Justicia Verdadera

Justicia Verdadera

sábado, 29 de julio de 2017

NOTIFICACIÓN AL International Buddhist Confederation (IBC)

Caso n° 18/2016: State Sangha Maha Nayaka Committee (SSMNC – Ma Ha Na)

NOTIFICACIÓN AL  International Buddhist Confederation (IBC)
En el día 29 de Julio de 2017, el Comité Internacional de Ética Budista & Tribunal Budista de Derechos Humanos se comunica con Lama Lobzang Secretario General del International Buddhist Confederation (IBC) a raíz de la noticia de que el Dr. Bhaddanta Kumarabhivamsa (Chairman del State Sangha Maha Nayaka Committee de Myanmar) es miembro “Patrono” de la IBC, siendo reconocido por la IBC con el rango de “Su Santidad”.
Frente a esta terrible noticia, el Comité Internacional de Ética Budista & Tribunal Budista de Derechos Humanos hace saber a la IBC de que en el día 23 de Agosto de 2016 el State Sangha Maha Nayaka Committee de Myanmar fue sentenciado por los graves delitos de FALSO BUDISMO y VIOLACIÓN AL CÓDIGO LEGAL BUDISTA (VINAYA), OPRESIÓN Y DETENCIONES ILEGALES CONTRA LA SANGHA BUDISTA, COMPLICIDAD CON DISCRIMINACIÓN, VIOLACIÓN A LOS DERECHOS DE LA MUJER Y DEL NIÑO, VIOLACIÓN A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN, VIOLACIÓN A LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS Y TRIBALES, CRÍMENES CONTRA LA HUMANIDAD Y LA PAZ, COMPLICIDAD CON EL GENOCIDIO y LIMPIEZA ÉTNICA.
Ante esta situación, claramente el Dr. Bhaddanta Kumarabhivamsa no tiene legitimidad ética para ser Miembro Patrono de la IBC,  motivo por el cual solicitamos oficialmente al Secretario General Lama Lobzang que dentro de los próximos 7 días la IBC responda al Tribunal Budista e inicie urgentemente un procedimiento formal para expulsar al Dr. Bhaddanta Kumarabhivamsa, pues de lo contrario la IBC estaría avalando a estos crímenes cometidos por el State Sangha Maha Nayaka Committee de Myanmar, lo cual sería desastroso para la legitimidad espiritual del Budismo a nivel mundial. En caso de que el Secretario General Lama Lobzang decida ignorar la Notificación realizada por el Tribunal Budista de Derechos Humanos, esto será considerado como un acto de Complicidad con los crímenes cometidos por Dr. Bhaddanta Kumarabhivamsa, siendo una clara Violación al Derecho Budista.
El Comité Internacional de Ética Budista & Tribunal Budista de Derechos Humanos solicita al International Buddhist Confederation (IBC) todo el apoyo necesario en este asunto vinculado no sólo con violaciones a la Ética Budista de la Sangha sino también vinculado con violaciones al Derecho Internacional de los Derechos Humanos.
Queda usted debidamente notificado.
Siempre con espíritu de reconciliación (maitri),
S.E. Maestro Maitreya Samyaksambuddha
Presidente y Juez del Comité Internacional de Ética Budista & Tribunal Budista de Derechos Humanos

ACTA SOBRE EL World Peace Prize

Caso n° 18/2016: State Sangha Maha Nayaka Committee (SSMNC – Ma Ha Na)

ACTA SOBRE EL World Peace Prize
En el día 29 de Julio de 2017, el Comité Internacional de Ética Budista & Tribunal Budista de Derechos Humanos se comunica con el WORLD PEACE PRIZE AWARDING COUNCIL para realizar un Acto de Repudio Internacional al Premio Mundial de la Paz entregado al Dr. Bhaddanta Kumarabhivamsa, quien es Chairman del State Sangha Maha Nayaka Committee de Myanmar. Este Repudio Internacional se debe a que el State Sangha Maha Nayaka Committee de Myanmar fue sentenciado por los graves delitos de FALSO BUDISMO y VIOLACIÓN AL CÓDIGO LEGAL BUDISTA (VINAYA), OPRESIÓN Y DETENCIONES ILEGALES CONTRA LA SANGHA BUDISTA, COMPLICIDAD CON DISCRIMINACIÓN, VIOLACIÓN A LOS DERECHOS DE LA MUJER Y DEL NIÑO, VIOLACIÓN A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN, VIOLACIÓN A LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS Y TRIBALES, CRÍMENES CONTRA LA HUMANIDAD Y LA PAZ, COMPLICIDAD CON EL GENOCIDIO y LIMPIEZA ÉTNICA.
Por lo tanto, se solicita formalmente al Dr. Rev. Han Min Su de la WORLD PEACE PRIZE AWARDING COUNCIL que dentro de los próximos 7 días anule urgentemente el Premio de la Paz otorgado al Dr. Bhaddanta Kumarabhivamsa, quien es Responsable de Crímenes contra la Humanidad y Complicidad con el Genocidio, los más altos crímenes contra la paz que existen en el Derecho Internacional. En caso de que la WORLD PEACE PRIZE AWARDING COUNCIL decida ignorar este Acta formal realizada por el Tribunal Budista de Derechos Humanos, esto será considerado como un acto de Complicidad hacia los crímenes contra la paz cometidos por Dr. Bhaddanta Kumarabhivamsa, lo cual será debidamente sancionado por el Derecho Budista.

Siempre con espíritu de reconciliación (maitri),
S.E. Maestro Maitreya Samyaksambuddha
Presidente y Juez del Comité Internacional de Ética Budista & Tribunal Budista de Derechos Humanos

Requerimiento Legal a Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela


Caso n° 24/2017: Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela

Requerimiento Legal a Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela
26 de Julio de 2017
El Buddhist Tribunal on Human Rights solicita al Sr Julio Borges que la Asamblea Nacional anule a la brevedad la creación de un Tribunal Supremo de Justicia paralelo al Tribunal Supremo de Justicia oficial. Aunque probablemente se trate de una idea con muy buenas intenciones, en realidad esto sería una provocación para que la dictadura del Sr Nicolás Maduro realice detenciones arbitrarias contra los jueces del Tribunal Supremo de Justicia paralelo alegando el crimen de usurpación de funciones públicas.
El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ha sido sentenciado por nuestro Tribunal Budista por los crímenes de VIOLACIÓN AL ESTADO CONSTITUCIONAL DEMOCRÁTICO DE DERECHO y VIOLACIÓN AL DERECHO INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. El Tribunal Budista también ha Dictaminado que el Sr Nicolás Maduro es Responsable de “Golpe de Estado” y “Crímenes contra la Humanidad”. Por lo tanto, el Tribunal Budista de Derechos Humanos recomienda tomar un Camino jurídico mucho más adecuado que crear una corte paralela, pues en realidad el parlamento venezolano debería crear una “Corte Venezolana de Derechos Humanos”, la cual tendría la función de investigar y sentenciar violaciones a los derechos humanos cometidas tanto por el Presidente venezolano como por el mismo Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela. Esta idea es el camino más correcto y adecuado para el pueblo venezolano.

Siempre con espíritu de reconciliación (maitri),
Maestro Maitreya Samyaksambuddha
Presidente y Juez del Buddhist Tribunal on Human Rights

ACTA SOBRE la ORGANIZACIÓN DE ESTADOS AMERICANOS (OEA)

CASO 27-2017: Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)

ACTA SOBRE la ORGANIZACIÓN DE ESTADOS AMERICANOS (OEA)
En el día 26 de Abril de 2017 se realiza un Acta de aprobación internacional hacia la decisión de Luis Almagro, Secretario General de la OEA, por nombrar a Luis Moreno Ocampo como investigador sobre posibles Crímenes contra la Humanidad cometidos en Venezuela. Debido a que Luis Moreno Ocampo es un ex Fiscal de la Corte Penal Internacional, seguramente podrá determinar la presencia de violaciones a los derechos humanos en una escala sistemática y generalizada, que incluye a torturas y asesinatos realizados por el gobierno del Presidente Maduro contra la población civil venezolana.
Se pone a disposición de la OEA la noticia de que en el 4 de Mayo de 2017 el Tribunal Budista de Derechos Humanos ha desarrollado un Dictamen contra el Presidente Maduro por los graves delitos de “Golpe de Estado” y “Crímenes de lesa humanidad”. Como la misión del asesor Luis Moreno Ocampo será entrevistar a víctimas y expertos sobre las violaciones a los derechos humanos, seguramente le servirá la visión del Tribunal Budista sobre este asunto que viola la sacralidad de la vida humana.
Se deja constancia de que en el día 12 de Abril de 2017 el Tribunal Budista de Derechos Humanos ya había sentenciado al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela por los crímenes de VIOLACIÓN AL ESTADO CONSTITUCIONAL DEMOCRÁTICO DE DERECHO y VIOLACIÓN AL DERECHO INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS.
Sin embargo, aunque se felicita todo avance que pueda realizarse para poner fin a la impunidad en Venezuela, por otra parte, se finaliza la presente Acta notificando a la OEA de que el Tribunal Budista de Derechos Humanos en el día 26 de Junio de 2017 ha sancionado a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos por Violaciones a los derechos humanos de los Pueblos Budistas, en tanto que este organismo se ha negado a poner fin a la impunidad que sufre el Templo World Association of Buddhism en la Argentina, ya que sistemáticamente se le ha negado acceso a la justicia y a la reparación por graves delitos sufridos. Esperamos que la OEA tome la iniciativa de resolver esta situación a la brevedad.

Siempre con espíritu de reconciliación (maitri),
Maestro Maitreya Samyaksambuddha

Presidente y Juez del Tribunal Budista de Derechos Humanos

sábado, 1 de julio de 2017

Sentencia sobre la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)


Caso n° 27/2017: Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)
SENTENCIA ÉTICA
Estimados Fiscal, Defensor Público, Embajador y Miembros del Jurado del Comité Internacional de Ética Budista (CIEB) y Tribunal Budista de Derechos Humanos (TBDH), respecto del Caso 27-2017 contra la COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH), por medio de la presente, en el día 26 de Junio de 2017, se deja constancia de que se ha concluido el juicio del Comité de Ética para analizar la violación a la Ética Budista y los Derechos Humanos realizada por el acusado. Este Caso ha sido llevado a cabo como consecuencia del “Caso Argentina”.
Luego del análisis de la presentación del Caso y la validación de pruebas, se ha procedido con la votación unánime de 5 miembros del Jurado, todos los cuales han sentenciado como “Responsable” a la COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) por los graves delitos de VIOLACIÓN A LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS BUDISTAS Y COMUNIDADES ESPIRITUALES. Las acciones de la COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) al ignorar los reclamos de justicia por parte del Templo Budista World Association of Buddhism han producido un enorme daño contra la dignidad y respeto de la Comunidad Budista Maitriyana, pero también un daño contra el Imperio de los Derechos Humanos, los cuales deben tener un desarrollo y evolución en su cumplimiento, en lugar del actual deterioro e ineficacia. Estos actos demuestran que los miembros de la COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) han violado el derecho humano a la justicia de las víctimas, contribuyendo a mantener el status quo de impunidad que existe en Argentina. Aunque durante décadas la COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) ha tenido un buen desarrollo en la protección de los derechos humanos, debido a la falta de financiamiento y a la falta de sentido de Propósito y Responsabilidad de sus miembros, se ha convertido en un sistema de justicia tan ineficaz como la justicia estatal a la que debería regular. Claramente, ha contribuido a este deterioro el clima de los regímenes populistas de Latinoamérica, los cuales han avasallado contra las instituciones jurídicas de forma sistemática y generalizada. Así, los miembros de la COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) han olvidado su deber supremo para la defensa de los derechos humanos y libertades fundamentales tanto de los individuos como de las comunidades. En este sentido, el Tribunal Budista de Derechos Humanos establece que la COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) ha sido irrespetuosa ante la sacralidad de los derechos humanos individuales y los derechos humanos colectivos que posee el Pueblo Budista por ser una comunidad tribal. Por lo tanto, la Comunidad Maitriyana le ofrece a la COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) una Sentencia Ética como modo de enseñanza jurídica restaurativa, para que este organismo interamericano vuelva a comportarse adecuadamente. Si la COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) reemplaza a los burócratas que la componen y utiliza un sistema de Justicia Restaurativa, seguramente esto asegurará un funcionamiento adecuado a nivel internacional. Para tal fin, la COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) tiene mucho que aprender de la Justicia Restaurativa Budista.
La perspectiva del Derecho Budista es el abordaje de justicia restaurativa más antiguo del mundo, sirviendo a los derechos de las víctimas en lugar de los objetivos del Estado, motivo por el que se concluye que deberían ser abolidas las instituciones de castigo violento o sanción legal con encarcelamiento.[1] En efecto, la pena de prisión como daño a los ofensores realmente no es justicia, sino que es venganza, pues no repara los daños sufridos por las víctimas y familiares. Así, el Maitriyana busca la reforma y el aprendizaje de los criminales pero nunca su sufrimiento, afirmando que en realidad las cárceles no curan el problema de la delincuencia sino que más bien lo empeoran. Para el maestro espiritual, las prisiones claramente son lo contrario a un lugar de arrepentimiento y reforma,[2] siendo más bien algo similar a un infierno psicológico que agrava la situación existencial del delincuente. A diferencia de este ámbito vengativo y deshumanizador, el Derecho Budista promueve el ámbito de la contemplación (zen) como genuino espacio que permite lidiar con la culpa y la necesidad de perdón y Verdad, siendo esto el Propósito (Dharma) socialmente constructivo de la Ley. Desde la perspectiva del Maitriyana, el sistema judicial estatal no provee una justicia adecuada o recta, motivo por el que es necesario un nuevo sistema de valores o esquema de pensamiento para el sistema legal,[3] desarrollando un modelo de relaciones sociales pacíficas y justas. En este sentido, el Derecho Budista nunca busca castigar el mal o el conflicto sino más bien restaurar el bien o la armonía, demostrando que la justicia criminal falla siempre que no exista justicia social. El sujeto que comete delitos es la expresión misma de la injusticia e inequidad de la sociedad, la cual ha fallado en educar o producir ciudadanos rectos, motivo por el que deben existir mecanismos pedagógicos que corrijan esta falla sistémica. El Maitriyana promueve una transformación social que es la única fuente de esperanza genuina para evanescer el crimen sin necesidad de utilizar el miedo o las armas. La meditación libertaria busca reformar el carácter del delincuente a través de la autoridad alternativa del Despertar (Bodhi), de la Ley (Dharma) y de la comuna espiritual (sangha). El Derecho Budista tiene un enfoque que busca la Cura (Nirvana) del crimen por medio de la comprensión y evanescencia de sus causas, asumiendo así la conexión profunda entre la justicia criminal y la justicia social.[4] El Ser Libre e Iluminado (Arhat-Bodhisattva) enseña que cuando se distribuye equitativamente el ingreso monetario entonces se reduce el nivel de delitos y homicidios al mínimo. Esta idea audaz y original de concebir el origen del crimen en condiciones económicas no ha sido creada por Karl Marx sino por el mismo Siddharta Gautama,[5] quien enseñó que el problema del crimen se origina cuando el Estado no asume su función de justicia distributiva, pues la alienación y la injusticia se encuentran asociadas con la violencia, la inmoralidad y el crimen.[6] La perspectiva del Maitriyana es que la cuestión del crimen es encuentra interrelacionada con el contexto social en el que emerge, pues cuando un aprendiz disfruta de bienestar político, económico, cultural y medioambiental se reducen al máximo sus posibilidades de incurrir en el delito. Esto significa que es inservible e incluso autocontradictoria toda lucha violenta contra el crimen, pues la violencia no puede ser curada por medio de la violencia. De esta manera, el Derecho Budista confirma que el crimen debe ser correctamente confrontado a través de la no-violencia, la justicia social, la educación y la ecología, enseñando que los fines son indisociables de los medios. Esta enseñanza de sabiduría compasiva (prajña-karuna) es el gran aporte del Maitriyana al sistema jurídico mundial, posicionando a la comuna espiritual (sangha) como un órgano de control ético internacional para que la humanidad pueda seguir un adecuado ejemplo de vida a través de la purificación de la libre expresión del pensamiento, palabra y acto.[7] Sin embargo, el código legal (vinaya) que sigue la comuna espiritual (sangha) plantea reglas que no son absolutas sino que están abiertas a la revisión y corrección, pues el desarrollo del Despertar Espiritual (Bodhi) debe adaptarse a distintas circunstancias sociales. En definitiva, el Derecho Budista considera que el mejor método de tratamiento social contra el crimen es la educación, enseñándole al criminal a comprender y abstenerse de actos delictivos.[8] Así, mientras el sistema jurídico estatal simplemente está centrado en castigar o culpabilizar a un ser humano,[9] en cambio, el sistema jurídico del Maitriyana busca su reforma o aprendizaje. El Derecho Budista no está regido por el sistema de castigo violento sino por una práctica de rehabilitación y reforma educativa de los patrones mentales del sujeto que han originado que incurra en delitos, además de buscar el arrepentimiento y la reconciliación (maitri) con aquellos a los que ha ofendido. Este enfoque jurídico sanador puede ser analizado también como productor de una vergüenza reintegradora,[10] teniendo el objetivo de calmar la mente de las víctimas y agresores a través de la catarsis, la expiación, la restitución y la reconciliación (maitri).[11] Dicho mecanismo está orientado a la verdadera armonización del tejido social, promoviendo la unidad ética en lugar de la coerción moral que reprime el conflicto y la animosidad. De este modo, el Maitriyana establece que la felicidad se encuentra en el grado de reconciliación (maitri) que poseen las relaciones y no en el grado de posesiones materiales o estatus. Esta riqueza espiritual conforma parte esencial de los estándares éticos del código legal (vinaya) creado por Gautama, quien ha influido a sistemas legales como los de Tíbet y Bhután, en los cuales cada aprendiz tiene la responsabilidad legal de proteger la dignidad de la vida de los demás.[12] En este sentido, el sistema ético-legal del Derecho Budista promueve un modelo de vida honesta basada en la búsqueda de la Verdad, el Bien y el pluralismo, concibiendo a la justicia restaurativa como un nuevo modelo legal para el mundo al focalizarse en la necesidad de armonización espiritual y no en el castigo penal. No obstante, la existencia de los comités de ética y tribunales de consciencia del Maitriyana es una ofensa al monopolio jurídico que poseen las instituciones burocráticas del Estado para mantener el control social. Frente a esto, el maestro espiritual declara que la burocracia legal es la antítesis de la justicia de la comunidad,[13]  regulando la cohesión social a través del miedo y no a través de relaciones comunales orgánicas basadas en el amor y en la misericordia. El sistema de justicia del Derecho Budista se desarrolla con sabiduría compasiva (prajña-karuna), mientras que el sistema de justicia del Estado se desarrolla con el miedo al castigo. Esta es la causa de la falla de la civilización contemporánea en su lucha contra el crimen, pues carece de la solidaridad necesaria para proveer justicia verdadera. De esta manera, hay una brecha casi irresoluble entre ambos paradigmas de justicia.[14]
El Ser Libre e Iluminado (Arhat-Bodhisattva) comprende que es responsable por el bienestar de todos los seres, motivo por el que dedica su vida a la Liberación de la comunidad internacional. En este marco transnacional se posiciona la justicia restaurativa del Maitriyana, criticando al sistema de gobierno mundial de las Naciones Unidas por carecer de autoridad ética y sabiduría compasiva (prajña-karuna). El Derecho Budista posee un compendio de procedimientos y mecanismos jurídicos asociados con los intentos de la comuna espiritual (sangha) por reparar los abusos a la dignidad humana, asegurando la justicia y la reconciliación (maitri).[15] Por lo tanto, los comités de ética y tribunales de consciencia del Maitriyana condenan éticamente a delitos internacionales como el genocidio, la limpieza étnica, los crímenes contra la humanidad, el ecocidio y los crímenes contra la paz, satisfaciendo la sed de Verdad de las víctimas. Incluso aunque el Derecho Budista no recurre al encarcelamiento, por ser este procedimiento una forma incompleta de justicia,[16] ciertamente sacia la necesidad de reconocimiento de los delitos ocurridos en la sociedad a través de mecanismos simples y rápidos que atestiguan la Verdad de los hechos. Esta es una herramienta de construcción de la paz y justicia social, pues es un modelo espiritual de resolución de los conflictos que carece de la justicia basada en la represalia y la venganza. Así, la justicia restaurativa del Maitriyana se basa en la misericordia y la solidaridad, buscando la Verdad y la Reconciliación (Maitri), por lo que tiene la posibilidad de ser aplicada tanto a conflictos locales como a casos de abusos masivos de los derechos humanos, tal y como ha ocurrido en Sri Lanka y Cambodia.[17] Al igual que la justicia transicional, el Derecho Budista responde a la impunidad o injusticia en casos de crímenes de guerra, crímenes contra la humanidad, limpiezas étnicas o genocidios, implementando principios de justicia restaurativa a través de la contemplación (zen) de la Verdad. Sólo esta orientación hacia la justicia social puede lograr un modelo de sociedad basada en la paz y la justicia, evanesciendo las causas de los conflictos y percibiendo a los enemigos como amigos.[18] En efecto, el maestro espiritual recomienda eliminar la malevolencia y la animosidad como causas principales de la guerra, evanesciendo estos males no por medio de la fuerza violenta sino a través de la asistencia social, como construyendo escuelas y hospitales para aquellos con los que se ha establecido conflicto. Según el Maitriyana esta es la única manera en la que luego de una guerra los que han sido vencidos no tendrán resentimiento contra la nación vencedora o invasora. Únicamente por medio de actos sabios y compasivos puede combatirse adecuadamente al terrorismo,[19] educando o ayudando a los supuestos enemigos a cambiar su visión. Este proceso sanador que es clave en el Derecho Budista requiere de coraje y voluntad por parte de la comunidad internacional, a pesar de que la justicia restaurativa es un principio establecido en la misma Carta de las Naciones Unidas, donde se prioriza el ideal del diálogo y la conciliación en lugar de la violencia.[20] En definitiva, para el Maitriyana, la guerra es un método obsoleto para resolver disputas,[21] pero incluso aunque se recurra a este mecanismo se debería tomar los recaudos para luego mantener una paz justa, respetando los derechos humanos de aquellos que han sido vencidos.[22]
La justicia restaurativa del Derecho Budista es un camino de vida que permite la transformación de la mente del sujeto,[23] reparando el daño causado por el crimen a través de una resolución consensuada. Pero también se busca la transformación de las estructuras injustas de la sociedad que influencian a tales comportamientos delictivos, produciendo entonces el emerger de sociedades no-violentas.[24] Estos valores éticos de la justicia restaurativa no sólo son empleados por el movimiento del Maitriyana, sino que también han sido practicados por comunidades tribales o aborígenes durante miles de años.[25] De hecho, la comuna espiritual (sangha) creada por Gautama es heredera de esta tradición social de justicia sanadora. Mientras que el sistema jurídico estatal se desarrolla a través de instituciones gubernamentales, en cambio, el Derecho Budista se desarrolla por medio de valores espirituales. De esta manera, la justicia restaurativa o sanadora del Maitriyana responde al daño con sabiduría compasiva (prajña-karuna), considerando que los problemas siempre son oportunidades para enseñar a aquellos que han olvidado cómo actuar rectamente.[26] Esto significa que el Derecho Budista no sólo ayuda a la víctima, sino que también ayuda a los agresores a volver a su naturaleza espiritual originaria. Al comprender a los agresores en el contexto de sus relaciones, la justicia restaurativa del Maitriyana no recurre al castigo sino que tiene como Propósito (Dharma) la curación tanto de las víctimas como de los agresores.[27]
El Derecho Budista enfatiza en la justicia como búsqueda de no-violencia, solidaridad, amor y amistad, pues concibe a la existencia como una realidad interrelacionada. Esta forma suprema de justicia restaurativa que caracteriza al Maitriyana lidia con el crimen y el conflicto a través de la mediación y la reconciliación (maitri), enseñando a la sociedad a prevenir, participar, responsabilizarse, reparar, reintegrar y transformar, eliminando las causas del sufrimiento. Obviamente, el Derecho Budista es un paradigma de justicia alternativo al del sistema jurídico estatal, intentando restaurar lo más posible las relaciones afectadas por un crimen o conflicto. Sin embargo, la justicia restaurativa del Maitriyana no es realmente un nuevo concepto, sino que ha sido practicada tradicionalmente en comunidades tribales a lo largo del mundo durante miles de años,[28] donde los criminales debían intentar restaurar el bienestar psicológico y espiritual de las víctimas. Estas prácticas del pasado incluyen mediación, conferencia restaurativa,[29] círculos restaurativos, y también las actuales comisiones de la Verdad, promoviendo la restitución, las disculpas y los cambios de comportamiento,[30] lo cual es un trabajo sobre la base de una visión de la sociedad como interconectada.[31] El Derecho Budista desarrolla la meditación libertaria, la ética y la sabiduría compasiva (prajña-karuna), motivo por el que evanesce las causas del sufrimiento que son el apego, la aversión y la inconsciencia, enseñándole al aprendiz a vivir con generosidad, amor y visión clara. Estos valores son la única base sobre la que se puede crear una política pacifista, una economía justa, una cultura sabia y un medioambiente sano.
A diferencia de la justicia estatal, que define al crimen como una simple violación de leyes y que considera al Estado como la víctima, en cambio, la justicia restaurativa del Maitriyana considera al crimen como un daño a las relaciones sociales del sujeto que es la víctima verdadera. Por ello, mientras que en la justicia estatal el Estado y el criminal son las partes involucradas del proceso, en el Derecho Budista la víctima y el agresor son los actores principales. Este cambio de paradigma jurídico implica dejar de ignorar las necesidades y derechos de la víctima, la cual es central en el proceso de la justicia.[32] Pero dado que la justicia restaurativa del Maitriyana valora la dimensión interpersonal, obviamente también se respetan los derechos y necesidades del agresor. De este modo, existe una evolución desde una interpretación técnica e institucional, para arribar a una interpretación política, económica y cultural de la justicia. El Derecho Budista es entonces comparable con los valores éticos y filosóficos de la acción social,[33] brindándole importancia a las relaciones sociales, teniendo espíritu de servicio, respetando la dignidad inherente del ser humano, comportándose con integridad, desarrollando un conocimiento especializado en la ayuda de los demás y desafiando la pobreza y la injusticia social.
El Maitriyana es el heredero de dos mil seiscientos años de lucha por la justicia social, por lo que tiene una función protagónica al momento de brindar guía ética a la comunidad internacional, ofreciendo una vía capaz de evanescer tanto la pobreza como el crimen. Esto requiere de un procedimiento igualitario que ha sido definido por Siddharta Gautama como desapego y que John Rawls lo llama el velo de la ignorancia.[34] El Derecho Budista es una vía innovadora que permite resolver problemas sociales siguiendo los más altos ideales éticos, construyendo un mundo pacífico, justo, culto y sano. Estos principios que caracterizan a la justicia restaurativa del Maitriyana son tanto la sabiduría compasiva (prajña-karuna) como la libertad, la igualdad y la fraternidad. Así, el Derecho Budista promueve la transformación y reconstrucción de la civilización bajo la premisa de la paz, la justicia, el conocimiento y la ecología. Esta orientación ética hacia la acción social encarna con coraje y ecuanimidad la búsqueda espiritual de la Cura (Nirvana) del sufrimiento de todos los seres, por lo que combatir adecuadamente al crimen es un eje de la justicia restaurativa del Maitriyana. En efecto, el Derecho Budista es un movimiento global que afirma que el enfoque punitivo de la justicia no sirve, pues castigar con prisión a aquellos que infringen leyes no significa enseñarles o rehabilitarlos, ni tampoco implica restaurar el daño cometido a las víctimas. La justicia estatal o retributiva se centra en castigar violentamente a los criminales, mientras que la justicia restaurativa o reconciliadora se centra en ayudar a las víctimas y curar las causas del delito.[35] Sólo la justicia restaurativa que caracteriza al Maitriyana puede reconciliar a las víctimas con los delincuentes, transformando a ambos a través del poder del amor.
En concordancia con Foucault, el Derecho Budista afirma que es necesaria una reexaminación radical acerca del significado, motivo, medio y destinatario del castigo,[36] pues aprender a perdonar es utilizar el gran potencial de las adversidades para hacer el bien tanto a uno mismo como a los demás.[37] Precisamente, la justicia restaurativa del Maitriyana realiza esta superación de la justicia criminal estatal, desarrollando un sistema milenario basado en la asunción de responsabilidades del criminal y también en la satisfacción de las necesidades de reparación de la víctima. Si bien el Derecho Budista reconoce la libertad inherente del ser humano, al mismo tiempo reconoce que la sociedad ha influenciado negativamente al criminal por medio de un contexto político, económico, cultural y medioambiental, por lo que se le debe proveer la posibilidad de acceder a un nuevo contexto de rehabilitación, curación, transformación y reconciliación (maitri). Obviamente, la justicia restaurativa del Maitriyana forma parte del emerger de un nuevo paradigma jurídico en el mundo contemporáneo, aunque también es heredera de una tradición legal evolucionada con miles de años de antigüedad, pues este sistema ha sido empleado por comunidades espirituales (sanghas) y pueblos tribales de África y Asia.[38] En estos sistemas jurídicos tribales el crimen no era visto como un atentado contra el Estado sino más bien como una violación contra la Interexistencia o la interrelación social.[39] 
El Derecho Budista se caracteriza por una actitud ética comunitaria, incorporando el respeto, la solidaridad y la asunción de responsabilidad dentro de un marco jurídico.[40] Esto implica una actitud cálida y amorosa hacia las víctimas, buscando la reconciliación y curación de sus heridas emocionales en lugar de buscar la mera compensación económica.[41] De esta manera, tampoco los procedimientos de la justicia civil ordinaria pueden ofrecer esta necesidad de conexión emocional genuina que desea la víctima para poder sentir misericordia y perdonar la agresión del delincuente.[42] Al mismo tiempo, la justicia penal ordinaria, al recluir al agresor en la prisión, anula el derecho al arrepentimiento que posee el delincuente, recluyéndolo a un ambiente donde la violencia es la manera de resolver los problemas, por lo que también se anula su derecho a la transformación, sólo enseñándole a retornar a la vida criminal.[43] En cambio, en la justicia restaurativa del Maitriyana se alienta al aprendiz a tomar responsabilidad de sus actos y consecuencias, alentándolo a hacer las cosas bien e intentar reparar el daño causado. La visión del Derecho Budista considera a la sentencia ética no como un castigo violento sino como una oportunidad para la transformación de la vida del delincuente y de la víctima. Este método alternativo de resolución de conflictos –como los círculos de paz y las conferencias grupales- permite al sujeto poder volver a reintegrarse y sentirse miembro de la sociedad a través de la acción correcta,[44] la cual es un método que reafirma que lo que sucedió estuvo equivocado y debe evitarse ser repetido. En los comités de ética y tribunales de consciencia del Maitriyana se busca sanas las relaciones comunitarias que han sido dañadas por el crimen, restaurando tanto a las víctimas como a los agresores por medio de procedimientos dialécticos que promueven la justicia y la paz. En concordancia con Van Ness, el Derecho Budista propone tres pasos de justicia restaurativa: el encuentro (narrativa emocional y acuerdo de entendimiento), el enmendar (disculpas, cambio de comportamiento y restitución generosa) y la reintegración (respeto, asistencia material y dirección espiritual).[45] En definitiva, la práctica jurídica del Maitriyana revela valores éticos fundamentales que consideran al crimen como una oportunidad para prevenir el mal, hacer el bien y transformar la mente en un camino de amor y solidaridad.[46] Efectivamente, el Derecho Budista permite a las víctimas restaurar la Verdad, incorporando la realidad del crimen a su identidad, lo cual es la evanescencia de la venganza y la impunidad. La justicia restaurativa del Maitriyana se diferencia de la justicia utilitarista y de la justicia kantiana, pues su Propósito (Dharma) no es la búsqueda de la utilidad o la retribución, siendo más bien un sentido hacia la transformación y autoliberación por medio de la Verdad. No obstante, para el Ser Libre e Iluminado (Arhat-Bodhisattva), al igual que para Foucault, la justicia implica un modo de resistencia frente a los modos de subjetivación impuestos por el Poder dominante, lo cual es evidente en el modo en el cual en prisión se encasilla al ser humano como si el delito cometido se tratase de su verdadera identidad. El Derecho Budista alienta al criminal a convertirse en un aprendiz y buscar su verdadero sentido o Propósito (Dharma), enseñándole la posibilidad de recrearse a sí mismo en el contexto de prácticas transformadores.[47] Este nuevo discurso legal que propone el Maitriyana es el Discurso Analítico-Existencial-Libertario (Buddha-Dharma-Sangha), enseñando a la sociedad a prestar Atención Plena a la emergencia o necesidad vital de una nueva práctica legal donde se privilegia la cooperación y el diálogo en lugar de la dominación y la retórica.[48] El Derecho Budista busca transformar y desplazar completamente al actual sistema legal. Por lo tanto, esta revolución jurídica del Maitriyana se trata más bien de una evolución dinámica, abriendo la vía hacia nuevas condiciones de posibilidad de la Ley.[49] Incluso, desde la óptica del maestro espiritual, la justicia restaurativa eventualmente mostrará sus propias flaquezas, permitiéndole a la sociedad del futuro realizar una nueva evolución, pues nada es permanente.[50]
El Derecho Budista establece que el sistema jurídico estatal no sólo es imperfecto sino también defectuoso, haciendo frecuentemente sentir a las víctimas el hecho de que son ignoradas por los fiscales y jueces. El Ser Libre e Iluminado (Arhat-Bodhisattva) no considera que el actual sistema legal sea justo y efectivo al momento de combatir el crimen, motivo por el cual la justicia restaurativa del Maitriyana propone el emerger de un nuevo paradigma de justicia. Este paradigma encarnado por el Derecho Budista impulsa un espacio de encuentro para la reparación y reconciliación (maitri) entre víctimas y agresores, brindando la oportunidad de sanar las heridas individuales y comunitarias, lo cual es el mejor método de prevención de reincidencia del delito. En efecto, el Maitriyana provee un nuevo esquema que redefine al castigo punitivo y disuasorio, enseñando la manera de rehabilitar y transformar la respuesta social frente al crimen. Así, el Derecho Budista critica a las deficiencias de la justicia penal por brindar un rol insignificante a la visión de las víctimas del crimen,[51] al mismo tiempo que se la denuncia por ser un sistema jurídico estructuralmente ineficiente, ineficaz e incapaz de ser justo y equitativo.[52] La justicia restaurativa del Maitriyana permite priorizar los intereses de la víctima dentro de las prácticas del sistema legal, al mismo tiempo que propone un nuevo modo de respuesta y prevención frente al crimen, en tanto la prisión es exactamente lo opuesto a la búsqueda de autocontrol y rehabilitación del criminal: su deshumanización por medio de la virtud de la violencia para resolver los conflictos. Ciertamente, el maestro espiritual enseña al criminal a encargarse de su vida en formas legítimas y pacíficas frente a la frustración (dukkha), enseñándole a recuperar un sentido de respeto tanto por sí mismo como por los demás.[53] El Derecho Budista declara que las prisiones deberían ser instituciones educativas que preparen a los criminales para llevar a cabo una vida recta. Pero dado el alto nivel de reincidencia en el delito, el actual sistema jurídico penal revela que las cárceles son realmente un lugar para empeorar la situación psíquica del sujeto. Aunque el sistema jurídico debe satisfacer la apariencia de justicia,[54] como base para su legitimidad, sólo un pequeño porcentaje de la población percibe al sistema penal como muy justo,[55] motivo por el que el Maitriyana busca la implementación de la justicia restaurativa como promoción de la reparación, reconciliación y tranquilidad entre la víctima, el agresor y la comunidad.[56] Por ello, los procedimientos del Derecho Budista no son controlados por profesionales desalmados, sino por la misma comunidad afectada,[57] incluso permitiendo que los acusados participen activamente en los procesos y experimenten las consecuencias de sus actos para poder intentar repararlos pero sin poner en peligro la integridad emocional de las víctimas. El Propósito (Dharma) de la justicia restaurativa del Maitriyana es la restauración justa de las víctimas, delincuentes y comunidades,[58] razón por lo que estos programas producen muy baja reincidencia en el crimen. El sistema jurídico penal no sólo es inefectivo por no incorporar la voz de las víctimas, sino también por producir una enorme cantidad de pasos burocráticos que requieren un gran costo monetario para la sociedad. Al mismo tiempo que reduce el crimen con gran eficiencia, el Derecho Budista es un paradigma alternativo de bajo costo, no sólo por reducir enormemente la cantidad de procedimientos y tiempos de las cortes judiciales, sino también porque ofrece un mecanismo de castigo distinto al de la prisión, dado que el encarcelamiento es sólo una de muchas formas de castigo. Efectivamente, el Ser Libre e Iluminado (Arhat-Bodhisattva) confirma que el daño y la limitación de la libertad del criminal no es la única manera en la que puede hacerse justicia ni tampoco la única manera en que la sociedad puede desaprobar la conducta criminal.[59] Así, el Maitriyana revela que la rehabilitación psicológica del criminal junto con la compensación de la víctima es una forma de castigo constructivo muy distinta del paradigma penal carcelario. Por lo tanto, el Derecho Budista es realmente una alternativa al castigo penal pero también una forma alternativa de castigo ético que condena espiritualmente la conducta individual, corporativa o gubernamental. De hecho, el castigo ético o no-violento es un aspecto indispensable de la justicia restaurativa del Maitriyana,[60] estableciendo que el paradigma del encarcelamiento es una forma estereotipada de castigo. En cambio, confrontar pacíficamente al criminal para que solicite disculpas e intente remendar el daño causado resulta ser la forma más sana y adecuada de castigo. Al no asociar castigo con encarcelamiento el Derecho Budista puede transitar la ética del Camino Medio sin recurrir a los extremos de la violencia y la condescendencia, trabajando en la construcción de un castigo que enmiende el sufrimiento de las víctimas.[61] En definitiva, el Maitriyana considera que el castigo para los criminales debe ser empleado no porque lo merezcan, sino más bien para incrementar el bienestar social. De esta manera, el maestro espiritual enseña a percibir que un criminal no es un sujeto malo, sino que más bien es alguien que ha realizado un acto malo,[62] demostrando simultáneamente que no hay Seres Libres e Iluminados (Arhats-Bodhisattvas) sino más bien actos libres e iluminados. Esta actitud insubstancialista considera que el ser humano es lo que hace, por lo que si detiene de hacer el mal y comienza a hacer el bien, entonces puede purificar su mente y alcanzar la transformación y Despertar (Bodhi) de la Verdad. Al igual que la crianza de un niño, esta actitud del Derecho Budista permite disciplinar en una vía que demuestra desaprobación del mal comportamiento y simultáneamente demuestra su solidaridad y respeto.[63] En este sentido, los comités de ética y tribunales de consciencia del Maitriyana alientan al criminal a tomar responsabilidad de sus acciones y solicitar disculpas públicas, iniciando el primer paso hacia la lenta y ardua rehabilitación. Esto implica que el Derecho Budista considera a sus procedimientos como cortes terapéuticas donde el ser humano puede abandonar la repetición (karma) de sus actos delictivos y comenzar a identificarse con la visión de los demás, especialmente con los sentimientos de sus víctimas. En el Maitriyana el objetivo de la justicia restaurativa es entonces la Cura (Nirvana) de la enfermedad psíquica del criminal y también es la Reconciliación (Maitri) con su víctima, la cual necesita curarse de sus heridas a través del amor. La condena punitiva no es el objetivo dominante de la Ley, sino que lo es la reformación y la rehabilitación de los criminales.[64] Por ello, el Derecho Budista es un sistema jurídico con integridad y sabiduría compasiva (prajña-karuna).
En conclusión, el Tribunal Budista de Derechos Humanos tiene el Propósito (Dharma) de guiar a los pueblos del mundo por medio de la rectitud y la Ley Suprema, lo cual implica una crítica directa a las Cortes ineficaces que incumplen su deber de Justicia. Por lo tanto, se establece que la COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) está violando a los derechos de los Pueblos Budistas y las Comunidades Espirituales, especialmente quebrantando sus derechos individuales y colectivos tribales. Indudablemente, las Cortes internacionales deberían estar regulando a los Estados para que los tribunales locales no violen a los derechos fundamentales, aportando un modelo de justicia restaurativa rápida y eficaz. Sin un Propósito humanitario las Cortes internacionales se convierten en burócratas e insensibles ante el sufrimiento de las víctimas, contribuyendo a la perversión de la justicia en lugar de contribuir a su Cura. Únicamente practicando el Camino de la Justicia Restaurativa, tal y como lo prescribió el Maestro Gautama y muchos juristas contemporáneos, las Cortes internacionales podrán funcionar eficazmente y respetar los derechos fundamentales, comprendiendo en todo momento que la injusticia es uno de los principales males del mundo. De esta manera, el Caso sobre la COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) constituye una gran enseñanza para las cortes nacionales e internacionales, demostrando perfectamente que si las Cortes no permiten recursos sencillos, rápidos y efectivos para que la ciudadanía tenga justicia, entonces las Cortes son injustas y contrarias a la solidaridad y Verdad. Las Cortes tienen el deber de ser fieles a los supremos derechos humanos a la paz y a la justicia, pues si funcionan de forma burocrática se convierten en instrumentos opresivos y contrarios a la dignidad intrínseca del ser humano.
También se deja constancia de que durante los últimos dos años la COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) no hizo absolutamente nada para resolver el marco de impunidad que hubo en Argentina, donde millones de personas no han tenido acceso adecuado a la justicia, reinando un marco de corrupción sistémica que oprime a la sociedad. Dentro de estas millones de víctimas a las que se les ha privado acceder a la justicia no sólo se ha encontrado el Templo Budista World Association of Buddhism sino también el Fiscal Nisman, quien no sólo fue asesinado con total impunidad sino que además el gobierno argentino participó activamente en el encubrimiento de dicho homicidio. Frente a esta gravísima situación la COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) nunca buscó sancionar al Estado Argentino.
Siguiendo el Camino del Maestro Gautama, quien desarrolló un marco jurídico comunal e internacional, el Tribunal Budista de Derechos Humanos supervisa que las cortes nacionales e internacionales sean rectas, justas y éticas, nunca traicionando los derechos fundamentales, por lo que se ha sentenciado a la COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) como “Responsable” de VIOLACIÓN A LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS BUDISTAS Y COMUNIDADES ESPIRITUALES.
Con espíritu de reconciliación (maitri),
Maestro Maitreya Samyaksambuddha
Presidente y Juez Espiritual del Comité Internacional de Ética Budista (CIEB) y Tribunal Budista de Derechos Humanos (TBDH)



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