Caso n° 27/2017: Comisión
Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)
SENTENCIA ÉTICA
Estimados Fiscal, Defensor Público, Embajador y
Miembros del Jurado del Comité
Internacional de Ética Budista (CIEB) y Tribunal Budista de Derechos Humanos (TBDH), respecto del Caso 27-2017
contra la COMISIÓN INTERAMERICANA DE
DERECHOS HUMANOS (CIDH), por
medio de la presente, en el día 26 de Junio de 2017, se deja constancia de que
se ha concluido el juicio del Comité de Ética para analizar la violación a la
Ética Budista y los Derechos Humanos realizada por el acusado. Este Caso ha
sido llevado a cabo como consecuencia del “Caso Argentina”.
Luego del análisis de la presentación del Caso y la
validación de pruebas, se ha procedido con la votación unánime de 5 miembros
del Jurado, todos los cuales han sentenciado como “Responsable” a la COMISIÓN
INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) por los graves delitos de VIOLACIÓN
A LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS BUDISTAS Y COMUNIDADES ESPIRITUALES. Las
acciones de la COMISIÓN INTERAMERICANA
DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) al ignorar los reclamos de justicia por parte
del Templo Budista World Association of
Buddhism han producido un enorme daño contra la dignidad y respeto de la
Comunidad Budista Maitriyana, pero también un daño contra el Imperio de los
Derechos Humanos, los cuales deben tener un desarrollo y evolución en su
cumplimiento, en lugar del actual deterioro e ineficacia. Estos actos
demuestran que los miembros de la COMISIÓN
INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) han violado el derecho humano a
la justicia de las víctimas, contribuyendo a mantener el status quo de
impunidad que existe en Argentina. Aunque durante décadas la COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
(CIDH) ha tenido un buen desarrollo en la protección de los derechos
humanos, debido a la falta de financiamiento y a la falta de sentido de
Propósito y Responsabilidad de sus miembros, se ha convertido en un sistema de
justicia tan ineficaz como la justicia estatal a la que debería regular. Claramente,
ha contribuido a este deterioro el clima de los regímenes populistas de
Latinoamérica, los cuales han avasallado contra las instituciones jurídicas de
forma sistemática y generalizada. Así, los miembros de la COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) han olvidado su
deber supremo para la defensa de los derechos humanos y libertades
fundamentales tanto de los individuos como de las comunidades. En este sentido,
el Tribunal Budista de Derechos Humanos
establece que la COMISIÓN INTERAMERICANA
DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) ha sido irrespetuosa ante la sacralidad de los
derechos humanos individuales y los derechos humanos colectivos que posee el
Pueblo Budista por ser una comunidad tribal. Por lo tanto, la Comunidad
Maitriyana le ofrece a la COMISIÓN
INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) una Sentencia Ética como modo de
enseñanza jurídica restaurativa, para que este organismo interamericano vuelva
a comportarse adecuadamente. Si la COMISIÓN
INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) reemplaza a los burócratas que la
componen y utiliza un sistema de Justicia Restaurativa, seguramente esto
asegurará un funcionamiento adecuado a nivel internacional. Para tal fin, la COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
(CIDH) tiene mucho que aprender de la Justicia Restaurativa Budista.
La perspectiva
del Derecho Budista es el abordaje de justicia restaurativa más antiguo del
mundo, sirviendo a los derechos de las víctimas en lugar de los objetivos del
Estado, motivo por el que se concluye que deberían ser abolidas las
instituciones de castigo violento o sanción legal con encarcelamiento.[1]
En efecto, la pena de prisión como daño a los ofensores realmente no es
justicia, sino que es venganza, pues no repara los daños sufridos por las
víctimas y familiares. Así, el Maitriyana busca la reforma y el aprendizaje de
los criminales pero nunca su sufrimiento, afirmando que en realidad las
cárceles no curan el problema de la delincuencia sino que más bien lo empeoran.
Para el maestro espiritual, las prisiones claramente son lo contrario a un
lugar de arrepentimiento y reforma,[2]
siendo más bien algo similar a un infierno psicológico que agrava la situación
existencial del delincuente. A diferencia de este ámbito vengativo y
deshumanizador, el Derecho Budista promueve el ámbito de la contemplación (zen)
como genuino espacio que permite lidiar con la culpa y la necesidad de perdón y
Verdad, siendo esto el Propósito (Dharma) socialmente constructivo de la Ley.
Desde la perspectiva del Maitriyana, el sistema judicial estatal no provee una justicia adecuada o recta, motivo por el
que es necesario un nuevo sistema de valores o esquema de pensamiento para el sistema legal,[3]
desarrollando un modelo de relaciones sociales pacíficas y justas. En este
sentido, el Derecho Budista nunca busca castigar el mal o el conflicto sino más
bien restaurar el bien o la armonía, demostrando que la justicia criminal falla
siempre que no exista justicia social. El sujeto que comete delitos es la
expresión misma de la injusticia e inequidad de la sociedad, la cual ha fallado
en educar o producir ciudadanos rectos, motivo por el que deben existir
mecanismos pedagógicos que corrijan esta falla sistémica. El Maitriyana
promueve una transformación social que es la única fuente de esperanza genuina
para evanescer el crimen sin necesidad de utilizar el miedo o las armas. La
meditación libertaria busca reformar el carácter del delincuente a través de la
autoridad alternativa del Despertar (Bodhi), de la Ley (Dharma) y de la comuna
espiritual (sangha). El Derecho Budista tiene un enfoque que busca la Cura
(Nirvana) del crimen por medio de la comprensión y evanescencia de sus causas,
asumiendo así la conexión profunda entre la justicia criminal y la justicia
social.[4] El
Ser Libre e Iluminado (Arhat-Bodhisattva) enseña que cuando se distribuye equitativamente
el ingreso monetario entonces se reduce el nivel de delitos y homicidios al
mínimo. Esta idea audaz y original de concebir el origen del crimen en
condiciones económicas no ha sido creada por Karl Marx sino por el mismo
Siddharta Gautama,[5]
quien enseñó que el problema del crimen se origina cuando el Estado no asume su
función de justicia distributiva,
pues la alienación y la injusticia se encuentran asociadas con la violencia, la
inmoralidad y el crimen.[6] La
perspectiva del Maitriyana es que la cuestión del crimen es encuentra
interrelacionada con el contexto social en el que emerge, pues cuando un
aprendiz disfruta de bienestar político, económico, cultural y medioambiental
se reducen al máximo sus posibilidades de incurrir en el delito. Esto significa
que es inservible e incluso autocontradictoria toda lucha violenta contra el
crimen, pues la violencia no puede ser curada por medio de la violencia. De
esta manera, el Derecho Budista confirma que el crimen debe ser correctamente
confrontado a través de la no-violencia, la justicia social, la educación y la
ecología, enseñando que los fines son indisociables de los medios. Esta
enseñanza de sabiduría compasiva (prajña-karuna) es el gran aporte del
Maitriyana al sistema jurídico mundial, posicionando a la comuna espiritual
(sangha) como un órgano de control ético internacional para que la humanidad
pueda seguir un adecuado ejemplo de vida a través de la purificación de la
libre expresión del pensamiento, palabra y acto.[7]
Sin embargo, el código legal (vinaya) que sigue la comuna espiritual (sangha)
plantea reglas que no son absolutas sino que están abiertas a la revisión y
corrección, pues el desarrollo del Despertar Espiritual (Bodhi) debe adaptarse
a distintas circunstancias sociales. En definitiva, el Derecho Budista
considera que el mejor método de tratamiento social contra el crimen es la
educación, enseñándole al criminal a comprender y abstenerse de actos
delictivos.[8]
Así, mientras el sistema jurídico estatal simplemente está centrado en castigar
o culpabilizar a un ser humano,[9] en
cambio, el sistema jurídico del Maitriyana busca su reforma o aprendizaje. El
Derecho Budista no está regido por el sistema de castigo violento sino por una
práctica de rehabilitación y reforma educativa de los patrones mentales del
sujeto que han originado que incurra en delitos, además de buscar el
arrepentimiento y la reconciliación (maitri) con aquellos a los que ha
ofendido. Este enfoque jurídico sanador
puede ser analizado también como productor de una vergüenza reintegradora,[10]
teniendo el objetivo de calmar la mente de las víctimas y agresores a través de
la catarsis, la expiación, la restitución y la reconciliación (maitri).[11]
Dicho mecanismo está orientado a la verdadera armonización del tejido social,
promoviendo la unidad ética en lugar de la coerción moral que reprime el
conflicto y la animosidad. De este modo, el Maitriyana establece que la
felicidad se encuentra en el grado de reconciliación (maitri) que poseen las
relaciones y no en el grado de posesiones materiales o estatus. Esta riqueza
espiritual conforma parte esencial de los estándares éticos del código legal
(vinaya) creado por Gautama, quien ha influido a sistemas legales como los de
Tíbet y Bhután, en los cuales cada aprendiz tiene la responsabilidad legal de
proteger la dignidad de la vida de los demás.[12]
En este sentido, el sistema ético-legal del Derecho Budista promueve un modelo
de vida honesta basada en la búsqueda de la Verdad, el Bien y el pluralismo,
concibiendo a la justicia restaurativa como un nuevo modelo legal para el mundo al focalizarse en la necesidad de
armonización espiritual y no en el castigo penal. No obstante, la existencia de
los comités de ética y tribunales de consciencia del Maitriyana es una ofensa
al monopolio jurídico que poseen las instituciones burocráticas del Estado para
mantener el control social. Frente a esto, el maestro espiritual declara que la
burocracia legal es la antítesis de
la justicia de la comunidad,[13] regulando la cohesión social a través del
miedo y no a través de relaciones comunales orgánicas basadas en el amor y en
la misericordia. El sistema de justicia del Derecho Budista se desarrolla con
sabiduría compasiva (prajña-karuna), mientras que el sistema de justicia del
Estado se desarrolla con el miedo al castigo. Esta es la causa de la falla de
la civilización contemporánea en su lucha contra el crimen, pues carece de la
solidaridad necesaria para proveer justicia verdadera. De esta manera, hay una
brecha casi irresoluble entre ambos paradigmas de justicia.[14]
El Ser Libre e Iluminado
(Arhat-Bodhisattva) comprende que es responsable por el bienestar de todos los
seres, motivo por el que dedica su vida a la Liberación de la comunidad
internacional. En este marco transnacional se posiciona la justicia restaurativa
del Maitriyana, criticando al sistema de gobierno mundial de las Naciones
Unidas por carecer de autoridad ética y sabiduría compasiva (prajña-karuna). El
Derecho Budista posee un compendio de procedimientos y mecanismos jurídicos
asociados con los intentos de la comuna espiritual (sangha) por reparar los
abusos a la dignidad humana, asegurando la
justicia y la reconciliación (maitri).[15]
Por lo tanto, los comités de ética y tribunales de consciencia del Maitriyana
condenan éticamente a delitos internacionales como el genocidio, la limpieza
étnica, los crímenes contra la humanidad, el ecocidio y los crímenes contra la
paz, satisfaciendo la sed de Verdad de las víctimas. Incluso aunque el Derecho
Budista no recurre al encarcelamiento, por ser este procedimiento una forma
incompleta de justicia,[16]
ciertamente sacia la necesidad de reconocimiento de los delitos ocurridos en la
sociedad a través de mecanismos simples y rápidos que atestiguan la Verdad de
los hechos. Esta es una herramienta de construcción de la paz y justicia
social, pues es un modelo espiritual de resolución de los conflictos que carece
de la justicia basada en la represalia y la venganza. Así, la justicia
restaurativa del Maitriyana se basa en la misericordia y la solidaridad,
buscando la Verdad y la Reconciliación (Maitri), por lo que tiene la
posibilidad de ser aplicada tanto a conflictos locales como a casos de abusos
masivos de los derechos humanos, tal y como ha ocurrido en Sri Lanka y
Cambodia.[17]
Al igual que la justicia transicional, el Derecho Budista responde a la
impunidad o injusticia en casos de crímenes de guerra, crímenes contra la
humanidad, limpiezas étnicas o genocidios, implementando principios de justicia
restaurativa a través de la contemplación (zen) de la Verdad. Sólo esta
orientación hacia la justicia social puede lograr un modelo de sociedad basada
en la paz y la justicia, evanesciendo las causas de los conflictos y percibiendo a los enemigos como amigos.[18]
En efecto, el maestro espiritual recomienda eliminar la malevolencia y la
animosidad como causas principales de la guerra, evanesciendo estos males no
por medio de la fuerza violenta sino a través de la asistencia social, como
construyendo escuelas y hospitales para aquellos con los que se ha establecido
conflicto. Según el Maitriyana esta es la única manera en la que luego de una
guerra los que han sido vencidos no tendrán resentimiento contra la nación
vencedora o invasora. Únicamente por
medio de actos sabios y compasivos puede combatirse adecuadamente al terrorismo,[19]
educando o ayudando a los supuestos enemigos a cambiar su visión. Este proceso
sanador que es clave en el Derecho Budista requiere de coraje y voluntad por
parte de la comunidad internacional, a pesar de que la justicia restaurativa es
un principio establecido en la misma Carta
de las Naciones Unidas, donde se prioriza el ideal del diálogo y la
conciliación en lugar de la violencia.[20]
En definitiva, para el Maitriyana, la guerra es un método obsoleto para
resolver disputas,[21]
pero incluso aunque se recurra a este mecanismo se debería tomar los recaudos
para luego mantener una paz justa,
respetando los derechos humanos de aquellos que han sido vencidos.[22]
La justicia restaurativa del Derecho
Budista es un camino de vida que
permite la transformación de la mente del sujeto,[23]
reparando el daño causado por el crimen a través de una resolución consensuada.
Pero también se busca la transformación de las estructuras injustas de la
sociedad que influencian a tales comportamientos delictivos, produciendo
entonces el emerger de sociedades
no-violentas.[24]
Estos valores éticos de la justicia restaurativa no sólo son empleados por el
movimiento del Maitriyana, sino que también han sido practicados por
comunidades tribales o aborígenes durante miles de años.[25]
De hecho, la comuna espiritual (sangha) creada por Gautama es heredera de esta
tradición social de justicia sanadora.
Mientras que el sistema jurídico estatal se desarrolla a través de
instituciones gubernamentales, en cambio, el Derecho Budista se desarrolla por
medio de valores espirituales. De esta manera, la justicia restaurativa o sanadora del Maitriyana responde al daño
con sabiduría compasiva (prajña-karuna), considerando que los problemas siempre
son oportunidades para enseñar a aquellos
que han olvidado cómo actuar rectamente.[26]
Esto significa que el Derecho Budista no sólo ayuda a la víctima, sino que
también ayuda a los agresores a volver a su naturaleza espiritual originaria.
Al comprender a los agresores en el contexto de sus relaciones, la justicia
restaurativa del Maitriyana no recurre al castigo sino que tiene como Propósito
(Dharma) la curación tanto de las
víctimas como de los agresores.[27]
El Derecho Budista enfatiza en la
justicia como búsqueda de no-violencia, solidaridad, amor y amistad, pues
concibe a la existencia como una realidad interrelacionada. Esta forma suprema
de justicia restaurativa que caracteriza al Maitriyana lidia con el crimen y el
conflicto a través de la mediación y la reconciliación (maitri), enseñando a la
sociedad a prevenir, participar, responsabilizarse, reparar, reintegrar y
transformar, eliminando las causas del sufrimiento. Obviamente, el Derecho
Budista es un paradigma de justicia alternativo al del sistema jurídico
estatal, intentando restaurar lo más posible las relaciones afectadas por un
crimen o conflicto. Sin embargo, la justicia restaurativa del Maitriyana no es
realmente un nuevo concepto, sino que
ha sido practicada tradicionalmente en comunidades tribales a lo largo del
mundo durante miles de años,[28]
donde los criminales debían intentar restaurar el bienestar psicológico y
espiritual de las víctimas. Estas prácticas del pasado incluyen mediación, conferencia restaurativa,[29] círculos restaurativos, y también las
actuales comisiones de la Verdad,
promoviendo la restitución, las disculpas y los cambios de comportamiento,[30]
lo cual es un trabajo sobre la base de una visión de la sociedad como interconectada.[31]
El Derecho Budista desarrolla la meditación libertaria, la ética y la sabiduría
compasiva (prajña-karuna), motivo por el que evanesce las causas del
sufrimiento que son el apego, la aversión y la inconsciencia, enseñándole al
aprendiz a vivir con generosidad, amor y visión clara. Estos valores son la
única base sobre la que se puede crear una política pacifista, una economía
justa, una cultura sabia y un medioambiente sano.
A diferencia de la justicia estatal,
que define al crimen como una simple violación de leyes y que considera al
Estado como la víctima, en cambio, la justicia restaurativa del Maitriyana
considera al crimen como un daño a las
relaciones sociales del sujeto que es la víctima verdadera. Por ello,
mientras que en la justicia estatal el Estado y el criminal son las partes
involucradas del proceso, en el Derecho Budista la víctima y el agresor son los actores principales. Este cambio de
paradigma jurídico implica dejar de ignorar las
necesidades y derechos de la víctima, la cual es central en el proceso de
la justicia.[32]
Pero dado que la justicia restaurativa del Maitriyana valora la dimensión
interpersonal, obviamente también se respetan los derechos y necesidades del
agresor. De este modo, existe una evolución desde una interpretación técnica e
institucional, para arribar a una interpretación política, económica y cultural
de la justicia. El Derecho Budista es entonces comparable con los valores éticos y filosóficos de la acción social,[33]
brindándole importancia a las relaciones sociales, teniendo espíritu de
servicio, respetando la dignidad inherente del ser humano, comportándose con
integridad, desarrollando un conocimiento especializado en la ayuda de los
demás y desafiando la pobreza y la injusticia social.
El Maitriyana es el heredero de dos
mil seiscientos años de lucha por la justicia social, por lo que tiene una
función protagónica al momento de brindar guía ética a la comunidad
internacional, ofreciendo una vía capaz de evanescer tanto la pobreza como el
crimen. Esto requiere de un procedimiento igualitario que ha sido definido por
Siddharta Gautama como desapego y que John Rawls lo llama el velo de la ignorancia.[34]
El Derecho Budista es una vía innovadora que permite resolver problemas
sociales siguiendo los más altos ideales éticos, construyendo un mundo
pacífico, justo, culto y sano. Estos principios que caracterizan a la justicia
restaurativa del Maitriyana son tanto la sabiduría compasiva (prajña-karuna)
como la libertad, la igualdad y la fraternidad. Así, el Derecho Budista
promueve la transformación y reconstrucción de la civilización bajo la premisa
de la paz, la justicia, el conocimiento y la ecología. Esta orientación ética
hacia la acción social encarna con coraje y ecuanimidad la búsqueda espiritual
de la Cura (Nirvana) del sufrimiento de todos los seres, por lo que combatir
adecuadamente al crimen es un eje de la justicia restaurativa del Maitriyana.
En efecto, el Derecho Budista es un movimiento global que afirma que el enfoque
punitivo de la justicia no sirve, pues castigar con prisión a aquellos que
infringen leyes no significa enseñarles o rehabilitarlos, ni tampoco implica
restaurar el daño cometido a las víctimas. La justicia estatal o retributiva se
centra en castigar violentamente a los criminales, mientras que la justicia restaurativa o reconciliadora
se centra en ayudar a las víctimas y curar
las causas del delito.[35]
Sólo la justicia restaurativa que caracteriza al Maitriyana puede reconciliar a
las víctimas con los delincuentes, transformando a ambos a través del poder del
amor.
En concordancia con Foucault, el
Derecho Budista afirma que es necesaria una
reexaminación radical acerca del significado, motivo, medio y destinatario del
castigo,[36]
pues aprender a perdonar es utilizar el gran potencial de las adversidades para
hacer el bien tanto a uno mismo como a los demás.[37]
Precisamente, la justicia restaurativa del Maitriyana realiza esta superación
de la justicia criminal estatal, desarrollando un sistema milenario basado en
la asunción de responsabilidades del criminal y también en la satisfacción de
las necesidades de reparación de la víctima. Si bien el Derecho Budista
reconoce la libertad inherente del ser humano, al mismo tiempo reconoce que la
sociedad ha influenciado negativamente al criminal por medio de un contexto
político, económico, cultural y medioambiental, por lo que se le debe proveer
la posibilidad de acceder a un nuevo contexto de rehabilitación, curación,
transformación y reconciliación (maitri). Obviamente, la justicia restaurativa
del Maitriyana forma parte del emerger de un nuevo paradigma jurídico en el
mundo contemporáneo, aunque también es heredera de una tradición legal
evolucionada con miles de años de antigüedad, pues este sistema ha sido empleado
por comunidades espirituales (sanghas) y pueblos tribales de África y Asia.[38]
En estos sistemas jurídicos tribales el crimen no era visto como un atentado
contra el Estado sino más bien como una violación contra la Interexistencia o
la interrelación social.[39]
El Derecho Budista se caracteriza por
una actitud ética comunitaria, incorporando
el respeto, la solidaridad y la asunción de responsabilidad dentro de un marco
jurídico.[40]
Esto implica una actitud cálida y amorosa hacia las víctimas, buscando la reconciliación y curación de sus heridas
emocionales en lugar de buscar la mera compensación económica.[41]
De esta manera, tampoco los procedimientos de la justicia civil ordinaria
pueden ofrecer esta necesidad de conexión
emocional genuina que desea la víctima para poder sentir misericordia y
perdonar la agresión del delincuente.[42]
Al mismo tiempo, la justicia penal ordinaria, al recluir al agresor en la
prisión, anula el derecho al arrepentimiento que posee el delincuente,
recluyéndolo a un ambiente donde la violencia
es la manera de resolver los problemas, por lo que también se anula su
derecho a la transformación, sólo enseñándole a retornar a la vida criminal.[43] En
cambio, en la justicia restaurativa del Maitriyana se alienta al aprendiz a
tomar responsabilidad de sus actos y consecuencias, alentándolo a hacer las cosas bien e intentar reparar el daño causado. La
visión del Derecho Budista considera a la sentencia ética no como un castigo
violento sino como una oportunidad para
la transformación de la vida del delincuente y de la víctima. Este método alternativo de resolución de
conflictos –como los círculos de paz y las conferencias grupales- permite al
sujeto poder volver a reintegrarse y sentirse miembro de la sociedad a través
de la acción correcta,[44]
la cual es un método que reafirma que lo que sucedió estuvo equivocado y debe
evitarse ser repetido. En los comités de ética y tribunales de consciencia del
Maitriyana se busca sanas las relaciones comunitarias que han sido dañadas por
el crimen, restaurando tanto a las víctimas como a los agresores por medio de
procedimientos dialécticos que promueven la justicia y la paz. En concordancia
con Van Ness, el Derecho Budista propone tres pasos de justicia restaurativa:
el encuentro (narrativa emocional y acuerdo de entendimiento), el enmendar
(disculpas, cambio de comportamiento y restitución generosa) y la reintegración
(respeto, asistencia material y dirección espiritual).[45]
En definitiva, la práctica jurídica del Maitriyana revela valores éticos
fundamentales que consideran al crimen como una
oportunidad para prevenir el mal, hacer el bien y transformar la mente en un
camino de amor y solidaridad.[46]
Efectivamente, el Derecho Budista permite a las víctimas restaurar la Verdad,
incorporando la realidad del crimen a su identidad, lo cual es la evanescencia
de la venganza y la impunidad. La justicia restaurativa del Maitriyana se
diferencia de la justicia utilitarista y de la justicia kantiana, pues su
Propósito (Dharma) no es la búsqueda de la utilidad o la retribución, siendo
más bien un sentido hacia la transformación y autoliberación por medio de la
Verdad. No obstante, para el Ser Libre e Iluminado (Arhat-Bodhisattva), al
igual que para Foucault, la justicia implica un modo de resistencia frente a los modos de subjetivación impuestos por el
Poder dominante, lo cual es evidente en el modo en el cual en prisión se
encasilla al ser humano como si el delito cometido se tratase de su verdadera
identidad. El Derecho Budista alienta al criminal a convertirse en un aprendiz
y buscar su verdadero sentido o Propósito (Dharma), enseñándole la posibilidad
de recrearse a sí mismo en el contexto de
prácticas transformadores.[47]
Este nuevo discurso legal que propone
el Maitriyana es el Discurso Analítico-Existencial-Libertario (Buddha-Dharma-Sangha),
enseñando a la sociedad a prestar Atención Plena a la emergencia o necesidad
vital de una nueva práctica legal
donde se privilegia la cooperación y el diálogo en lugar de la dominación y la
retórica.[48]
El Derecho Budista busca transformar y desplazar
completamente al actual sistema legal. Por lo tanto, esta revolución jurídica del Maitriyana se
trata más bien de una evolución
dinámica, abriendo la vía hacia nuevas
condiciones de posibilidad de la Ley.[49]
Incluso, desde la óptica del maestro espiritual, la justicia restaurativa eventualmente mostrará sus propias flaquezas,
permitiéndole a la sociedad del futuro realizar una nueva evolución, pues nada es permanente.[50]
El Derecho Budista establece que el
sistema jurídico estatal no sólo es imperfecto sino también defectuoso, haciendo frecuentemente sentir a las
víctimas el hecho de que son ignoradas por los fiscales y jueces. El Ser
Libre e Iluminado (Arhat-Bodhisattva) no considera que el actual sistema legal
sea justo y efectivo al momento de
combatir el crimen, motivo por el cual la justicia restaurativa del Maitriyana
propone el emerger de un nuevo paradigma de justicia. Este paradigma encarnado
por el Derecho Budista impulsa un espacio de encuentro para la reparación y
reconciliación (maitri) entre víctimas y agresores, brindando la oportunidad de
sanar las heridas individuales y comunitarias, lo cual es el mejor método de
prevención de reincidencia del delito. En efecto, el Maitriyana provee un nuevo
esquema que redefine al castigo punitivo y disuasorio, enseñando la manera de
rehabilitar y transformar la respuesta social frente al crimen. Así, el Derecho
Budista critica a las deficiencias de la justicia penal por brindar un rol
insignificante a la visión de las víctimas del crimen,[51]
al mismo tiempo que se la denuncia por ser un sistema jurídico estructuralmente
ineficiente, ineficaz e incapaz de ser
justo y equitativo.[52]
La justicia restaurativa del Maitriyana permite priorizar los intereses de la
víctima dentro de las prácticas del sistema legal, al mismo tiempo que propone
un nuevo modo de respuesta y prevención frente al crimen, en tanto la prisión
es exactamente lo opuesto a la
búsqueda de autocontrol y rehabilitación del criminal: su deshumanización por
medio de la virtud de la violencia para resolver los conflictos. Ciertamente,
el maestro espiritual enseña al criminal a encargarse de su vida en formas legítimas y pacíficas frente a la
frustración (dukkha), enseñándole a recuperar un sentido de respeto tanto por sí mismo como por los demás.[53]
El Derecho Budista declara que las prisiones deberían ser instituciones educativas que preparen a los criminales para llevar
a cabo una vida recta. Pero dado el alto nivel de reincidencia en el delito, el
actual sistema jurídico penal revela que las cárceles son realmente un lugar
para empeorar la situación psíquica del sujeto. Aunque el sistema jurídico debe satisfacer la apariencia de justicia,[54]
como base para su legitimidad, sólo un pequeño porcentaje de la población
percibe al sistema penal como muy justo,[55]
motivo por el que el Maitriyana busca la implementación de la justicia
restaurativa como promoción de la
reparación, reconciliación y tranquilidad entre la víctima, el agresor y la
comunidad.[56]
Por ello, los procedimientos del Derecho Budista no son controlados por
profesionales desalmados, sino por la
misma comunidad afectada,[57]
incluso permitiendo que los acusados participen activamente en los procesos y
experimenten las consecuencias de sus actos para poder intentar repararlos pero
sin poner en peligro la integridad emocional de las víctimas. El Propósito
(Dharma) de la justicia restaurativa del Maitriyana es la restauración justa de las víctimas, delincuentes y comunidades,[58]
razón por lo que estos programas producen muy baja reincidencia en el crimen. El
sistema jurídico penal no sólo es inefectivo por no incorporar la voz de las
víctimas, sino también por producir una enorme cantidad de pasos burocráticos
que requieren un gran costo monetario para la sociedad. Al mismo tiempo que
reduce el crimen con gran eficiencia, el Derecho Budista es un paradigma
alternativo de bajo costo, no sólo por reducir enormemente la cantidad de procedimientos
y tiempos de las cortes judiciales, sino también porque ofrece un mecanismo de
castigo distinto al de la prisión, dado que el encarcelamiento es sólo una de
muchas formas de castigo. Efectivamente, el Ser Libre e Iluminado
(Arhat-Bodhisattva) confirma que el daño y la limitación de la libertad del
criminal no es la única manera en la que
puede hacerse justicia ni tampoco la
única manera en que la sociedad puede desaprobar la conducta criminal.[59]
Así, el Maitriyana revela que la rehabilitación psicológica del criminal junto
con la compensación de la víctima es una forma de castigo constructivo muy distinta del paradigma penal carcelario.
Por lo tanto, el Derecho Budista es realmente una alternativa al castigo penal pero también una forma alternativa de castigo ético que condena espiritualmente la
conducta individual, corporativa o gubernamental. De hecho, el castigo ético o
no-violento es un aspecto indispensable
de la justicia restaurativa del Maitriyana,[60]
estableciendo que el paradigma del encarcelamiento es una forma estereotipada
de castigo. En cambio, confrontar pacíficamente al criminal para que solicite
disculpas e intente remendar el daño causado resulta ser la forma más sana y
adecuada de castigo. Al no asociar castigo
con encarcelamiento el Derecho
Budista puede transitar la ética del Camino Medio sin recurrir a los extremos
de la violencia y la condescendencia, trabajando en la construcción de un
castigo que enmiende el sufrimiento
de las víctimas.[61]
En definitiva, el Maitriyana considera que el castigo para los criminales debe
ser empleado no porque lo merezcan, sino más bien para incrementar el bienestar
social. De esta manera, el maestro espiritual enseña a percibir que un criminal
no es un sujeto malo, sino que más
bien es alguien que ha realizado un acto
malo,[62]
demostrando simultáneamente que no hay Seres Libres e Iluminados
(Arhats-Bodhisattvas) sino más bien actos
libres e iluminados. Esta actitud insubstancialista considera que el ser
humano es lo que hace, por lo que si detiene
de hacer el mal y comienza a hacer el bien, entonces puede purificar
su mente y alcanzar la transformación y Despertar (Bodhi) de la Verdad. Al
igual que la crianza de un niño, esta actitud del Derecho Budista permite disciplinar
en una vía que demuestra desaprobación del mal comportamiento y simultáneamente
demuestra su solidaridad y respeto.[63]
En este sentido, los comités de ética y tribunales de consciencia del
Maitriyana alientan al criminal a tomar responsabilidad de sus acciones y
solicitar disculpas públicas, iniciando el primer paso hacia la lenta y ardua
rehabilitación. Esto implica que el Derecho Budista considera a sus
procedimientos como cortes terapéuticas
donde el ser humano puede abandonar la repetición (karma) de sus actos
delictivos y comenzar a identificarse con la visión de los demás, especialmente
con los sentimientos de sus víctimas. En el Maitriyana el objetivo de la
justicia restaurativa es entonces la Cura (Nirvana) de la enfermedad psíquica
del criminal y también es la Reconciliación (Maitri) con su víctima, la cual
necesita curarse de sus heridas a través del amor. La condena punitiva no es el objetivo dominante de la Ley, sino que
lo es la reformación y la rehabilitación
de los criminales.[64]
Por ello, el Derecho Budista es un sistema jurídico con integridad y sabiduría
compasiva (prajña-karuna).
En conclusión, el Tribunal
Budista de Derechos Humanos tiene el Propósito (Dharma) de guiar a los
pueblos del mundo por medio de la rectitud y la Ley Suprema, lo cual implica
una crítica directa a las Cortes ineficaces que incumplen su deber de Justicia.
Por lo tanto, se establece que la COMISIÓN
INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) está violando a los derechos de
los Pueblos Budistas y las Comunidades Espirituales, especialmente quebrantando
sus derechos individuales y colectivos tribales. Indudablemente, las Cortes
internacionales deberían estar regulando a los Estados para que los tribunales
locales no violen a los derechos fundamentales, aportando un modelo de justicia
restaurativa rápida y eficaz. Sin un Propósito humanitario las Cortes
internacionales se convierten en burócratas e insensibles ante el sufrimiento
de las víctimas, contribuyendo a la perversión de la justicia en lugar de
contribuir a su Cura. Únicamente practicando el Camino de la Justicia
Restaurativa, tal y como lo prescribió el Maestro Gautama y muchos juristas
contemporáneos, las Cortes internacionales podrán funcionar eficazmente y respetar
los derechos fundamentales, comprendiendo en todo momento que la injusticia es
uno de los principales males del mundo. De esta manera, el Caso sobre la COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
(CIDH) constituye una gran enseñanza para las cortes nacionales e
internacionales, demostrando perfectamente que si las Cortes no permiten
recursos sencillos, rápidos y efectivos para que la ciudadanía tenga justicia,
entonces las Cortes son injustas y contrarias a la solidaridad y Verdad. Las
Cortes tienen el deber de ser fieles a los supremos derechos humanos a la paz y
a la justicia, pues si funcionan de forma burocrática se convierten en
instrumentos opresivos y contrarios a la dignidad intrínseca del ser humano.
También se deja constancia de que durante los últimos
dos años la COMISIÓN INTERAMERICANA DE
DERECHOS HUMANOS (CIDH) no hizo absolutamente nada para resolver el marco
de impunidad que hubo en Argentina, donde millones de personas no han tenido
acceso adecuado a la justicia, reinando un marco de corrupción sistémica que
oprime a la sociedad. Dentro de estas millones de víctimas a las que se les ha
privado acceder a la justicia no sólo se ha encontrado el Templo Budista World Association of Buddhism sino también el Fiscal
Nisman, quien no sólo fue asesinado con total impunidad sino que además el
gobierno argentino participó activamente en el encubrimiento de dicho
homicidio. Frente a esta gravísima situación la COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) nunca buscó
sancionar al Estado Argentino.
Siguiendo el Camino del Maestro Gautama, quien desarrolló
un marco jurídico comunal e internacional, el Tribunal Budista de Derechos Humanos supervisa que las cortes
nacionales e internacionales sean rectas, justas y éticas, nunca traicionando
los derechos fundamentales, por lo que se ha sentenciado a la COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
(CIDH) como “Responsable” de VIOLACIÓN
A LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS BUDISTAS Y COMUNIDADES ESPIRITUALES.
Con espíritu de reconciliación (maitri),
Maestro Maitreya Samyaksambuddha
Presidente y Juez Espiritual del Comité Internacional de Ética Budista (CIEB) y Tribunal Budista de Derechos Humanos (TBDH)
[15] United Nations’ Security Council,
The Rule of Law and Transitional Justice in Conflict and Post Conflict
Societies, S/2004/616, 23 August 2004.
[17] P. Manning, Governing
memory: Justice, reconciliation and outreach at the Extraordinary Chambers in
the Courts of Cambodia.
[20] Artículo
33. Carta de Naciones Unidas.
[21] T. Gyatso, The pocket Dalai Lama.
[26] Jarem Sawatsky, The Ethic of
Traditional Communities and the Spirit of Healing Justice: Studies from Hollow
Water, the Iona Community, and Plum Village.
[27] Jarem Sawatsky, The Ethic of
Traditional Communities and the Spirit of Healing Justice: Studies from Hollow
Water, the Iona Community, and Plum Village.
[30] Daniel Van
Ness, The Shape of Things to Come: A
Framework to think about a Restorative Justice System.
[34] J. Rawls, A Theory of Justice.
[37] John
Braithwaite, Restorative Justice & Responsive Regulation 3 (Oxford
University Press 2002).
[39]
Howard Zehr, The Little Book of Restorative Justice.
[44] Martin Wright and Guy Masters, Justified
Criticism, Misunderstanding, or Important Steps on the Road to Acceptance?
[45] Daniel Van Ness, The Shape of
Things to Come: a Framework for Thinking about a Restorative Justice System.
[52] Z. D.
Gabbay, Justifying Restorative Justice: A
Theoretical
Justification for the Use of Restorative Justice Practices.
[55] U.S. Department of Justice, Office of
Justice Programs, Bureau of Justice Statistics, Sourcebook of Criminal Justice Statistics Online (2003).
[60] Zvi D.
Gabbay, Justifying Restorative Justice: A
Theoretical
Justification for the Use of Restorative Justice Practices.
[62] Zvi D.
Gabbay, Justifying Restorative Justice: A
Theoretical
Justification for the Use of Restorative Justice Practices.
[63] Zvi D.
Gabbay, Justifying Restorative Justice: A
Theoretical
Justification for the Use of Restorative Justice Practices.
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