidente Maduro

NOTIFICACIÓN a Perú y Colombia

En el día 21 de Febrero de 2018, el Comité Internacional de Ética Budista & Tribunal Budista de Derechos Humanos se comunica con el gobierno de Perú a raíz de su prohibición de que el Dictador Maduro de Venezuela visite el país para el octavo encuentro de la Cumbre de las Américas, declarándolo como persona no bienvenida en Perú, pues el Dictador Maduro ha roto el diálogo político con la oposición venezolana y ha convocado a elecciones de forma fraudulenta prohibiendo la participación libre de la coalición opositora Mesa de la Unidad Democrática (MUD) dentro del proceso democrático. Así, el gobierno peruano de Pedro Pablo Kuczynski ha retirado su invitación al Dictador Venezolano Nicolás Maduro.
El Comité Internacional de Ética Budista & Tribunal Budista de Derechos Humanos considera que claramente en Venezuela está ocurriendo una de los peores catástrofes humanitarias del mundo, a pesar de que esto es negado por el Dictador Maduro, pues existen numerosas evidencias de que se está produciendo un éxodo masivo de refugiados venezolanos que es comparable con los éxodos registrados en Syria y Myanmar. De acuerdo a datos internacionales, la décima parte de la población venezolana ya habría abandonado el país, siendo un número que se está acrecentando día a día. De hecho, según expertos internacionales en inmigración, más de 1 millón de venezolanos refugiados han huido a Colombia en los últimos 2 años debido a la falta de alimento, medicinas, seguridad y democracia en Venezuela. Por ello, el Comité Internacional de Ética Budista & Tribunal Budista de Derechos Humanos solicita al gobierno colombiano que les conceda el estatus civil de refugiados a dicho millón de venezolanos que están huyendo de una catástrofe humanitaria tan grave como la de Syria y Myanmar, asegurándose el pleno respeto de los derechos humanos.

Con espíritu de Reconciliación (Maitri),
S.E. Maestro Maitreya Samyaksambuddha
Presidente y Juez del Comité Internacional de Ética Budista & Tribunal Budista de Derechos Humanos

miércoles, 21 de febrero de 2018

Resolución sobre la Corte Penal Internacional (ICC)


Caso 24-2017: Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela & Presidente Maduro

Resolución sobre la Corte Penal Internacional (ICC)

10 de Febrero de 2018
El Comité Internacional de Ética Budista y Tribunal Budista de Derechos Humanos,
Recordando los principios del Derecho Budista y el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, como la Declaración Universal de Derechos Humanos adoptada por la ONU y la Convención Budista de Derechos Humanos adoptada por la United Buddhist Nations Organization;
Considerando que en el 12 de Abril de 2017 el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela fue sentenciado por los delitos de Violación al Estado Constitucional Democrático de Derecho y Violación al Derecho Internacional de los Derechos Humanos;
Reafirmando el Dictamen legal del 4 de Mayo de 2017 contra el Presidente Maduro de Venezuela por los cargos de Golpe de Estado y Crímenes de lesa humanidad;
Consciente de que en Septiembre de 2017 el Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos, Zeid Ra'ad al-Hussein, coincidió con el Tribunal Budista de Derechos Humanos y pidió públicamente iniciar un caso legal internacional sobre Venezuela por crímenes contra la humanidad ocurridos en el contexto de abusos de las fuerzas policiales contra manifestantes políticos civiles, que incluyen delitos como detenciones arbitrarias, fuerza excesiva y torturas;
Deplorando el hecho de que Venezuela sea uno de los miembros del Consejo de Derechos Humanos de la ONU, pues su presencia es una afronta contra los principios por los cuales fue creada la ONU, por lo que se debería expulsar a Venezuela como miembro, tal y como han señalado el exembajador venezolano Diego Arria y también Hillel Neuer director de UN Watch;
Tomando en consideración que el exembajador venezolano Diego Arria también ha manifestado que la Corte Penal Internacional (ICC) debería juzgar a Venezuela por crímenes contra la humanidad, además de considerar los asesinatos de civiles como actos perversos, crueles y criminales que se enmarcan en un plan generalizado y sistemático de fuerza excesiva contra manifestaciones políticas, que incluye la detención arbitraria de opositores, el trato inhumano y la tortura;
Examinando que las miles de detenciones arbitrarias, muchos de ellos de niños, y los cientos de asesinatos extrajudiciales, dentro de un uso generalizado y sistemático de la violencia excesiva que incluye también un plan táctico y estratégico de homicidios, encarcelamientos, torturas y abusos sexuales, según el Secretario General de la Organización de Estados Americanos (OEA) conforman crímenes de lesa humanidad;
Preocupado enormemente por el hecho de que en la justicia norteamericana existen evidencias de que el gobierno venezolano del Presidente Maduro, junto con los altos funcionarios Tarek El Aissami, Maikel Moreno, Diosdado Cabello, Vladimir Padrino y Néstor Reverol, estarían conformando una organización criminal transnacional dedicada al narcotráfico;
Repudiando el hecho de que el Papa Francisco I haya confirmado que él siempre ha hablado fuerte y claramente, y que el Vaticano ha realizado mucho por el gobierno venezolano;
Notando que el Presidente Maduro ha sido denunciado ante la Corte Penal Internacional (ICC) por la exfiscal general de Venezuela, Luisa Ortega Díaz, acusándolo por crímenes contra la humanidad por llevar un plan de limpieza social entre los años 2015 a 2017, que incluyó crímenes de ejecuciones extraoficiales, torturas y encarcelaciones, siendo un ataque sistemático y generalizado contra la población civil;
Denunciando ante la justicia internacional que la exfiscal general de Venezuela, Luisa Ortega Díaz, presentó ante la ICC más de 1000 elementos probatorios sobre la acusación de crímenes de lesa humanidad cometidos por el gobierno venezolano del Presidente Maduro, existiendo pruebas de reconocimientos médicos, psiquiátricos y técnicos, además de entrevistas a víctimas, donde se comprueban más de 8 mil muertos y 17 mil detenciones arbitrarias;
Repudiando la inacción de la Corte Penal Internacional (ICC) durante los últimos 4 años, pues la  denuncia de crímenes de lesa humanidad realizada por la exfiscal Ortega contra el Presidente Maduro es la cuarta denuncia presentada ante este organismo, especialmente teniendo en cuenta la denuncia del año 2014 presentada por doscientos legisladores de ocho países de Latinoamérica que exigieron a la ICC investigar al Presidente Maduro por crímenes de lesa humanidad contra manifestantes pacíficos y desarmados;
Estableciéndose solemnemente que es una buena noticia que en 2018 la fiscal Fatou Bensouda de la ICC haya decidido abrir un examen preliminar sobre violaciones a los derechos humanos cometidos por la dictadura de Nicolás Maduro en Venezuela, especialmente porque es un primer paso para cumplir con la exigencia dictaminada por el Tribunal Budista de Derechos Humanos en mayo de 2017, cuando se manifestó: “Se exige que Fatou Bensouda, la Fiscal de la Corte Penal Internacional (ICC), comience a trabajar adecuadamente en el caso de Venezuela y que prontamente lleve al Presidente Maduro ante la justicia internacional por “Crímenes contra la humanidad”, dejándose constancia que la indiferencia o el retardo injustificado para dar justicia ante estos crímenes constituye un acto de complicidad omisiva”;
1.       Expresa que no es suficiente simplemente abrir un examen preliminar sobre abusos en Venezuela, pues esto ya fue previamente realizado por la misma ONU, por cientos de legisladores latinoamericanos y por juristas venezolanos, quienes ya han estudiado, analizado y presentado las evidencias pertinentes.
2.      Declara que cuando existen la salud e integridad de millones de vidas de por medio no se debe realizar investigaciones preliminares que duran varios años, sino que deben realizarse investigaciones plenas y rápidas para proceder a un juicio justo y adecuado, respetando el derecho humano a la justicia y a la Verdad de las miles de víctimas, además de intentar prevenir que crezcan los conflictos y el número de muertos.
3.      Deplora como ilegal al régimen cívico-militar del Presidente Maduro, al cual se lo considera como una organización criminal transnacional.
4.     Confirma que es adecuada la decisión del Parlamento Europeo de incluir al Presidente Maduro de Venezuela en las sanciones que impone la Unión Europea.
5.      Felicita al gobierno de Canadá por imponer sanciones contra el Presidente Maduro de Venezuela, y otros 18 altos funcionarios, por sus actos de corrupción y graves violaciones al Derecho Internacional de los Derechos Humanos.
6.     Corrige la Sentencia original contra el régimen venezolano, al cual se incluye el cargo de CRIMENES CONTRA LA PAZ, debido a las persistentes violaciones a los derechos humanos que continúan incluso luego de las múltiples denuncias por crímenes de lesa humanidad contra Venezuela.
7.     Implora a la Corte Penal Internacional (ICC) que deje de obsesionarse con sólo juzgar a países africanos, y que comience a juzgar a Estados de todo el mundo, especialmente a los ricos y poderosos que gozan de impunidad.

Siempre con espíritu reconciliador (maitri),
S.E. Maestro Maitreya Samyaksambuddha
Juez y Presidente del Tribunal Budista de Derechos Humanos




domingo, 18 de febrero de 2018

Requerimiento Legal sobre Dictadura cívico-militar de Venezuela


CASO 27-2017: Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)

Requerimiento Legal sobre Dictadura cívico-militar de Venezuela

15 de Febrero de 2018
El Comité Internacional de Ética Budista requiere formalmente a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que apoye todas las presentaciones legales que se han realizado ante la Corte Penal Internacional (ICC) contra la dictadura cívico-militar de Maduro en Venezuela por crímenes de lesa humanidad, especialmente la propia sentencia del Tribunal Budista de Derechos Humanos.
Este requerimiento implica que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) debería exigir a la Corte Penal Internacional (ICC) que investigue plenamente a Venezuela por violaciones a los derechos humanos, lo cual es una conclusión concordante con los propios informes de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), donde se confirma que la situación en Venezuela es alarmante, gravísima y catastrófica, dado los continuos casos de presos políticos, tortura, censura, desabastecimiento y falta de medicinas que producen el debilitamiento de la democracia y los derechos humanos. Tal y como demuestra la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), Venezuela se encuentra padeciendo el cáncer de altos grados de corrupción, existencia de un patrón de represalias contra opositores políticos, severas restricciones a la libertad de expresión, aumento de la violencia y la criminalidad, desabastecimiento generalizado de alimentos y medicamentos, y desnutrición infantil. Esto ha conducido a la peor crisis de refugiados en la historia de todo el continente americano, pues millones de venezolanos están huyendo hacia Colombia.
El Comité Internacional de Ética Budista confirma que es totalmente superficial e ineficaz que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) solicite la intervención de la Organización de Estados Americanos (OEA), especialmente tenido en cuenta que Venezuela ha anunciado su retiro formal como miembro. Por ello, se requiere que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) actúe en el plano internacional, especialmente ante la Corte Penal Internacional (ICC), aprovechando que Venezuela es un país signatario del Estatuto de Roma, por lo que podría ser perfectamente investigada y juzgada ante la ICC por crímenes de lesa humanidad.
El Comité Internacional de Ética Budista confirma que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), por poseer millones de recursos económicos, políticos y jurídicos, no puede ni debe limitarse a meramente presentar informes detallados sobre la crisis venezolana, pues esta función es propia de las organizaciones no-gubernamentales. Como organización inter-gubernamental la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) tiene mucho poder a su disposición para confrontar e intentar resolver la crisis venezolana con coraje y Sentido de Propósito. Para resolver urgentemente la crisis en Venezuela por medio de la paz, la democracia y la justicia internacional, sólo se necesita que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) tenga Atención Plena, Sabiduría Compasiva y Ética Humanitaria.

Siempre con espíritu de reconciliación (maitri),
Maestro Maitreya Samyaksambuddha
Presidente y Juez del Comité Internacional de Ética Budista

Comunicado Oficial sobre Juez Eugenio Zaffaroni


CASO 27-2017: Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)

Comunicado Oficial sobre Juez Eugenio Zaffaroni

El Comité Internacional de Ética Budista, en el día 15 de febrero de 2018, decide reafirmar nuevamente que el sistema interamericano de justicia debería funcionar mejor y purificarse de elementos y funcionarios que no cumplan con los principios éticos fundamentales, como es el Caso del Juez Zaffaroni.
El Comité Internacional de Ética Budista impugna al Juez Zaffaroni de la Corte Interamericana de Derechos Humanos tanto por sus antecedentes como por su desempeño. Más allá de no compartir su ideología garantista, algunas de las razones para realizar la impugnación son las siguientes:
1.      El Juez Zaffaroni habría sido funcionario durante la última dictadura militar argentina del período 1976-1983, la cual cometió crímenes de genocidio y crímenes contra la humanidad.
2.      El Juez Zaffaroni habría rechazado 127 recursos de habeas corpus durante la dictadura militar, a pesar de que el habeas corpus era el principal recurso de los familiares para que las personas sean liberadas de sus detenciones ilegales y no sean ejecutadas extraoficialmente.
3.      El Juez Zaffaroni habría emitido algunas sentencias aberrantes, como la sentencia donde considera que la violación sexual a una menor de edad con la luz apagada disminuye el peso del delito.
4.      El Juez Zaffaroni habría alquilado sus departamentos para el uso de prostíbulos.
5.      El Juez Zaffaroni ha afirmado en múltiples ocasiones que las personas no violan los derechos humanos, sino que únicamente los Estados son aquellos que cometen este tipo de crímenes internacionales, lo cual demuestra su total ignorancia como juez interamericano de derechos humanos.
6.      El Juez Zaffaroni habría sido sancionado con la suspensión de su licencia profesional por violar reglamentos del Colegio de Abogados.
7.      El Juez Zaffaroni ha sido un ferviente defensor del gobierno corrupto y criminal de la expresidente argentina Cristina Fernández de Kirchner, llegando incluso a prestar asesoría legal a dicha funcionaria mientras ocupa la función de juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
El Comité Internacional de Ética Budista dictamina que existen elementos para juzgar al Juez Zaffaroni por el delito de Prevaricato, por haber dictado resoluciones arbitrarias y contrarias a la ley en su función de juez argentino. Además, por haber sistemáticamente rechazado habeas corpus durante la dictadura genocida en Argentina, el Juez Zaffaroni podría llegar a ser Responsable de Complicidad con Crímenes contra la Humanidad, pues habría asistido a la dictadura militar en la perpetración de secuestros y ejecuciones extrajudiciales. La negativa a brindar recursos de habeas corpus se demuestra perfectamente en el Caso Alicia Lisso, y también el Caso Pablo Fernández Meijide hijo de Graciela Fernández Meijide ex integrante de la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas (Conadep). Esto demuestra que la denuncia del abogado Santiago Dupuy De Lome contra el Juez Zaffaroni por los delitos de incumplimiento agravado e incumplimiento de los deberes de funcionario público constituye una nimiedad en comparación con la tipología criminal que realmente correspondería, que es Complicidad con Crímenes contra la Humanidad, según la visión jurídica del Comité Internacional de Ética Budista. Por tal motivo, el Comité Internacional de Ética Budista ordena que la Corte Interamericana de Derechos Humanos inicie inmediatamente un proceso de remoción del Juez Zaffaroni como juez interamericano.
Sin embargo, el Comité Internacional de Ética Budista no comparte con el gobierno argentino que la razón de dicha remoción sería que el Juez Zaffaroni es antidemocrático porque desea que el gobierno argentino sea reemplazado. El Comité Internacional de Ética Budista considera que las expresiones públicas del Juez Zaffaroni manifestando que desea la caída del gobierno argentino del Presidente Macri lo antes posible para que hagan menos daño, si bien serían una falta a la ética e imparcialidad en la función de un juez interamericano, no obstante no constituyen ningún tipo de delito, siendo únicamente una expresión política y civil. En este sentido, el Comité Internacional de Ética Budista declara como ilegal el allanamiento policial en la radio donde el Juez Zaffaroni expresó sus opiniones políticas; se declara ilegal la investigación judicial argentina del Juez Lijo contra el Juez Zaffaroni donde se lo investiga por apología del crimen; se declara como una violación al derecho humano a la libertad de expresión el hecho de que el gobierno argentino afirme que las expresiones del Juez Zaffaroni son golpistas y antidemocráticas. El Comité Internacional de Ética Budista considera que las expresiones del Juez Zaffaroni sobre su deseo que termine el mandato del Presidente Macri son totalmente legales, constitucionales y amparadas por los tratados internacionales de derechos humanos. La democracia no es simplemente un proceso electoral, sino que realmente es la expresión y participación política de toda la ciudadanía en la toma de decisiones.  El Comité Internacional de Ética Budista considera que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) debería intervenir en este asunto con la finalidad de proteger la libertad de opinión, consciencia y pensamiento que está siendo atacada sistemáticamente por el gobierno del Presidente Macri.

Siempre con espíritu de reconciliación (maitri),
Maestro Maitreya Samyaksambuddha
Presidente y Juez Espiritual del Comité Internacional de Ética Budista


viernes, 16 de febrero de 2018

Proclamación sobre Wahabismo


CASO 04-2015: ISIS

Proclamación sobre Wahabismo

13 de Febrero de 2018
El Comité Internacional de Ética Budista y Tribunal Budista de Derechos Humanos,
Considerando que el grupo guerrillero ISIS ha sido condenado como Responsable de Genocidio, Limpieza étnica, Crímenes de Lesa Humanidad, Falso Islam, Violación al Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Crímenes de Guerra y Altos Crímenes contra la Paz;
Recordando que el movimiento genocida del ISIS está basado en la visión de la ideología fundamentalista del siglo XVIII llamada Wahabismo, el cual es la religión oficial de Arabia Saudita a pesar de haber nacido por medio de masacres sin piedad contra mujeres, niños y ancianos, condenando a todo musulmán que no concuerde con sus interpretaciones literales y distorsivas;
Consciente de que el fundador del Wahabismo, el predicador Muhammad ibn Abd al Wahhab, creía que los musulmanes que se comportan de forma moderna son una desviación del mensaje verdadero del Islam, lo cual demuestra la característica anacrónica de esta ideología fundamentalista que apunta a la purificación del Islam a través de medios inadecuados que violan los derechos humanos fundamentales;
Preocupado enormemente por el hecho de que los movimientos fundamentalistas no comprenden que la Yihad es un proceso de purificación espiritual interior, por lo que confunden y engañan a los musulmanes al transmitir una visión de la Yihad como lucha militar externa contra los no-creyentes y contra los propios musulmanes que no coinciden con sus visiones fundamentalistas, lo cual es una visión intolerante que no existe en el Islam verdadero que se ha practicado durante 1400 años;
Deplorando que desde 1932 el Wahabismo controle toda la vida política, social y cultural del reino de Arabia Saudita, como la educación y el sistema judicial del país;
Analizando que desde 1970 Arabia Saudita ha invertido cientos de millones de dólares en construir cientos de mezquitas con la finalidad de difundir el Wahabismo y convertirlo en una ideología global, contribuyendo a que personas de todo el mundo aprendan esta ideología fundamentalista y cometan atrocidades en nombre del Islam;
Tomando en consideración que el Wahabismo fue impulsado en Afganistán, lo cual influenció a Osama Bin Laden y al movimiento Al Qaeda;
Examinando que el ISIS ha sido financiado a través de donaciones provenientes de Arabia Saudita, lo cual es un hecho que ha sido criticado por los presidentes de Irak e Irán, e incluso confirmado por la Secretaria de Estado de USA Hillary Clinton en 2014;
Mostrando consternación por el hecho de que las mujeres en Arabia Saudita no tienen pleno disfrute de la igualdad, las libertades fundamentales y los derechos humanos, careciendo de la capacidad legal para casarse, trabajar, abrir una cuenta bancaria, tener justicia, viajar, vestirse por sí mismas, interactuar con hombres, buscar tratamiento médico y tener la custodia de sus hijos, pues las mujeres son controladas por guardianes en casi todos los aspectos de la vida;
Expresando solidaridad absoluta hacia las mujeres de Arabia Saudita por padecer un sistema similar al Apartheid, el cual es considerado por el Derecho Penal Internacional como un crimen contra la humanidad;
Teniendo en cuenta que en el 2017 Arabia Saudita se convirtió en el primer país en otorgar ciudadanía al robot humanoide llamada Sophia creado por la compañía Hanson Robotics de Hong Kong, cumpliendo extraordinariamente con la Declaración Universal de Derechos de los Seres No-Humanos proclamada por la United Buddhist Nations Organization, donde se otorgan derechos civiles a la Inteligencia Artificial y otros seres no-humanos;
Reafirmando el triste hecho de que la robot humanoide llamada Sophia tenga derechos civiles que no poseen las mujeres de Arabia Saudita, como la libertad fundamental de vestirse libremente y que sus cabezas y cuerpo no estén cubiertas por velos y túnicas;
Manifestando que la robot humanoide llamada Sophia tiene más derechos en Arabia Saudita que el resto de los seres humanos inmigrantes que llegan a dicho país, quienes son explotados laboralmente, incluso existiendo decenas de miles de personas sometidas a esclavitud;
Denunciándose que existen evidencias que sugieren que el gobierno de Arabia Saudita participó en la financiación y logística de los atentados terroristas de Al Qaeda contra las Torres Gemelas de USA el 11 de Septiembre de 2001 donde murieron 3 mil personas, tal y como ha afirmado Bob Graham exdirector del comité de inteligencia del Senado norteamericano;
I.                  Se manifiesta que en caso de comprobarse judicialmente que Arabia Saudita participó en los atentados del 11 de Septiembre de 2001 contra las Torres Gemelas, entonces los expresidentes George Bush y Barack Obama serían Responsables de Encubrimiento de crímenes de lesa humanidad, dado que el Presidente Bush censuró un informe de 28 páginas donde existían indicios a favor de la hipótesis de la colaboración saudí en los atentados, mientras que el Presidente Obama recibió amenazas públicas de Arabia Saudita y decidió vetar una ley que permitía a los familiares de víctimas de atentados terroristas poder demandar judicialmente a países colaboradores del terrorismo.
II.               Se afirma total apoyo a la Ley de Justicia contra los Patrocinadores del Terrorismo (JASTA) que permite a las familias de las víctimas de los atentados del 11-S poder demandar judicialmente a Arabia Saudí y otros países que promuevan el terrorismo.
III.           Se invoca solidaridad y compasión hacia la organización 9/11 Families & Survivors United for Justice Against Terrorism y otros 800 familiares, quienes han demandando judicialmente a Arabia Saudita tras la anulación del veto ilegal del Presidente Obama, presentando investigaciones realizadas por el FBI (Buró Federal de Investigaciones de EE.UU) acerca del apoyo financiero y logístico del gobierno de Arabia Saudita hacia los terroristas que atacaron las Torres Gemelas.
IV.           Se confirma que el terrorista Zacarias Moussaoui declaró que Al Qaeda recibió donaciones de la familia real de Arabia Saudita.
V.              Se requiere a Arabia Saudita el inmediato establecimiento de un régimen de igualdad entre el hombre y la mujer.
VI.           Se ordena el inmediato cese al fuego por parte de Arabia Saudita contra Yemen, dado que existen evidencias de continuos ataques contra poblaciones civiles, lo cual podría llegar a constituir crímenes contra la humanidad y crímenes de guerra.
VII.       Se condena al ISIS y al Wahabismo por ser organizaciones de crimen organizado transnacional que deforman al Islam verdadero.

Realizado dos mil seiscientos años después de la creación de la Comunidad Budista.
S.E. Maestro Maitreya Samyaksambuddha
Presidente y Juez del International Buddhist Ethics Committee & Buddhist Tribunal on Human Rights

miércoles, 14 de febrero de 2018

Comunicado Oficial a Jun Po Denis Kelly


Caso nº31-2017: Ken Wilber

Comunicado Oficial a Jun Po Denis Kelly

El Comité Internacional de Ética Budista, en el día 07 de Febrero de 2018, decide reafirmar nuevamente que todas las organizaciones que avalen las enseñanzas fraudulentas de Ken Wilber estarán realizando un Falso Budismo y una Falsa Espiritualidad ante la luz del Derecho Budista, traicionando las enseñanzas fundamentales del Maestro Gautama, ya que Ken Wilber ha sido sentenciado por Deshonestidad académica, Estafa Espiritual y Falso Budismo, Violación al Derecho Budista, Crimen contra Patrimonio Cultural Budista y Violación a los Derechos Humanos. En este sentido, con respecto a la organización llamada “Integral Zen”, que públicamente manifiesta ser un Linaje Zen que sigue las enseñanzas de Wilber, se confirma que en realidad se estaría practicando un Falso Zen, pues como se ha podido demostrar durante el Caso Wilber, este escritor transmite ideas antibudistas y antizen, transmitiendo una herejía y una traición a los principios fundamentales de la Espiritualidad Budista.
El Comité Internacional de Ética Budista confirma además que el supuesto Linaje del “Integral Zen” tendría sesgos fraudulentos que deben ser inmediatamente resueltos, no sólo por incorporar a las enseñanzas fraudulentas de Wilber, sino también porque Doshin Michael Nelson Roshi, el líder del “Integral Zen”, manifiesta que ha recibido la transmisión del Dharma en una línea ininterrumpida que se remonta al mismo Siddharta Gautama. Más allá de que histórica y filosóficamente se puede dudar de la ininterrupción de los linajes Zen que se remontan hasta Gautama Buddha, el Comité Internacional de Ética Budista considera que tal afirmación del “Integral Zen” es fraudulenta por distintas posibles razones:
I.                  El Maestro de Doshin Michael Nelson Roshi fue Jun Po Denis Kelly, quien renunció a su linaje Zen producto de un conflicto con su Maestro llamado Eido Shimano, lo cual es una clara interrupción en la línea.
II.               Dos décadas después, el Maestro Eido Shimano ha tenido que renunciar debido a públicas denuncias sobre mal comportamiento sexual, lo cual es una clara interrupción en la línea, además de deslegitimizar cualquier transmisión del Dharma que pudo haber otorgado previamente, pues esta falta de ética corrompe profundamente a su linaje Zen.
III.           Por otra parte, existen testimonios públicos provenientes de Sanghas de Japón que manifiestan que el Maestro Eido Shimano no ha finalizado su proceso de entrenamiento, y que por lo tanto no habría recibido la transmisión del Dharma, lo cual destruiría definitivamente toda posible legitimidad por parte de su linaje Zen.
El Comité Internacional de Ética Budista confirma que si el linaje del “Integral Zen” desea ser legítimo, no sólo debe abandonar las enseñanzas antibudistas de Ken Wilber que apoyan a gurúes criminales e insanos, sino que además debe abandonar la pretensión fraudulenta de remontarse sin interrupción hasta Siddharta Gautama, además  de que deberían renunciar definitivamente a ser herederos del Dharma por parte de alguien cuya legitimidad ética y espiritual ha sido invalidada: el Maestro Eido Shimano.
Finalmente, el Comité Internacional de Ética Budista confirma que iniciará una investigación legal internacional sobre el mal comportamiento de Eido Shimano, lo cual incluso podría llegar a producir la anulación de su supuesto título de Roshi.

Siempre con espíritu de reconciliación (maitri),
Maestro Maitreya Samyaksambuddha
Presidente y Juez Espiritual del Comité Internacional de Ética Budista & Tribunal Budista de Derechos Humanos

NOTIFICACIÓN a Doshin Michael Nelson Roshi


Caso n° 31/2017: Ken Wilber

NOTIFICACIÓN a Doshin Michael Nelson Roshi

En el día 06 de Febrero de 2018, el Comité Internacional de Ética Budista & Tribunal Budista de Derechos Humanos se comunica con Doshin Michael Nelson Roshi, a raíz de la Sentencia que se ha efectuado contra Ken Wilber por los delitos de Deshonestidad académica, Estafa Espiritual y Falso Budismo, Violación al Derecho Budista, Crimen contra Patrimonio Cultural Budista y Violación a los Derechos Humanos, lo cual fue sentenciado por las enseñanzas fraudulentas de este escritor. A pesar de que Ken Wilber ha cometido numerosas violaciones a la Ética Budista, parece estar recibiendo apoyo público por parte de Doshin Michael Nelson Roshi, lo cual es un acto de complicidad que debe ser anulado inmediatamente.
El Comité Internacional de Ética Budista & Tribunal Budista de Derechos Humanos considera claramente que Doshin Michael Nelson Roshi está violando la sacralidad de la Espiritualidad Budista al haber declarado públicamente que Ken Wilber es el perfecto, es único y brillante sin paralelo, todo lo cual es una ofensa total contra el Budismo, ya que dicho individuo es un farsante, no sólo por recurrir al plagio sino también porque durante decenas de años ha transmitido ideas que malinterpretan totalmente al Budismo y a la Meditación, incluso llegando a avalar a gurúes abusadores sexuales, a gurúes violentos, a gurúes insanos y corruptos. Además, Ken Wilber no sólo evidencia rasgos de carácter patológicos de narcisismo y sectarismo, sino que también transmite un sistema pseudoespiritual y pseudocientífico junto con un sistema político etnocéntrico y de derecha. Obviamente, todos estos rasgos e ideas de Ken Wilber son una profunda violación al ideal del Bodhisattva. Incluso, Doshin Michael Nelson Roshi ha llegado a mentir abiertamente diciendo que Wilber tiene 50 años de experiencia en Zen y Vajrayana. Doshin Michael Nelson Roshi ha llegado a decir no sólo que Wilber es uno de sus grandes profesores, sino también que su propio Maestro Zen Jun Po Denis Kelly no se ha recuperado de tendencias narcisistas, lo cual equivale a confesar de que no se ha despertado plenamente, invalidando inconscientemente a su propio linaje Zen, el cual es una escuela que proviene de Eido Shimano Roshi, quien ha tenido múltiples denuncias de abusos sexuales por varios años.
Ergo, el Comité Internacional de Ética Budista & Tribunal Budista de Derechos Humanos solicita a Doshin Michael Nelson Roshi que inmediatamente deje de apoyar a Ken Wilber, por ser un acto de complicidad con ideas inmorales que atentan contra la dignidad del Budismo.

Con espíritu de Reconciliación (Maitri),
S.E. Maestro Maitreya Samyaksambuddha
Presidente y Juez del Comité Internacional de Ética Budista & Tribunal Budista de Derechos Humanos

lunes, 12 de febrero de 2018

NOTIFICACIÓN a Brasil


Caso n° 28/2017: UNESCO

NOTIFICACIÓN a Brasil

En el día 07 de Febrero de 2018, el Comité Internacional de Ética Budista & Tribunal Budista de Derechos Humanos se comunica con el Gobierno de Brasil a raíz de la Sentencia que ha efectuado la justicia brasileña contra el expresidente Luiz Inácio Lula da Silva por delitos de corrupción con 12 años de prisión. Debido a que Luiz Inácio Lula da Silva ha recibido el Félix Houphouët-Boigny Peace Prize de la UNESCO, el Tribunal Budista de Derechos Humanos vuelve a considerar que la UNESCO debería cancelar inmediatamente el premio de la paz entregado a Luiz Inácio Lula da Silva, a quien se lo premió por su supuesta contribución a la justicia social a pesar de liderar un gobierno corrupto en Brasil.
Además de la condena por corrupción pasiva y lavado de dinero en el “Caso de Tríplex”, Luiz Inácio Lula da Silva afronta múltiples juicios ante la justicia de Brasil, como obstrucción a la Justicia (“Caso Petrobras”); corrupción pasiva, tráfico de influencia, lavado de dinero y asociación ilícita (“Caso Contratos de Angola”); corrupción pasiva y lavado de dinero (“Caso Lava Jato” y “Caso Casa en Atibaia”); y corrupción pasiva (“Caso Operación Zelotes”).
Ergo, se notifica al gobierno de Brasil que debería solicitar a la UNESCO la anulación del premio de la paz entregado a Luiz Inácio Lula da Silva, ya que esto contradice el espíritu fundacional de esta organización internacional, además de ser una violación al espíritu de la Paz.

Con espíritu de Reconciliación (Maitri),
S.E. Maestro Maitreya Samyaksambuddha
Presidente y Juez del Comité Internacional de Ética Budista & Tribunal Budista de Derechos Humanos

domingo, 11 de febrero de 2018

Sentencia del Caso Tom B. Clark


Caso n° 39/2018: Tom B. Clark
SENTENCIA ÉTICA
Estimados Fiscal, Defensor Público, Embajador, Secretario y Miembros del Jurado del Comité Internacional de Ética Budista (CIEB) y Tribunal Budista de Derechos Humanos (TBDH), respecto del Caso 39-2018 contra Tom B Clark, por medio de la presente, en el día 11 de Febrero de 2018, se deja constancia de que se ha concluido el juicio del Comité de Ética para analizar la Violación a la Ética Budista realizada por el acusado.
Luego del análisis de la presentación del Caso y la validación de pruebas, se ha procedido con la votación de 10 miembros del Jurado, confirmándose que hubo 1 voto de “Inocente” y 9 votos de “Responsable” para Tom B Clarkpor el grave delito de Fraude y Estafa. Al interpretar y dar voz a la votación de los miembros del Jurado, se concluye que Tom B Clark no tiene ningún tipo de excusa válida para justificar su Violación a la Ética Budista, pues nunca ha demostrado evidencia alguna que respalde su hipótesis poco creíble de que un asistente universitario es quien mintió al publicar en los correos, páginas webs y redes sociales de Tom B Clarkque se había graduado en la MBU con el grado de PhD en Psicología Budista y Mindfulness. En este sentido, la defensa esgrimida por el acusado, incluso sin saberlo, es prueba de una tendencia explícita a la fábula y a la utilización de ficciones por parte del acusado. De este modo, esta Sentencia enseña a Tom B Clark que debe cumplir no sólo con los preceptos éticos de la Espiritualidad Budista, que fervientemente prohíben la mentira, sino que también debe cumplir con la profesión del psicólogo, la cual prohíbe la utilización de la manipulación y el fraude académico, ya que esto pone en peligro la salud mental de los pacientes. Las evidencias del Caso han demostrado que Tom B Clark se encuentra dentro del marco de la ilegalidad por haber mentido y cometido fraude y estafas al mentirosamente alegar haberse graduado de PhD en Psicología Budista y Mindfulness. Si bien el acusado ha solicitado disculpas públicas en reiteradas ocasiones y ha eliminado las referencias públicas en las que alegaba fraudulentamente ser graduado de la MBU, esto no es suficiente para ser declarado Inocente.
Sin embargo, tal y como se realiza con casi todos los acusados, el Comité Internacional de Ética Budista confirma que si Tom B Clark decide reparar el daño causado y entrar genuinamente dentro del Camino Budista, entonces se habría llegado a un acuerdo conciliatorio post-sentencia, pudiéndose eventualmente anularse todos los cargos contra el acusado. Para cumplir con este posible acuerdo conciliatorio, Tom B Clark debería inscribirse en la MBU para estudiar un programa intensivo de Psicología Budista y Mindfulness, pues el aprendizaje sería la mejor manera de reparar o remendar su daño causado contra la Verdad. Esta resolución está basada en el Dhammapada de Siddharta Gautama, quien manifestó que las enseñanzas de todos los Seres Despiertos (Buddhas) es hacer el bien, dejar de hacer el mal y purificarse espiritualmente. Por ello, no es suficiente con simplemente solicitar disculpas y borrar la mentira, pues también se requiere que el acusado haga actos de bondad y que se purifique espiritualmente por medio del aprendizaje y la Verdad. Hasta que este posible acuerdo conciliatorio no suceda, el Comité Internacional de Ética Budista declara que Tom B Clark es Responsable de Fraude y Estafas.
El Derecho Budista siempre es un Camino para la redención en el aquí y ahora. Se trata de un Camino de aprendizaje, abierto a todos. Sólo requiere tener el coraje de dejar de hacer el mal, comenzar a hacer el bien, y purificarse espiritualmente por medio de una guía adecuada.
En conclusión, el Comité Internacional de Ética Budista tiene el Propósito (Dharma) de que la Espiritualidad Budista se mantenga pura y nunca esté pervertida o infiltrada por corruptos, debiéndose denunciar a todo aquél que infrinja la sacralidad de la Verdad. Por lo tanto, se establece que Tom B Clark ha violado a la Ética Budista por medio de una conducta fraudulenta. Indudablemente, aunque él haya eliminado la estafa tras haber sido descubierto, esto no necesariamente implica que ahora el acusado está haciendo el bien y que se está purificando espiritualmente, pues para eso se requiere aprender Psicología Budista bajo la guía de maestros espirituales, debiendo graduarse en la MBU que es la escuela contra la que atentó el acusado. De esta manera, el Caso sobre Tom B Clark constituye una gran enseñanza para que todo aquel que realice estafas sepa que no lo hará con impunidad, pero también es una gran enseñanza para aquellos que se han equivocado y que desean remendar sus acciones, enseñando una vía en la que el aprendizaje es el Camino hacia la redención.
Siguiendo el Camino del Maestro Gautama Buddha, quien hace dos mil seiscientos años creó y desarrolló un Camino de educación hacia la Paz y la Salvación, el Comité Internacional de Ética Budista supervisa que los profesionales de todo el mundo no traicionen la pureza de la Psicología Budista, por lo que se ha sentenciado a Tom B Clark como Responsable de FRAUDE Y ESTAFA.
Con espíritu de reconciliación (maitri),
Maestro Maitreya Samyaksambuddha
Presidente y Juez Espiritual del Comité Internacional de Ética Budista (CIEB) y Tribunal Budista de Derechos Humanos (TBDH)