Justicia Verdadera

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domingo, 4 de septiembre de 2016

Proclamación sobre Inmigración




Caso 10-2015: Argentina

Proclamación sobre Inmigración
30 de Agosto de 2016
El Comité Internacional de Ética Budista y Tribunal Budista de Derechos Humanos,
Considerando que el 1 de Septiembre de 2016 el Gobierno Argentino ha decidido crear un centro de detención de inmigrantes, el cual indudablemente es una cárcel para extranjeros, cuyo traslado y custodia será llevado a cabo por la policía federal como etapa previa a la expulsión del país;
Recordando que este hecho representa un retroceso notable del Gobierno Argentino en materia de derechos humanos, pues no sólo se atenta contra leyes migratorias locales e instrumentos internacionales de derechos humanos, sino que además se vuelve a la antigua política de la última Dictadura militar, cuya perspectiva era restringir, perseguir y criminalizar la inmigración, realizando detenciones ilegales en centros donde suelen ser vulneradas las garantías del derecho penal y el debido proceso;
Consciente de que esta política persecutoria es un cambio de orientación radical de la Argentina en el cumplimiento de los derechos humanos de los inmigrantes, lo cual se enmarca en un clima mundial ilegal en el que las superpotencias son guiadas por una visión xenófoba y anti-inmigratoria, considerando a los inmigrantes no sólo como sospechosos e infractores, sino también como un chivo expiatorio de la desocupación y la pobreza, como es el caso de la Unión Europea y Estados Unidos, siendo este último país donde están la mitad de los migrantes detenidos de todo el mundo, en lugar de ayudarlos a acceder a mejores condiciones de vida;
Preocupado enormemente porque esta acción punitiva del Gobierno Argentino de buscar detener a los inmigrantes en lugar de ayudarlos a regularizar su situación es una contradicción con su manifestación pública de supuesta buena voluntad gubernamental para recibir inmigrantes y refugiados provenientes de Siria;
Deplorando la criminalización de la inmigración, lo cual no sólo se encuentra en rebelión contra los tratados internacionales de Derechos Humanos, sino que también viola al Preámbulo de la Constitución Nacional de la Argentina, donde se resguardan los beneficios de la libertad para la posteridad y para todos los hombres del mundo que quieran habitar en el suelo argentino;
Analizando que las convenciones internacionales de Derechos Humanos que ha firmado Argentina claramente se orientan a que la detención policial y reclusión arbitraria como forma de castigo o con fines disuasorios por razones políticas de control migratorio es un atentado contra el derecho a la libertad y criminaliza el derecho a la libre circulación de los inmigrantes;
Tomando en consideración que la ley argentina sobre inmigración habilita la detención sólo en última instancia, tras una orden judicial de expulsión, luego de que se le otorgase al inmigrante la posibilidad de regularización, pues la detención implica la criminalización del migrante, asociándolo con un problema de seguridad;
Examinando que el derecho a emigrar y vivir pacíficamente en otro país forma parte del Derecho Humano a la Paz, tal y como lo establece la Declaración de Santiago de 2010, por lo que los inmigrantes y refugiados son seres humanos libres de decidir el lugar donde desean vivir, no debiendo los poderes del Estado interferir con dicha voluntad salvo en aquellos casos en los que un inmigrante sea una amenaza real contra la seguridad y el bienestar de la sociedad;
Teniendo en cuenta que los Estados deben pasar desde un paradigma del derecho de combatir y expulsar a un paradigma del derecho humano a la migración, la cual no constituye un problema de seguridad nacional ni de orden público, siendo más bien una forma indispensable de relación social con los países hermanos de la región;
Afirmando que aunque los Estados tienen derecho a regular la entrada, permanencia y salida de extranjeros en su país, ciertamente no tienen derecho a la criminalización, detención y expulsión sistemática de inmigrantes, pues es una acción que fomenta la discriminación, la xenofobia y el racismo;
Mostrando consternación por el hecho de que mientras el anterior gobierno de Argentina manipulaba el emblema de los derechos humanos, en cambio, el actual gobierno muestra desinterés por una política profunda en este campo, lo cual se evidencia en su indiferencia por saber con precisión cuál es la cantidad verdadera de personas asesinadas por el Estado Argentino durante la última dictadura militar;
Reafirmando que el trato discriminatorio que el Estado Argentino brinda a los inmigrantes también ha sido llevado a cabo contra las comunidades aborígenes y pueblos tribales del país, incluso realizando sistemáticamente una discriminación religiosa contra el Templo Internacional World Association of Buddhism, desprotegiéndolo impunemente ante atentados violentos, mientras se subsidia con fondos millonarios a la Iglesia Católica a pesar de que la misma ha cometidos sistemáticamente abusos sexuales y también ha sido cómplice de un genocidio y crímenes de lesa humanidad durante la última dictadura militar argentina;
I.                   Se expresa solidaridad absoluta con la condición de los inmigrantes y refugiados, en tanto que los miembros del Pueblo Búdico son ciudadanos del mundo, sin apego a nacionalidad alguna;
II.               Se declara que el gobierno argentino está incumpliendo las leyes nacionales vigentes sobre Migración y también los compromisos internacionales asumidos por el país, representando un quiebre o retroceso en la política migratoria argentina, en tanto que la ley 25871 reglamentada en 2010 era reconocida como un modelo a nivel mundial por su promoción del derecho humano a migrar en lugar de priorizar el control, combate y restricción migratoria;
III.            Se ordena investigar a la Unión Europea por haber decidido realizar detenciones y deportaciones masivas de inmigrantes y refugiados, lo cual viola tratados internacionales de derechos humanos, constituyendo un crimen contra la humanidad que será analizado dentro del marco de los juicios éticos del Derecho Budista;
IV.            Se manifiesta que los inmigrantes son seres humanos con plenos derechos civiles y con una Libertad intrínseca que los Estados deben respetar y mantener;
V.                Se afirma que los inmigrantes deben poder convertirse en ciudadanos de los países donde deseen vivir siempre que se abstengan de toda forma de violencia y deseen una vida plena de paz, trabajo, educación y salud;
VI.            Se condena como falsa la asociación entre migración y delito, no sólo por ser una mirada política que conduce a efectos negativos como la discriminación, sino también porque la inmigración conlleva numerosos aportes positivos para las sociedades;
VII.         Se confirma que las políticas migratorias restrictivas y de control son ineficaces, no resolviendo las causas de la inmigración, por lo que es más correcto y adecuado pasar a una política de protección de los Derechos Humanos a migrar, a ser integrado y a ser incluido;
VIII.     Se establece que los países ricos tienen el deber de ayudar a los países pobres con el fin de que sus poblaciones no huyan de la guerra, la pobreza, la ignorancia y la contaminación;
IX.            Se invoca esta Proclamación ética como un acto de justicia frente a las violaciones a la Constitución y los Derechos Humanos que realizan el Estado Argentino, los Estados Unidos y la Comunidad Europea;
X.                Se impugna el hecho de que el Gobierno Argentino no desmienta el centenar de artículos periodísticos que describen el accionar presidencial como “budista” o “zen”, lo cual implica un uso superficial, capitalista y perverso de la Espiritualidad;
XI.            Se rememora el espíritu ético del Pueblo Búdico en la Revolución Saffron de Myanmar, realizándose cuatro requerimientos al Gobierno Argentino: Que pida disculpas adecuadas a la World Association of Buddhism por la impunidad de los atentados recibidos; que anule los aumentos de impuestos y servicios para aquellos que viven en pobreza e indigencia; que prohíba la creación de centros de detención en la Argentina y en la región sudamericana; que realice una unidad y reconciliación de todos los sectores sociales de la Argentina con el fin de buscar la paz, la justicia social, el conocimiento y la ecología;
Realizado en la localidad de Costa Bonita, Argentina, dos mil seiscientos años después de la fundación e independencia del Pueblo Búdico.
Presidente: Maestro Budista Maitreya