Justicia Verdadera

Justicia Verdadera

lunes, 30 de octubre de 2017

Sentencia sobre Caso University of Kelaniya


Caso n° 35/2017: University of Kelaniya

SENTENCIA ÉTICA
Estimados Fiscal, Defensor Público, Embajadores, Secretario y Miembros del Jurado del Comité Internacional de Ética Budista (CIEB) y Tribunal Budista de Derechos Humanos (TBDH), respecto del Caso 35-2017 contra la University of Kelaniya, por medio de la presente, en el día 30 de Octubre de 2017, se deja constancia de que se ha concluido el juicio del Comité de Ética para analizar la violación a la Ética Budista y los Derechos Humanos realizada por el acusado.
Luego del análisis de la presentación del Caso y la validación de pruebas, se ha procedido con la votación de 7 miembros del Jurado, confirmándose que hubo 1 voto de “Insania” y 6 votos de “Responsable” para la escuela de Sri Lanka llamada University of Kelaniyapor los graves delitos de Plagio y Violación al Patrimonio Cultural. Al interpretar y dar voz a la votación de los miembros del Jurado, se concluye que la University of Kelaniya no tiene ningún tipo de excusa para cometer Plagio y Violación de la propiedad intelectual, pues Maitriyana Buddhist University no sólo ofrece becas completas para estudiar Psicoanálisis Budista a todas las personas del mundo, sino que también brinda a todas las Sanghas Budistas del mundo la posibilidad de realizar convenios educativos de enseñanza gratuita. Incluso, cuando se enteró del Plagio, Maitriyana Buddhist University se comunicó con la University of Kelaniya para señalar que se podría autorizar a esta institución para que enseñe Psicoanálisis Budista siempre que se reconozca públicamente quien es el verdadero creador de la disciplina, lo cual nunca ha sucedido. De este modo, el Comité Internacional de Ética Budista ha implementado la jurisprudencia utilizada en el “Caso Ken Wilber”, considerando nuevamente que los académicos de todo el mundo no tienen ningún tipo de derecho a atacar impunemente al patrimonio cultural de las Comunidades Budistas. Estos actos demuestran que la University of Kelaniya se encuentra dentro del marco de la ilegalidad tras enseñar Psicoanálisis Budista sin la autorización adecuada. Sin embargo, si la empresa University of Kelaniya llegase eventualmente no sólo a solicitar disculpas públicas y remediar el daño causado, sino también llegase a brindar la posibilidad de que Maitriyana Buddhist University enseñe la verdadera visión del Psicoanálisis Budista, entonces se habría llegado a un acuerdo reconciliatorio post-sentencia, pudiendo eventualmente anularse todos los cargos contra la escuela budista de Sri Lanka. Hasta que esto no suceda, el Comité Internacional de Ética Budista declara que la University of Kelaniya es Responsable de Plagio y Violación al Patrimonio Cultural.
El Maitriyana es un Camino de educación para toda la humanidad, transmitiendo habilidades y aptitudes para que las personas puedan aprender durante toda la vida. En efecto, además de la paz, la justicia y la ecología, la cuestión de la educación avanzada gratuita es uno de los grandes ejes centrales de la agenda del Derecho Budista. En la comunidad del Maitriyana se trabaja para poder concretar diseños y desarrollos pedagógicos que poseen los contenidos teóricos y prácticos más revolucionarios del mundo, promoviendo el desarrollo de habilidades y aptitudes como la contemplación, el pensamiento crítico y la resolución de conflictos, formando un ciudadano autorrealizado y socialmente responsable. Como la civilización contemporánea está atravesada por tecnologías que permiten que la información circule con altos niveles de libertad, el Derecho Budista busca que los procesos de enseñanza de conocimientos avanzados estén desarrollados de forma ética y adecuada, transmitiendo sabiduría compasiva (prajña-karuna) sin vulnerar los derechos políticos, económicos, culturales y ambientales de los pueblos. Por ello, los modelos de formación del Maitriyana son protegidos por medio de instrumentos legales, evitando que otros puedan distorsionar o manipular impunemente a estas disciplinas o áreas del conocimiento. En este sentido, el Derecho Budista y el Derecho Internacional de los Derechos Humanos consideran que el plagio no sólo no es productivo sino que además es un atentado contra la dignidad, distorsionando la enseñanza en lugar de orientar a los aprendices hacia la Verdad, la autonomía y el pensamiento creativo. Para lograr la meta de una enseñanza adecuada el Maitriyana critica todo tipo de plagio, diseñando un Camino de Educación que rinde tributo a los maestros espirituales y pensadores intelectuales de la historia. Así, el Derecho Budista está a favor de una educación que trabaja sobre las habilidades contemplativas, cognoscitivas y sociales del sujeto, orientándolo hacia el aprendizaje de valores y prácticas para alcanzar la vida buena. Este Despertar de la Cura, la Verdad y la Rectitud es el Propósito (Dharma) al que apunta todo el proceso de aprendizaje realizado en el Maitriyana, el cual siempre promueve la Educación del Futuro.
El Derecho Budista es una enseñanza centrada en capacidades contemplativas, sapienciales y éticas, creando un ambiente amigable para el aprendizaje de los errores y aciertos de la vida. Esto se debe a que aprender no implica hacer que los aprendices repitan ciertos datos o que lean libros fácilmente olvidables, pues realmente el aprendizaje profundo significa aprender a comprender adecuadamente. Además, la investigación pedagógica del Maitriyana certifica que se aprende mejor cuando el desarrollo del pensamiento y conocimiento va de la mano de la capacidad de comportamiento recto. Por lo tanto, el estudio de libros extraordinarios junto con la guía del profesor que muestra cómo aplicar los conocimientos a la vida cotidiana inicia un nuevo modo del saber que une conocimiento, acción y solidaridad. De esta manera, el Derecho Budista tiene que ver con la puesta en práctica de capacidades y conocimientos que permiten resolver adecuadamente los problemas reales del mundo, nunca olvidando que la construcción de un mundo pacífico, justo, culto y sano es el centro de la nueva pedagogía del Maitriyana. El Derecho Budista inaugura entonces una nueva didáctica: el aprendizaje por casos legales, en los cuales se interrelacionan conocimientos de múltiples disciplinas que son aplicadas a la resolución de conflictos. Incluso el mismo diseño de los casos legales de las cortes del Maitriyana es un espacio de aprendizaje y creatividad, tanto para el equipo de jurados que lo discute como para los acusados que terminan siendo sentenciados. Los casos legales del Derecho Budista rompen la lógica de lo que tradicionalmente es una escuela, retomando una visión sistémica del mundo en tanto que el aprendizaje verdadero debe tener en cuenta cómo es la existencia fuera del ámbito escolar. El Maitriyana posibilita la Educación del futuro haciendo un uso activo de la contemplación, la sabiduría compasiva y la ética. Esta potencia educativa del Derecho Budista se basa en la difusión de información que suele ser ignorada por el sistema educativo formal, enseñando que la Verdad implica una actitud activa del sujeto que debe investigar y evaluar, en lugar de una actitud pasiva en la que meramente se incorporan datos. El Maitriyana prepara a los aprendices para que relacionen distintos campos del conocimiento por medio de múltiples herramientas prácticas y teóricas, pero por sobre todo crear una pedagogía nueva que hace posible un mundo nuevo. Esta misión utópica del Derecho Budista retoma las mejores tradiciones de la enseñanza espiritual para insertarlas en la época contemporánea. El gran desafío que asumió el Maitriyana es enseñar al sujeto a apasionarse por la contemplación, el conocimiento cumbre y la ética, motivándolo para que se comprometa a realizar una vida basada en el conocimiento hasta el punto en que descubra que el Sentido de la existencia es el aprender. De este modo, los casos legales realizados por el Derecho Budista son nuevas herramientas de enseñanza, especialmente aprovechando la potencia pedagógica de la ética, lo cual es una vía fascinante para desarrollar en todo espacio educativo.
El Maitriyana provee una formación espiritual de alta calidad y socialmente comprometida, por lo que enseña a participar en la discusión de la realidad. El desafío de la educación ética del Derecho Budista está centrado en la rectitud de los ciudadanos, las organizaciones y los Estados. Por lo tanto, los maestros espirituales ayudan a formar los mejores alumnos, estimulando la mente abierta (sunyata) que es fundamental para poder percibir la Verdad. El Maitriyana se esfuerza por brindar al mundo los mejores profesionales de la más alta calidad, utilizando como criterio que los alumnos deben estar en contacto con conocimiento de vanguardia, al mismo tiempo que deben practicar la humildad, la rectitud y altruismo. Este procedimiento es uno de los pilares del Discurso Analítico-Existencial-Libertario-Místico (Buddha-Dharma-Sangha-Maitri) al que pertenece el Derecho Budista, que es una disciplina con un prestigio que se ha ganado a lo largo de dos mil seiscientos años de compromiso para garantizar los derechos humanos.
La innovación que evidencian los programas del Maitriyana lo posicionan como el Camino hacia la Educación del Futuro, fortaleciendo a la Espiritualidad para que pueda hacer frente a la irrupción de un mundo tecnológico desacralizado. Los procesos globales de deterioro político, económico, cultural y ambiental ameritan que el sujeto abra su mente para aprender un abordaje distinto de lo Real. Evidentemente, el Derecho Budista cambia la estructura del proceso de enseñanza y aprendizaje, haciendo que la Universidad adquiera un rol protagónico en la evaluación ética del mundo interno y externo. En el Maitriyana se trabaja desde cuatro pilares sociales: el poderoso principio de la paz mundial, el deber de guiar hacia la justicia social, la transmisión de una educación avanzada gratuita, y el desafío de restaurar la salud ecológica planetaria. Este desafío requiere las mejores enseñanzas innovadoras que permitan convertir a la libertad, igualdad y fraternidad en un principio rector de la vida. El Derecho Budista considera que se debe construir una sociedad educada, libre e iluminada, repensando a la Universidad para que sea mucho más que un espacio de adquisición de conocimientos, lo cual implica convertirla en un ámbito de evolución de la consciencia y sociedad. Esta comprensión es la grandeza suprema que caracteriza al Maitriyana, lo cual comienza a ser motivo de envidia y copia por parte de las grandes Universidades del mundo.
El Derecho Budista prioriza la enseñanza de capacidades de aprendizaje sociocognitivo, como la resolución de conflictos, el juicio ético y el pensamiento crítico, en lugar de limitar el aprendizaje a la mera comprensión y producción de escritos. Los programas del Maitriyana fomentan el desarrollo de capacidades psicológicas, filosóficas, científicas, artísticas, políticas y sociológicas, posicionando a la ética como un carácter transversal en todos los campos de estudio. Esta forma de aprendizaje requiere la aplicación de una lógica dialéctica paradojal que trabaje constantemente hacia el logro de síntesis dinámicas, complejas y crecientes para todos los aprendices.
Las Universidades deben encaminarse hacia la Educación del Futuro, en lugar de meramente limitarse a producir y desarrollar tecnología. El Derecho Budista considera que las Universidades deben ser espacios de producción, distribución y práctica de la Verdad, mejorando la calidad de vida de las personas por medio de los conocimientos más innovadores. Esta orientación del Maitriyana hacia transformaciones políticas, económicas, culturales y ambientales tiene la potencialidad de mejorar radicalmente la existencia de todas las sociedades, requiriendo que las personas aprendan y practiquen habilidades contemplativas, sapienciales y éticas, pues de lo contrario no podrán afrontar los desafíos que requiere el mundo para poder sobrevivir y evolucionar. Siguiendo el ejemplo de los Seres Libres e Iluminados (Arhats-Bodhisattvas), las Universidades deben proveer respuestas y guía a una humanidad totalmente desorientada y que se aproxima hacia el precipicio, asumiendo el desafío de planificar y desarrollar procesos de transformación y evolución del sujeto y de la sociedad, contribuyendo a generar un mundo integrado, sabio y compasivo. En lugar de contribuir a la generación de una sociedad más capitalista, las Universidades deben insertarse dentro del Orden global como espacios de Liberación y Despertar. Esto requiere obviamente un trabajo sostenido para superar la codicia, el odio y el engaño, del cual el plagio forma parte, simultáneamente buscando superar la guerra, la pobreza, la ignorancia y la contaminación. La tarea del Derecho Budista es permitir pensar la ética en circuitos jurídicos alternativos que valorizan la vida, el diálogo y el conocimiento. Indudablemente, las metas del Maitriyana sólo se consolidarán por medio de un acuerdo amplio que abarque a toda la humanidad, la cual deberá decidir si elige el Camino de la Unidad y Salvación o si elige el Camino de la División y Destrucción.
El Derecho Budista promueve a la justicia como un sistema de aprendizaje gratificante, permitiendo que los acusados y las víctimas tengan la oportunidad de aprender y sanar las heridas por medio de la reconciliación. Este modelo de jurisprudencia pedagógica y terapéutica es un proceso de enseñanza que redefine los roles del alumno, profesor y escuela. En el Maitriyana los aprendices no deben tener un rol pasivo, sino que deben prestar Atención Plena a la realidad, investigando y exhibiendo pensamiento crítico siempre con respeto y humildad. Al mismo tiempo, en el Derecho Budista se espera que los acusados aprendan de los casos y las sentencias éticas, lo cual es un movimiento de justicia restaurativa, asociando la resolución de conflictos con el sacrificio y el aprendizaje gratificante.
El Maitriyana desarrolla un plan internacional para transformar la educación mundial, movilizando y llamando a la acción ética y humanitaria frente a la caída inevitable de la civilización. Este llamado requiere una planificación estratégica integradora que centre al sujeto por el camino de la paz, la justicia, el aprendizaje y la salud. Esta transformación es totalmente realizable por medio de una articulación de medidas políticas, económicas, culturales y ambientales que estén coordinadas sobre la base de cómo resolver los problemas de la realidad. Así, el plan estratégico del Derecho Budista es siempre enseñar, crear un marco internacional para orientar a la sociedad hacia el cumplimiento de los derechos humanos y los objetivos éticos que la comunidad global ya se ha fijado. Por ello, la finalidad del Maitriyana es garantizar que todos los pueblos accedan a un aprendizaje significativo que es necesario para salvar al mundo, transmitiendo una formación integral en contemplación, sabiduría compasiva y ética, que es capaz de transformar el mundo psíquico y social. Para alcanzar este objetivo supremo el Derecho Budista revoluciona el proceso del aprendizaje, focalizándose en el aprendizaje basado en la ética y la integridad. En el contexto de una civilización que cada día parece más dormida e hipnotizada por tecnologías superficiales que como el flautista de hamelin conducen a la sociedad hacia el precipicio, para el Maitriyana resulta imperioso que la educación logre el Despertar del sujeto por medio del aprendizaje para toda la vida, por lo que constantemente se comparte al mundo creaciones e innovaciones en el pensamiento. Sin embargo, estas nuevas formas del pensar, como es el caso del Psicoanálisis Budista, requiere que haya un aprendizaje activo y respetuoso en lugar de una apropiación ilegítima y distorsionante. El Camino del Derecho Budista posee múltiples desafíos y obstáculos, aunque simultáneamente ofrece grande oportunidades de aprendizaje ético para que la paz, la justicia, la educación y la ecología sean el motor de la supervivencia y evolución de la humanidad. En definitiva, sin la enseñanza ética que defiende el Maitriyana no hay futuro.
Las transformaciones educativas que genera el Derecho Budista están enmarcadas dentro del Discurso Analítico-Existencial-Libertario-Místico (Buddha-Dharma-Sangha-Maitri), por lo que reorganiza la función de la escuela para que funcione en armonía con la educación para la paz y justicia. En definitiva, esta transformación pedagógica logra realizar aquello que la Universidad tradicional no suele realizar, generando un círculo virtuoso y liberador de meditación, conocimiento cumbre y acción desapegada, guiando al aprendiz hacia una vida de rectitud y responsabilidad. El Maitriyana ejerce una poderosa fuerza espiritual de presión sobre toda la comunidad internacional para que la misma funcione adecuadamente, en lugar de continuar con esta actual senda de opresión de los pueblos. La asistencia socioeducativa del Derecho Budista reformula a la escuela y la Universidad, devolviéndole la función y el compromiso de construir un mundo mejor. La civilización contemporánea debe cambiar urgentemente el actual rumbo para que pueda emerger la humanidad educada del futuro.
En conclusión, el Comité Internacional de Ética Budista tiene el Propósito (Dharma) de purificar el mundo por medio de la Educación Avanzada que contribuye al acontecimiento de la Verdad, lo cual implica una crítica directa a las Escuelas que realizan manipulaciones y plagios. Por lo tanto, se establece que la University of Kelaniya está violando a los derechos culturales de la Comunidad Budista Maitriyana, genuina creadora del Psicoanálisis Budista. Indudablemente, las Escuelas tienen derecho a transmitir libros y artículos de todos los escritores del mundo, ya que la libre circulación de ideas es un derecho humano, aunque esto debería ocurrir sin la realización de Plagio, lo cual significa que una Universidad tiene derecho a transmitir cualquier tipo de conocimientos siempre que no se atente contra la autoría de los creadores de dichos conocimientos. De esta manera, el Caso sobre la University of Kelaniya constituye una gran enseñanza para que las Universidades Budistas no cometan Plagios, lo cual viola tanto al Derecho Internacional como también implica una violación al Derecho Budista, ya que las Comunidades Budistas prohíben todo tipo de robos.
Siguiendo el Camino del Maestro Gautama, quien desarrolló la máxima Escuela de Vida en la historia de la humanidad, el Comité Internacional de Ética Budista supervisa que las Universidades no ataquen al patrimonio material e inmaterial de las Comunidades Espirituales (Sanghas), por lo que se ha sentenciado a la University of Kelaniya como Responsable de PLAGIO y VIOLACIÓN AL PATRIMONIO CULTURAL.
Con espíritu de reconciliación (maitri),
Maestro Maitreya Samyaksambuddha
Presidente y Juez Espiritual del Comité Internacional de Ética Budista (CIEB) y Tribunal Budista de Derechos Humanos (TBDH)

domingo, 29 de octubre de 2017

ACTA SOBRE Adidam

Caso n° 31/2017: Ken Wilber

ACTA SOBRE Adidam

En el día 25 de Octubre de 2017 se realiza un Acta de Repudio internacional hacia la secta Adidam fundada por Franklin Jones (Adi Da), debido a que en las evidencias analizadas por el Comité Internacional de Ética Budista se ha podido comprobar terribles delitos llevados a cabo por Franklin Jones y que han sido encubiertos por su secta. Se ha podido analizar que Franklin Jones engañó a sus discípulos haciéndoles creer que él era un maestro espiritual incluso superior a Siddharta Gautama y Jesús de Nazaret. Tras esta manipulación psíquica y lavado de cerebro, Franklin Jones (Adi Da) ha realizado sistemáticamente terribles actividades criminales, como violaciones sexuales, estafas, torturas, consumo de drogas, secuestro, violencia, robo y abuso psíquico.
Por lo tanto, se confirma que la secta Adidam que venera a Franklin Jones (Adi Da) como un Avatar o Maestro Espiritual Supremo constituye una organización ilegal dedicada al Fraude Espiritual. En caso de que la secta Adidam decida dejar de venerar al criminal Franklin Jones (Adi Da), dejando de ser cómplice de sus crímenes, entonces este grupo podrá convertirse en una genuina Comunidad Espiritual (Sangha). Hasta que eso no suceda, el Comité Internacional de Ética Budista declara a la secta Adidam como una organización criminal dedicada al Fraude Espiritual y el Falso Budismo.
Siempre con espíritu de reconciliación (maitri),
Maestro Maitreya Samyaksambuddha
Presidente y Juez del Comité Internacional de Ética Budista y Tribunal Budista de Derechos Humanos

Comunicado sobre Mahachulalongkornrajavidyalaya University


Caso nº01-2015: Ashin Wirathu & 969 Movement
Comunicado Oficial sobre Mahachulalongkornrajavidyalaya University (MCU)

El Comité Internacional de Ética Budista, en el día 25 de Octubre de 2017, decide reafirmar nuevamente que todas las organizaciones donde participa Ashin Wirathu no sólo son ilegales y genocidas bajo el Derecho Internacional, sino que también constituyen un Falso Budismo ante la luz del Derecho Budista, traicionando el mensaje de paz y justicia del Maestro Gautama. En este sentido, con respecto a la visita de Ashin Wirathu a Mahachulalongkornrajavidyalaya University (MCU), que ocurrió en Marzo de 2016, se denuncia que esta acción por parte de la MCU constituye un acto de complicidad con las violaciones a la Ética Budista y los Derechos Humanos que realizan Ashin Wirathu y el Estado de Myanmar.
El Comité Internacional de Ética Budista confirma que tanto Ashin Wirathu como el gobierno de Myanmar liderado por Aung San Suu Kyi están trabajando por el mismo objetivo, que es el Genocidio y la Exterminación del Pueblo Rohingya, motivo por el cual debe sancionarse a todo aquel que apoye a ambas figuras.
El Comité Internacional de Ética Budista confirma que Mahachulalongkornrajavidyalaya University (MCU) ha solicitado ser acreditada por la United Buddhist Nations Organization (UBNO), por lo que se decide vetar o bloquear la posible membrecía institucional de la MCU dentro de la UBNO por estar siendo cómplice de crímenes internacionales.
Finalmente, el Comité Internacional de Ética Budista felicita a aquellas Universidades Budistas de todo el mundo que mantienen su pureza ética y condenan al Falso Budismo de los grupos violentos.
Siempre con espíritu de reconciliación (maitri),
Maestro Maitreya Samyaksambuddha

Presidente y Juez Espiritual del Tribunal Budista de Derechos Humanos

Comunicado sobre Al Qaeda


Caso n° 4/2015: ISIS
Comunicado Oficial sobre Al Qaeda
El Tribunal Budista de Derechos Humanos, en el día 25 de Octubre de 2017, decide reafirmar nuevamente que todas las organizaciones terroristas no sólo son ilegales y genocidas bajo el Derecho Internacional, sino que también constituyen un Falso Islam ante la luz de la Ley Islámica (Sharia), traicionando el mensaje de paz del Profeta Mahoma. En este sentido, con respecto al movimiento terrorista Al Qaeda, que en Septiembre de 2001 participó en un ataque terrorista contra civiles norteamericanos, se denuncia que constituye un Falso Islam, participando en crímenes contra la humanidad a nivel mundial.
El Tribunal Budista de Derechos Humanos confirma que tanto el ISIS y Al Qaeda fueron grupos que trabajaron juntos para lograr el mismo objetivo de construir un Califato global. De hecho, Abu Bakr al-Baghdadi, el líder del ISIS, llegó a considerarse como el verdadero sucesor de Osama bin Laden, antiguo líder de Al Qaeda. Sin embargo, los medios utilizados para lograr una civilización de Derecho Islámico (Sharia) son totalmente inadecuados, contradictorios e ilegales, recurriendo a la violencia y la guerra en lugar de recurrir a la paz y la justicia. En efecto, por constituir un Falso Islam, tanto el ISIS y Al Qaeda ignoran que la Jihad no significa realmente una guerra santa sino que más bien es un proceso de purificación interior espiritual. Por ello, el ISIS no sólo ha atacado a decenas de mezquitas sino que también ha iniciado una disputa violenta contra la misma Al Qaeda, demostrando que la violencia y el odio en lugar de conducir a la paz siempre conducen a mayor violencia y odio.
El Tribunal Budista de Derechos Humanos confirma que tanto el ISIS y Al Qaeda únicamente han logrado que el resto de la comunidad internacional tenga más odio hacia la comunidad islámica, lo cual es uno de los principales problemas del mundo contemporáneo.
Finalmente, el Tribunal Budista de Derechos Humanos felicita a aquellas organizaciones islámicas de todo el mundo que mantienen su pureza ética y condenan al Falso Islam de los grupos terroristas.
Siempre con espíritu de reconciliación (maitri),
Maestro Maitreya Samyaksambuddha

Presidente y Juez Espiritual del Tribunal Budista de Derechos Humanos

lunes, 23 de octubre de 2017

Sentencia del Caso "TRIBUNAL ECLESIASTICO NACIONAL"


Caso n° 32/2017: TRIBUNAL ECLESIASTICO NACIONAL, TRIBUNAL INTERDIOCESANO DE BUENOS AIRES & SACERDOTE JULIO CESAR GRASSI

SENTENCIA ÉTICA
Estimados Fiscal, Defensor Público, Embajador y Miembros del Jurado del Comité Internacional de Ética Budista (CIEB) y Tribunal Budista de Derechos Humanos (TBDH), respecto del Caso 32-2017 contra “TRIBUNAL ECLESIASTICO NACIONAL, TRIBUNAL INTERDIOCESANO DE BUENOS AIRES & SACERDOTE JULIO CESAR GRASSI”, por medio de la presente, en el día 23 de Octubre de 2017, se deja constancia de que se ha concluido el juicio para analizar la violación a los Derechos Humanos y la Ética Budista realizada por el acusado. Este Caso ha sido llevado a cabo como consecuencia del “Caso Argentina”.
Luego del análisis de la presentación del Caso y la validación de pruebas, se ha procedido con la votación de 7 miembros del Jurado, confirmándose que todos votaron como “Responsable” a “TRIBUNAL ECLESIASTICO NACIONAL, TRIBUNAL INTERDIOCESANO DE BUENOS AIRES & SACERDOTE JULIO CESAR GRASSI” por los graves delitos de Violación al Derecho Humano a la Justicia, Fraude Espiritual y Falso Cristianismo. Además de que “JULIO CESAR GRASSI” ha sido condenado por la justicia argentina por los delitos de abuso sexual agravado de menores de edad, también ha participado en actos de corrupción apropiándose ilegítimamente de fondos económicos destinados a actividades caritativas de los niños que se suponía que debía cuidar. Esto demuestra que Grassi es un Falso Sacerdote, siendo un estafador que usurpa ilegítimamente a la tradición de Espiritualidad fundada por el Maestro Jesús de Nazaret, engañando a muchas personas con la posesión de estatus espiritual con el fin de cometer delitos. De este modo, el Tribunal Budista de Derechos Humanos declara al sacerdocio de Grassi como espurio, inmoral e ilegal, pues la posesión del rango de sacerdote actualmente le otorga aval ético a este criminal  que ha participado en crímenes terribles. Así, el Tribunal Budista de Derechos Humanos ha implementado la jurisprudencia utilizada en el “Caso Ricardo Javier Ocampo”, declarando al acusado Grassi como un Falso Sacerdote, lo cual equivale a una expulsión de facto en el campo de la Espiritualidad.
Por otra parte, el hecho de que los Tribunales Eclesiásticos no hayan expulsado a Grassi del sacerdocio no sólo podría implicar un acto de Complicidad, sino que también demostraría una traición absoluta a las enseñanzas espirituales del Maestro Jesús. Debido a que la Ética Espiritual del Maestro Jesús es esencialmente Budista, ya que incluso puede ser perfectamente reconocido como un Ser Despierto (Buddha), por lo tanto el Tribunal Budista de Derechos Humanos tiene total jurisdicción para determinar quiénes están siguiendo y quiénes están traicionando las enseñanzas de la Espiritualidad Cristiana, la cual es muy distinta de la trama del Poder Estatal Católico.
La Comunidad Maitriyana le ofrece al acusado Grassi y a la comunidad católica esta Sentencia Ética como modo de enseñanza sobre la Espiritualidad Recta y Adecuada (Samma-Sasana), para que abandonen rápidamente su comportamiento inmoral. Si los Tribunales Eclesiásticos aprenden rápidamente de esta Sentencia Ética y anulan la condición de sacerdote de Julio César Grassi, entonces el Tribunal Budista de Derechos Humanos considerará que ha existido una solución reconciliadora, habiéndose cumplido el Propósito de la enseñanza de todos los Seres Despiertos (Buddhas): hacer el bien, evitar el mal y purificar la mente. Incluso, si en el futuro existiese esta posible rectificación o purificación por parte de la situación de Grassi, entonces el Tribunal Budista de Derechos Humanos también podría llegar a ofrecer guía ética incondicional para que la Justicia Eclesiástica Católica funcione correctamente y deje de traicionar las enseñanzas espirituales del Maestro Jesús. Debido a que dentro del Catolicismo han existido algunos Seres Libres e Iluminados, como grandes místicos o teólogos que han contribuido con la paz mundial y la justicia social, el Tribunal Budista de Derechos Humanos diferencia rotundamente a la Espiritualidad Cristiana con respecto al Estado Vaticano, pues mientras la Espiritualidad está vinculada con la enseñanza mística de un Camino de Amor, Autosacrificio, Despertar y Salvación, en cambio el Estado está vinculado con la manipulación del Poder político, económico, cultural y ambiental. En este sentido, el Tribunal Budista de Derechos Humanos aclara que el verdadero motivo por el cual miles de sacerdotes católicos han participado de forma sistemática y generalizada en múltiples casos de abuso sexual no se debería al celibato sino más bien a la ausencia de Misticismo por parte de la mayoría de sus representantes, habiendo perdido el contacto directo con las enseñanzas del Ser Salvador (Cristo). En cambio, a diferencia de los sacerdotes pedófilos y los sacerdotes encubridores, esta carencia de Espiritualidad no se observa cuando se analizan los pensamientos y comportamientos de grandes maestros espirituales como Meister Eckhart, Francisco de Asís, Teilhard de Chardin, Thomas Merton y Desmond Tutu.
El Derecho Budista afirma que el Maestro Jesús no fue ningún tipo de dios, sino que más bien fue un ser humano que alcanzó la Cura (Nirvana) del sufrimiento, convirtiéndose en un Ser Libre e Iluminado (Arhat-Bodhisattva) que entregó su existencia a la enseñanza de un Camino de vida espiritual basado en la sabiduría compasiva (prajña-karuna). Esta transformación mística no fue un acontecimiento nuevo en la historia, sino que es parte de una larga tradición, pues antes del Maestro Jesús existieron muchos Seres Despiertos (Buddhas) que enseñaron cómo vivir recta y adecuadamente. El aprendiz que siga genuinamente las enseñanzas del Maestro Jesús no debe estar apegado a ningún tipo de creencia, sino que debe abrir su mente y corazón a la transmisión mística del conocimiento cumbre (satori), el cual es la realización de la Verdad por medio de la transformación ética que desplaza el dominio del Ego y reorienta al sujeto hacia un estado de consciencia ampliada y superior (ECAS). Una de las prácticas para alcanzar este estado de Liberación es precisamente la imitación de los pensamientos, palabras y actos del Maestro Jesús, lo cual es un proceso místico más allá de lo intelectual y de lo religioso. El Maitriyana confirma que las enseñanzas del Cristianismo Místico, como las que se encuentran en la tradición Gnóstica, no apuntan a una Salvación religiosa y metafísica sino a un Despertar Espiritual (Bodhi), enseñando al aprendiz a abrir los ojos e iluminar la oscuridad de la ignorancia, siendo un proceso revolucionario ante el cual el sujeto se hace uno con su maestro espiritual, convirtiéndose esotéricamente y adquiriendo el mismo estado de consciencia que tuvo el Maestro Jesús. Esta transmisión directa por fuera de las escrituras es algo casi totalmente ausente en el Catolicismo, el cual de forma sistemática y generalizada ha bloqueado y considerado herético todo emerger místico y libertario dentro de su movimiento. De hecho, si los sacerdotes católicos practicasen cotidianamente meditación mística entonces tendrían una gran posibilidad de tener un alto grado de purificación ética, lo cual obviamente no sucede. Precisamente, para poder convertirse en seres evolucionados y guiar espiritualmente a la humanidad, todo sacerdote debe practicar contemplación, sabiduría compasiva y ética, pues sin estas prácticas entonces estará destinado a ser un fraude, llenando su corazón de codicia, odio y engaño. A diferencia de místicos como el Maestro Eckhart, los sacerdotes suelen creer en lo divino en lugar de experimentarlo como el corazón mismo de su Ser. Esta falta de contacto directo con la experiencia mística es la verdadera causa originaria de los actos criminales que suelen cometer los sacerdotes, quienes perciben la realidad por medio de la perspectiva limitada y distorsionada del Ego en lugar de experimentar lo Real por medio de la meditación mística. De este modo, el Derecho Budista confirma que si el sacerdote no se vacía de todo egoísmo, dualismo y consumismo, entonces estará destinado a cometer crímenes tan terribles como la pedofilia. En cambio, si los sacerdotes siguen las enseñanzas de maestros espirituales como Gautama, Jesús y Eckhart, entonces podrán alcanzar la autorrealización y autotrascendencia en el aquí y ahora. Esta Liberación-en-el-mundo es el Camino del Desapego, el cual es la fuente de la felicidad suprema según Gautama, Jesús y Eckhart. Por ello, el Maitriyana considera que sin esta sabiduría compasiva un sacerdote es nada. El Desapego es fundamental en la vida espiritual y mística, la cual afronta las adversidades con ecuanimidad, calma, amor, empatía y humildad. Esto permite al sujeto poder comprender la realidad tal como es sin distraerse y apegarse a los estímulos. La virtud del Desapego es la clave para poder acceder a la Verdad, superando al Ego y sus rasgos de arrogancia y vanidad que obstaculiza la Cura (Nirvana) del sufrimiento. De hecho, el mismo Maestro Eckhart consideró que el Desapego es la expresión más perfecta de lo Divino, lo cual demuestra que las prácticas religiosas de la creencia y la plegaria son totalmente superficiales ante la visión mística de la Espiritualidad, demostrando que la religiosidad carece de medios adecuados para experimentar lo Divino. Así, si el sacerdote logra transitar por el camino de vida de la meditación mística, experimentando el Poder Espiritual del Desapego y la Liberación, podrá ser un faro de Bondad y Despertar (Bodhi) para todos sus seguidores, ayudándolos a vaciarse o hacerse pobres de Ego y simultáneamente hacerse plenos de conocimiento cumbre (satori). Cuando el aprendiz logra alcanzar este Ser Nada su mente y corazón se abren a la iluminación divina que es intrínseca a la vida pura y noble, siempre ayudando a los pobres y oprimidos mientras se lucha pacíficamente contra los poderosos. El Derecho Budista considera al Desapego como la brecha radical entre la religión y la Espiritualidad, así como la brecha entre el sacerdote y el maestro espiritual. Efectivamente, los Seres Libres e Iluminados (Arhats-Bodhisattvas) promueven la desidentificación de lo mundano, pues el apego, la aversión y la inconsciencia son la principal fuente del sufrimiento. Al mismo tiempo, los Seres Despiertos y Salvadores (Buddhas-Cristos) promueven la re-identificación de lo sagrado, pues el desapego, el amor y el conocimiento son la principal fuente de la felicidad verdadera y eterna. Si el sacerdote practica el Camino de la vida espiritual puede acceder a este estado de plenitud y convertirse en un Profeta de paz, justicia, sabiduría y salud. Sin embargo, si no practica estas cualidades sólo será una fuerza de mal, ilusión y engaño, liderando a las personas hacia la violencia, la ignorancia y la estupidez en lugar de contribuir a un mundo mejor. El Maitriyana enseña que si un sacerdote desea seguir la disciplina espiritual enseñada por el Maestro Jesús entonces debe experimentar la unidad y la reconciliación (maitri) que se alcanza con el Despertar (Bodhi) de la Verdad que trasciende a la mente ordinaria. Los Seres Despiertos y Salvadores (Buddhas-Cristos) han cultivado este tipo de sabiduría compasiva (prajña-karuna) durante milenios, la cual es crucial para la supervivencia y evolución de la humanidad. Los maestros espirituales como Gautama, Jesús y Eckhart muestran que si el sacerdote practica correctamente la vida contemplativa entonces no sólo puede unirse con lo divino o sagrado sino que además puede guiar a otros hacia esa Salvación o Liberación, pues el Reino de la Rectitud reside potencialmente dentro de cada ser sintiente. Pero para poder convertir a este mundo en una Tierra Pura el sacerdote debe cuidadosamente practicar y enseñar meditación, sabiduría compasiva y ética. Sin estas prácticas espirituales, los sacerdotes se convierten en criminales, y las iglesias se convierten en mafias. Aunque pueda parecer que el Maitriyana es extremadamente revolucionario, en realidad no hace más que seguir y cumplir con las enseñanzas de los grandes maestros espirituales de la historia, quienes fueron encarnaciones del amor divino por el mundo entero. En este sentido, los sacerdotes deben dejar de transmitir mentiras mitológicas y engaños metafísicos, las cuales son genuinas herejías. Al vaciarse de toda ilusión, abriendo su mente y corazón a la Verdad, los sacerdotes podrán enseñar a la humanidad a disfrutar de la vida a pesar de su imperfección, impermanencia e insustancialidad. El mundo no necesita de sacerdotes criminales, sino que necesita Seres Libres e Iluminados (Arhats-Bodhisattvas), quienes son el verdadero futuro de la humanidad.
El Derecho Budista afirma que para construir un mundo mejor es necesario realizar la paz y la justicia social, generando políticas económicas y jurídicas que ayuden a las personas de forma sistemática y generalizada. Así, el Maitriyana es un cambio de paradigma para el sistema de justicia global, realizando un programa de Ética y Derechos Humanos que impulsa una transformación profunda de la justicia internacional. Sin embargo, para llevar adelante esta reforma estructural se debe prestar Atención Plena al sufrimiento de todos los seres sintientes, lo cual es algo que los Estados nunca suelen realizar, pues para los gobernantes todas las personas no son más que meros números. Esta falta de empatía y altruismo es la causa por la que los Estados fallan en combatir el tráfico de armas, la corrupción, la prostitución, el encubrimiento y el narcotráfico. En este sentido, los maestros espirituales pueden ayudar a la Justicia a mejorar, especialmente teniendo en cuenta que el Derecho Budista tiene 2600 años de experiencia sobre cuál es el Camino correcto y adecuado para el desarrollo y evolución de las sociedades. Por ello, el Maitriyana propone cuatro pilares fundamentales para la reforma: la justicia restaurativa, la justicia distributiva, la justicia pedagógica y la justicia ambiental. Esto significa que trabajar arduamente por la mejora del sistema de justicia no implicaría incorporar tecnología a los procedimientos, como erróneamente consideran los gobernantes, sino que más bien el cambio verdadero de paradigma significa comenzar a desarrollar una justicia que funciona con una lógica nueva y humanitaria para poder ayudar a todas las personas. Esta revolución de la justicia socialmente comprometida, aunque tiene 2600 años de antigüedad, sigue siendo clave para la transformación del mundo contemporáneo, el cual está obsesionado con la tecnología en lugar de estar identificado con la incorporación de la sabiduría compasiva (prajña-karuna).
En el mundo contemporáneo existe un descontento y fuerte demanda de todas las sociedades para que se realicen cambios en el sistema de justicia, especialmente ante las fallas en el funcionamiento del Derecho Internacional. Como la mayoría de las investigaciones judiciales no esclarecen los hechos, además de que muchas veces los jueces suelen carecer de honestidad e imparcialidad, el Derecho Budista adquiere una enorme trascendencia pública para realizar investigaciones que satisfacen los requerimientos de la Verdad. Ante la ausencia de instituciones jurídicas con credibilidad el Maitriyana garantiza que la voz de la justicia no sea oprimida dentro de los sistemas burocráticos de impunidad. Para el Derecho Budista es imprescindible reformular todo el funcionamiento judicial de los Estados, buscando superar sus problemáticas y falencias, como la falta de transparencia y altruismo, para así poder brindar acceso a la justicia a las poblaciones humildes y oprimidas. El gobierno de la Comunidad Maitriyana ha respondido al llamado de la Paz, Justicia, Verdad y Armonía en el mundo, buscando una reforma jurídica integradora a través de la experiencia milenaria del Derecho Tribal Restaurativo y también por medio del conocimiento contemporáneo del Derecho Internacional de los Derechos Humanos. No obstante, trabajar por la reforma estructural de la justicia global requiere el coraje de denunciar a los ricos y poderosos que controlan el status quo internacional, funcionando como un órgano autónomo y supraconstitucional destinado a la supervisión crítica de los jueces de todo el mundo que incurran en mal comportamiento. Este trabajo revolucionario debe estar integrado por cuatro pilares fundamentales: la paz mundial, la justicia social, la educación gratuita y la salud ecológica. Por lo tanto, el Derecho Budista demuestra que la transformación de la justicia es un compromiso que debe ir más allá de la mera mejora del sistema penal, asumiendo el desafío de realizar un verdadero cambio democrático de toda la civilización. Únicamente el acto de guiar a los pueblos hacia la Justicia logrará cumplir con el objetivo de salvar a la humanidad.
En conclusión, el Tribunal Budista de Derechos Humanos tiene el Propósito (Dharma) de guiar a la humanidad por medio de la Espiritualidad Verdadera, lo cual implica una crítica directa a las religiones que apoyen una visión distorsionada de la Espiritualidad. Por lo tanto, se establece que “TRIBUNAL ECLESIASTICO NACIONAL, TRIBUNAL INTERDIOCESANO DE BUENOS AIRES & SACERDOTE JULIO CESAR GRASSI” han violado a las enseñanzas del Maestro Jesús por medio de la realización de delitos graves, como la falta de cumplimiento de la justicia ante el abuso sexual y la corrupción, lo cual es Fraude Espiritual y Falso Cristianismo que de facto anula la condición  ética de Sacerdote. Indudablemente, los Sacerdotes deben ser maestros espirituales que guíen a las personas y organizaciones hacia la Liberación, y nunca deben ser individuos que cometen delitos y ataquen a la Espiritualidad. La Salvación del mundo es el Gran Propósito Supremo (Maha-Dharma) de los Seres Despiertos (Buddhas), por lo que este objetivo nunca debe estar asociado con criminales, pues de lo contrario la humanidad perdería la esperanza en una Tierra Pura o Reino de Rectitud. Únicamente practicando el Camino de la Espiritualidad Verdadera, tal y como lo practicaron muchos místicos y teólogos cristianos de la historia, entonces los miembros del Catolicismo serán merecedores del rango de Sacerdote Verdadero y serán genuinos herederos de las enseñanzas del Maestro Jesús. De esta manera, el Caso sobre “TRIBUNAL ECLESIASTICO NACIONAL, TRIBUNAL INTERDIOCESANO DE BUENOS AIRES & SACERDOTE JULIO CESAR GRASSI” constituye una gran enseñanza para que el Catolicismo se purifique por medio de la Fuerza de la Verdad, en lugar de que predomine la violencia, injusticia, el engaño y la enfermedad que violan la dignidad intrínseca de los seres sintientes.
El Tribunal Budista de Derechos Humanos deja constancia que el Sacerdote Jorge Bergoglio (ahora conocido como Papa Francisco I) era la persona encargada de manejar el TRIBUNAL ECLESIASTICO NACIONAL &TRIBUNAL INTERDIOCESANO DE BUENOS AIRES en el momento en que el Sacerdote Grassi fue condenado en la justicia argentina por el delito de abuso sexual agravado. Este incumplimiento del deber divino de la justicia por parte de las más altas esferas del Poder del Vaticano tiene implicancias tremendas que nunca quedarán impunes ante el Tribunal Budista de Derechos Humanos.
Siguiendo el Camino del Maestro Gautama, quien desarrolló un Camino de Espiritualidad Recta y Adecuada (Samma-Sasana-marga) que influenció a las comunidades esenias y al mismo Maestro Jesús, el Tribunal Budista de Derechos Humanos supervisa que las religiones sean éticas, nunca traicionando el compromiso con la Justicia y la Sabiduría Compasiva que es la verdadera expresión de lo divino, por lo que se ha sentenciado a “TRIBUNAL ECLESIASTICO NACIONAL, TRIBUNAL INTERDIOCESANO DE BUENOS AIRES & SACERDOTE JULIO CESAR GRASSI” como “Responsable” de Violación al Derecho Humano a la Justicia, Fraude Espiritual y Falso Cristianismo.
Con espíritu de reconciliación (maitri),
Maestro Maitreya Samyaksambuddha

Presidente y Juez Espiritual del Tribunal Budista de Derechos Humanos


sábado, 21 de octubre de 2017

Proclamación sobre Genocidio e Islamofobia

CASO 29-2017: WORLD PEACE PRIZE AWARDING COUNCIL (WPPAC)

Proclamación sobre Genocidio e Islamofobia
21 de Octubre de 2017
El Comité Internacional de Ética Budista y Tribunal Budista de Derechos Humanos,
Considerando que el 10 de Septiembre de 2017 supuestamente una persona llamada “Sacerdote Mok Tak” que sería el “Enlace del Budismo para la WPPAC” ha afirmado que él y el gobierno de Myanmar analizaron las acciones legales realizadas por el International Buddhist Ethics Committee, al cual acusó de estar compuesto por Miembros del Islam contrarios al gobierno de Myanmar y disfrazados de identidad budista para confundir y diseminar una falsa opinión pública”;
Recordando que este hecho representa un constante empeoramiento del WORLD PEACE PRIZE AWARDING COUNCIL (WPPAC) en materia de derechos humanos, pues no sólo se atenta nuevamente contra el Derecho Budista, sino que además se incurre en un acto de Islamofobia, acusando al International Buddhist Ethics Committee de ser una organización islámica únicamente porque se ha denunciado el Genocidio realizado por el gobierno de Myanmar contra el Pueblo Rohingya;
Consciente de que esta política persecutoria es una orientación similar al Discurso Nazi, el cual acusa de Sionismo a todo grupo o institución que rechaza al Holocausto o Genocidio que sufrieron el Pueblo Judío y el Pueblo Gitano durante el imperio de Hitler;
Preocupado enormemente porque esta acción del WORLD PEACE PRIZE AWARDING COUNCIL (WPPAC) discriminando y atacando a los defensores de los derechos humanos busca apoyar actividades genocidas en lugar de ayudar a defender la vida de millones de personas que están siendo exterminadas por el gobierno de Myanmar;
Deplorando la Complicidad del WORLD PEACE PRIZE AWARDING COUNCIL (WPPAC) con respecto a los crímenes contra la humanidad realizados por el gobierno cívico-militar de Myanmar, lo cual posiciona al WPPAC en clara violación del Derecho Internacional;
Analizando que incluso la ONU, por medio del Office of the High Commissioner for Human Rights (OHCHR), ha denunciado terribles violaciones a los derechos humanos cometidos por el gobierno de Myanmar contra la población civil indefensa, como torturas, abusos sexuales masivos, desapariciones forzosas y ejecuciones extrajudiciales de niños y bebés, todo lo cual apoya a la Sentencia realizada por el Tribunal Budista de Derechos Humanos contra Myanmar por crímenes de lesa humanidad, limpieza étnica y genocidio;
Tomando en consideración el reporte llamado “Countdown to Annihilation: Genocide in Myanmarrealizado por el International State Crime Initiative, donde se describe profundamente la aniquilación masiva realizada por el gobierno de Myanmar contra el Pueblo Rohingya, identificando como arquitectos del Genocidio al gobierno de Myanmar, a sus fuerzas de seguridad e incluso a Monjes Budistas, todo lo cual es concordante con la Sentencia del Tribunal Budista de Derechos Humanos contra el State Sangha Maha Nayaka Committee que preside Bhaddanta Kumarabhivamsa (premio de la paz por WPPAC);
Examinando que al ser cómplice de los crímenes realizados por Myanmar y el  State Sangha Maha Nayaka Committee contra millones de civiles, el WORLD PEACE PRIZE AWARDING COUNCIL (WPPAC) se encuentra participando de un peligroso discurso o narrativa de Racismo, Xenofobia e Islamofobia;
Teniendo en cuenta que las millones de víctimas del Pueblo Rohingya masacradas por el gobierno de Myanmar son acusadas de terrorismo, que es la misma acusación que el WPPAC ha realizado contra el Comité Internacional de Ética Budista;
Mostrando consternación por el hecho de que el International State Crime Initiative descubrió un documento de 1988 que pertenece al gobierno militar de Myanmar, donde se detallaba la adopción de once pasos para realizar un “Plan de Exterminio de los Rohingya”, que incluye medidas contra los Rohingya como la negación de ciudadanía, restricción de matrimonios, disminución de cantidad de población, creación de guettos, prohibición de estudios universitarios, prohibición de participar en gobierno, prohibición de propiedad privada, conversiones forzadas y sentencias ilegales de cortes, todas las cuales han sido medidas de estigmatización y deshumanización apoyadas por falsos Bhikkhus infiltrados por el gobierno militar, como es el Caso de Ashin Wirathu;
Reafirmando el reporte del International State Crime Initiative donde se critica que existe un rol genocida de Bhikkhus Budistas controlados por el gobierno de Myanmar, entre los cuales se encuentra Ashin Wirathu y el State Sangha Maha Nayaka Committee que preside Bhaddanta Kumarabhivamsa (premio de la paz por WPPAC), siendo predicadores de odio, apartheid y genocidio;
I.                   Se expresa solidaridad absoluta con las millones de vidas inocentes del Pueblo Rohingya que están siendo aniquilados sistemática y generalizadamente por el gobierno ilegal de Myanmar.
II.               Se denuncia el terrible hecho de que el Pueblo Rohingya ha experimentado todas las etapas del Genocidio, como décadas de persecución, estigmatización, discriminación, deshumanización, violencia, segregación social y violación sistemática y generalizada de los derechos humanos con el fin de producir tanto su aniquilación como la remoción de la existencia de este grupo en la historia colectiva de la humanidad, todo lo cual rememora profundamente el Holocausto realizado por el Nazismo.
III.            Se declara que el WPPAC debe inmediatamente denunciar el Genocidio de Myanmar, dejando de brindar membrecías y premios de la paz a aquellos que apoyan o participan en estas actividades genocidas.
IV.            Se ordena nuevamente al WPPAC que anule el Premio de la Paz entregado al criminal genocida de Bhaddanta Kumarabhivamsa.
V.                Se manifiesta que personas como Ashin Wirathu y Bhaddanta Kumarabhivamsa están destruyendo al Budismo por medio de la desacralización, atentando contra la dignidad y Espiritualidad de este movimiento.
VI.            Se invoca esta Proclamación ética como un acto de justicia frente a las violaciones al Derecho Budista y los Derechos Humanos que realizan el Estado de Myanmar y el State Sangha Maha Nayaka Committee.
VII.         Se confirma que en 2015 el State Sangha Maha Nayaka Committee que preside Bhaddanta Kumarabhivamsa prohibió la enseñanza de Bhikkhu U Pinnyasiha (Shwe Nya Wa Sayadaw) supuestamente por “hablar sin concordancia con la Doctrina Budista y no seguir las instrucciones de sus superiores”, ya que Bhikkhu U Pinnyasiha había llamado a la paz entre budistas y musulmanes y había criticado al movimiento islamofóbico de Wirathu.
VIII.     Se concuerda con Bhikkhu U Pinnyasiha (Shwe Nya Wa Sayadaw) en que “el Camino del Budismo es salvar personas, ayudar al pueblo, dar amor espiritual a todas las personas sin tener en cuenta su color de piel o su religión, pues aquellos que rehúsan dar amor espiritual hacia cierta clase de personas están en contra del Camino del Budismo”.
IX.            Se afirma que Mok Tak (Enlace del Budismo para la WPPAC) es un falso sacerdote.
X.                Se condena al WORLD PEACE PRIZE AWARDING COUNCIL (WPPAC)  como Responsable de Complicidad con el Genocidio e Islamofobia.
Realizado dos mil seiscientos años después de la creación de la Comunidad Budista.
S.E. Maestro Maitreya Samyaksambuddha

Presidente y Juez del International Buddhist Ethics Committee & Buddhist Tribunal on Human Rights



lunes, 16 de octubre de 2017

Dictamen sobre Suzi P. Leggett


CASO 29-2017: WORLD PEACE PRIZE AWARDING COUNCIL (WPPAC)
DICTAMEN SOBRE SUZI P. LEGGETT
10 de Octubre de 2017

A raíz de que recientemente un alto miembro del WPPAC llamado Suzi Leggett ha realizado un Discurso de Odio contra el Comité Internacional de Ética Budista, tras no haber existido ninguna clase de disculpas públicas por parte del Presidente del WPPAC, a continuación se determinará si los hechos expuestos constituyen un acto de perpetuación y profundización de los delitos realizados por el WPPAC que anteriormente han sido sentenciados por el Comité Internacional de Ética Budista.

I.                   Descripción del Caso
En el día 21 de Agosto de 2017 el Comité Internacional de Ética Budista sentenció al World Peace Prize Awarding Council (WPPAC) por el continuo apoyo y aval ético que realiza hacia Wan Ko Yee y Bhaddanta Kumarabhivamsa al otorgarles premios de la paz a ambos, lo cual constituye un acto de Complicidad con Crímenes contra la Paz y Violaciones contra el Patrimonio Cultural Budista. Mientras que Wan Ko Yee realiza sistemáticamente actos fraudulentos que usurpan el Patrimonio Cultural Budista, inventando falsos reconocimientos y falsas biografías espirituales con la finalidad de vender obras de arte a precios millonarios, por otra parte, Bhaddanta Kumarabhivamsa en su función de Presidente del State Sangha Maha Nayaka Committee ha participado en la realización de delitos terribles como CRÍMENES CONTRA LA HUMANIDAD Y LA PAZ, COMPLICIDAD CON EL GENOCIDIO y LIMPIEZA ÉTNICA, VIOLACIÓN A LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS Y TRIBALES, VIOLACIÓN A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN, VIOLACIÓN A LOS DERECHOS DE LA MUJER Y DEL NIÑO, COMPLICIDAD CON DISCRIMINACIÓN, OPRESIÓN Y DETENCIONES ILEGALES, y VIOLACIÓN AL CÓDIGO LEGAL BUDISTA. Pocos días después de tomar conocimiento de esta Sentencia el Presidente del World Peace Prize Awarding Council (WPPAC) manifestó respeto y agradecimiento hacia el Comité Internacional de Ética Budista, incluso llegando a ofrecer la posibilidad de que el Comité funcione como un consejo oficial para ayudar al WPPAC. Sin embargo, el miembro del WPPAC llamado Suzi Leggett decidió atacar al Comité Internacional de Ética Budista por medio de un mensaje oficial en el que señala que el Comité es una estafa que realiza actividades ilegales, al mismo tiempo que afirmó que el Comité es una organización terrorista que debe ser perseguida. Esto constituye un total agravamiento de los delitos sentenciados previamente por el Comité Internacional de Ética Budista, desaprovechando totalmente la oportunidad de reparación y reconciliación que se brindó al WPPAC. Con respecto a dicha profundización de los crímenes anteriormente sentenciados, el Comité Internacional de Ética Budista procede a emitir el siguiente Dictamen ético legal sobre la Responsabilidad de Suzi Leggett y el WPPAC.

II.               Advertencia Preliminar
El Comité Internacional de Ética Budista & Tribunal Budista de Derechos Humanos evalúa violaciones a la ética y los derechos humanos, por lo que su marco jurídico es el Derecho Tribal Budista y el Derecho Internacional. Estos procedimientos son milenarios e intrínsecos al sistema de autogobierno de la comuna espiritual (sangha), aunque poseen la innovación de la jurisdicción universal que permite analizar violaciones de otras comunidades y países.
Los casos legales llevados a cabo finalizan con una Sentencia. Sin embargo, cuando se produce un agravamiento de las condiciones sentenciadas, la Sentencia adquiere una inmediata legitimidad ética para emitir actas, notificaciones, resoluciones, comunicados y dictámenes que denuncian tales agravamientos.

III.            Difamación, Discriminación y Etnocentrismo
Con el objetivo de analizar en el presente caso la existencia de un acto de Difamación, Discriminación y Etnocentrismo por parte de Suzi Leggett y el WPPAC, es fundamental ofrecer los antecedentes del Derecho Budista que es el sistema atacado por el acusado. Si bien el Comité Internacional de Ética Budista ha sido creado por medio del Séptimo Concilio Budista realizado a fines de 2014, ciertamente es una tradición jurídica milenaria que tiene dos mil seiscientos años de antigüedad, manteniendo un enorme poder cultural en todos los países de la antigüedad donde existió el sistema de Civilización Budista. Por lo tanto, a la luz de instrumentos internacionales de derechos humanos como el Convenio número 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre Pueblos Indígenas y Tribales y la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, los Pueblos Budistas son realmente tanto una Comunidad Tribal por su organización comunal, como también son un Pueblo Indígena u Originario, pues conforman verdaderamente una Nación con instituciones, tradiciones y prácticas propias que preceden a la existencia de los Estados modernos. En este sentido, cuando Suzi Leggett y el WPPAC afirman que el Comité de Ética es una estafa maliciosa, claramente se incurre en un acto de difamación, discriminación y etnocentrismo, un crimen contra la paz, realizando una falsa acusación y un ataque por razones de índole cultural que rechaza la existencia milenaria del Derecho Budista.

IV.            Amenazas y Violación a los Derechos Humanos
Además de difamar y discriminar, Suzi P. Leggett y el WPPAC también han afirmando que el Comité Internacional de Ética Budista es una organización terrorista que atenta contra la paz social, llegando a amenazar al Comité con solicitar una investigación del Congreso de USA, lo cual es una violación al derecho humano a la libertad de expresión y al derecho humano a la autodeterminación de los pueblos, los cuales según el Derecho Internacional tienen derecho a mantener sus propios sistemas autóctonos de justicia. En este sentido, se considera que la amenaza realizada por Suzi P. Leggett tiene connotaciones violentas y fascistas, por lo que el Comité Internacional de Ética Budista hace responsable al WPPAC por cualquier atentado que puedan recibir los miembros del Comité.

V.                Corrupción, Fraude y Crimen Organizado
El Comité Internacional de Ética Budista ha recibido la difamación, discriminación y amenazas por parte del WPPAC y Suzi P. Leggett (esposa de un congresista) debido a que durante el juicio ético se pudieron analizar evidencias que sugieren que Wan Ko Yee compró su premio de la paz por medio de actos de corrupción, llegando a invertir un mínimo de 120 mil dólares para obtener el reconocimiento del Congreso de USA, el cual ha legitimado las falsas autobiografías y falsos reconocimientos que este estafador buscado por Interpol ostenta públicamente por medio de fake news con el fin de ganar dinero por medio de la multimillonaria venta de pinturas. El Comité Internacional de Ética Budista ha podido comenzar a descubrir una trama criminal que inicia con Wan Ko Yee creándose falsas autobiografías y sobornando congresistas norteamericanos para obtener reconocimiento legal y un premio de la paz, obteniendo una espuria legitimación que engaña a los clientes que compran sus pinturas, quienes creen ingenuamente que están comprando obras de arte realizadas por un Buddha, cuando en realidad están siendo estafados. Esta trama descubierta por el Comité Internacional de Ética Budista demuestra que miembros del WPPAC han participado en actos de Fraude, Corrupción y Crimen Organizado que violan al Patrimonio Cultural del Pueblo Budista. El hecho de que Suzi P. Leggett defienda agresivamente a Wan Ko Yee a pesar de la Sentencia del Comité, estaría demostrando que este miembro del WPPAC participa de la trama delictiva de corrupción. Por tal motivo, Suzi P. Leggett y el WPPAC se han negado a anular los premios ilegales que han entregado, considerando que corregir sus errores sería un acto irresponsable y escandaloso.

VI.            Conclusión
El comportamiento criminal de Suzi P. Leggett, tanto por realizar difamaciones y discriminaciones como también por estar relacionada con hechos de corrupción y fraude, demuestran que su propio premio de la paz es espurio e ilegítimo, demostrando una vez que más que el WPPAC está incapacitado para entregar premios de la paz, siendo increíble que esta organización carezca de procedimientos correctivos que aseguren el aprendizaje y la rectitud. En este sentido, el Comité Internacional de Ética Budista confirma que toda organización que no pueda corregir los errores o sancionar los comportamientos criminales de sus miembros estará destinada a caer en el crimen organizado. Por ello, la Comuna Espiritual (Sangha) desarrolló al Derecho Budista como un sistema de purificación que aseguraba el aprendizaje y la rectitud.
El Comité Internacional de Ética Budista ha demostrado un agravamiento en el comportamiento del WPPAC, por lo que a partir de la profundización de la Sentencia por Responsabilidad en Complicidad con Crímenes contra la Paz y Violación al Patrimonio Cultural Budista, el presente Dictamen incorpora los siguientes cargos contra el WPPAC: Difamación, Discriminación y Etnocentrismo; Amenazas y Violación a los Derechos Humanos; Corrupción, Fraude y Crimen Organizado.
En concordancia con los tratados internacionales de Derechos Humanos, el Comité Internacional de Ética Budista tiene el deber absoluto de hacer respetar los derechos a la justicia y a la protección de la cultura, que son inherentes al derecho humano a la paz, los cuales han sido violados extendida y sistemáticamente por el World Peace Prize Awarding Council (WPPAC).
Ergo, el Comité Internacional de Ética Budista dictamina que:
1.      Se declara como ilegales e ilegítimos los “Premios de la Paz” entregados a Wan Ko Yee, Bhaddanta Kumarabhivamsa y Suzi P. Leggett.
2.      Se afirma que el WPPAC no respeta a los derechos humanos ni a la sacralidad de la civilización de paz.
3.      Se requiere a todos los miembros del WPPAC que no hayan participado en las actividades criminales denunciadas en el presente Dictamen que expulsen a los miembros involucrados en hechos de corrupción y fraude, lo cual será un primer paso para recuperar la pureza ética de la organización.
4.      Se exige que el WPPAC comience inmediatamente a trabajar adecuadamente por la Paz Mundial y que prontamente respete y cumpla las Sentencias y Dictámenes del Comité Internacional de Ética Budista, dejándose constancia que cualquier atentado violento de miembros del WPPAC contra los Pueblos Budistas será denunciado a nivel internacional.

Siempre con espíritu de reconciliación,
Maestro Maitreya Samyaksambuddha

Presidente del Comité Internacional de Ética Budista y Tribunal Budista de Derechos Humanos