Justicia Verdadera

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viernes, 7 de diciembre de 2018

Proclamación sobre Presidente de la India


CASO 47-2018: Major Deepak Rao & Paramilitary group “Tao Zen Dojo” & Academy of Combat Fitness & UCCA Commando Combat Academy  & ICS Fight Club Institute of Combat Studies
Proclamación sobre Presidente de la India

6 de Diciembre de 2018
Estimado H.E. Shri Ram Nath Kovind,
El Comité Internacional de Ética Budista y Tribunal Budista de Derechos Humanos,
Considerando que Major Deepak Rao ha sido declarado Responsable de Violación al Derecho Budista Internacional, Violación a los Derechos de los Pueblos Budistas, Violación de los Preceptos Éticos Budistas, Fraude, Militarismo, Crímenes contra la Paz, Alta Traición al Dharma, Ofensa Suprema contra la Moralidad Internacional y la Santidad de la Vida, y Violación a los Derechos Humanos;
Recordando que Deepak Rao ha sido expulsado como miembro de la United Buddhist Nations Organization (UBNO), ya que este individuo ha realizado actos de mal comportamiento, difamaciones e incluso ostentando falsamente ser un Maestro Budista, además del hecho de que Deepak Rao muestra señales de paranoia y también se encuentra liderando un grupo paramilitar que enseña a matar personas, todo lo cual es una perversión dentro del Budismo;
Preocupado enormemente de que Deepak Rao y su grupo paramilitar continúan atacando a la Comunidad Budista Internacional por medio de cyberataques, realizando actos de difamación y falsas acusaciones para generar discriminación, odio e histeria dentro del Budismo, todo lo cual son atentados violentos contra la paz e integridad de la Comunidad Budista pero que también representan un enorme daño para la reputación del Ejército de la India, al cual ya se le ha solicitado previamente que investigue y anule el grado honorario de Major que posee este individuo;
Consciente de que la Constitución de la UBNO declara que las Comunidades Budistas que promuevan la violencia serán consideradas como organizaciones terroristas, por lo que el Supreme Council of World Peace resolvió que Major Deepak Rao y su organización paramilitar constituyen un grupo terrorista;
Tomando en consideración que existe jurisprudencia internacional que demuestra que los cyberataques constituyen actos terroristas;
Analizando que existe jurisprudencia internacional que demuestra que atentados contra templos religiosos pueden ser considerados como actos terroristas e incluso crímenes de guerra, como es el caso de la destrucción del patrimonio cultural internacional analizado por la Corte Penal Internacional (ICC) durante el juicio contra Ahmad Al Faqi Al Mahdi;
Examinando que Major Deepak Rao ha firmado en múltiples ocasiones que aceptaba la jurisdicción del Comité Internacional de Ética Budista para resolver los conflictos internos dentro de la Comunidad Budista, aunque luego decidió atacar al Comité de Ética por medio de amenazas y difamaciones;
Teniendo en cuenta que el Comité Internacional de Ética Budista está amparado por el Convenio 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales;
Mostrando consternación por el hecho de que Major Deepak Rao ignora que el Comité Internacional de Ética Budista está amparado por instrumentos internacionales de Derechos Humanos, como la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas del año 2007 (artículos 5, 34 y 40) de la cual India es un país signatario;
I.                  Se confirma que el Comité Internacional de Ética Budista es constitucionalmente legal en la India por ser un sistema de Panchayat o autogobierno de la Comunidad Budista para resolver sus asuntos internos.
II.               Se denuncia el terrible hecho de que la Comunidad Budista Internacional sea atacada sistemáticamente por un miembro paramilitar del Ejército de la India.
III.           Se declara nuevamente que el Ejército de la India debe inmediatamente anular el grado de Major de Deepak Rao, recomendando que este sujeto sea sometido a evaluaciones psiquiátricas y no se le permita entrenar a miembros del Ejército.
IV.           Se manifiesta que personas como Ashin Wirathu y Major Deepak Rao quieren destruir al Budismo, buscando infiltrarse dentro de Comunidades Budistas para pervertir la integridad espiritual por medio de sus difamaciones y discursos de odio.
V.              Se condena al Major Deepak Rao como Responsable de Terrorismo.
VI.      Se invoca esta Proclamación ética como un acto de justicia frente a las violaciones al Derecho Budista Internacional y al Derecho Internacional de los Derechos Humanos, incluso invocándose a artículos sobre derechos fundamentales de la propia Constitución de la India que Major Deepak Rao estaría violando: article 19 Protection of certain rights regarding freedom of speech; article 25 Freedom of conscience and free profession, practice and propagation of religion; article 26 Freedom to manage religious Affairs; article 30 Right of minorities to establish and administer educational institutions.
VII.       Se afirma que en caso de que el Ejército de la India decida proteger y brindar impunidad a los atentados y ataques de Major Deepak Rao, entonces se realizarán acciones legales en contra del Ejército de la India por violaciones a los derechos humanos.
VIII.    Se solicita la intervención del Presidente de la India para llegar a una resolución pacífica adecuada de los conflictos.

Realizado dos mil seiscientos años después de la creación de la Comunidad Budista.

S.E. Maestro Maitreya Samyaksambuddha
Presidente y Juez del International Buddhist Ethics Committee & Buddhist Tribunal on Human Rights

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