CASO 47-2018: Major Deepak Rao & Paramilitary group “Tao Zen Dojo” & Academy of Combat Fitness & UCCA Commando Combat Academy & ICS Fight Club Institute of Combat Studies
DECRETO sobre Martial Arts Hall of Fame
26 de Noviembre
de 2018
VISTO
la Sentencia y las actuaciones posteriores del “Caso Major Deepak Rao” realizadas por
el Comité
Internacional de Ética Budista, dictaminando que Tao Zen Dojo & UCCA Commando Combat
Academy son Responsables por los cargos de Violación al
Derecho Budista Internacional, Violación a los Derechos de los Pueblos
Budistas, Violación de los Preceptos Éticos Budistas, Fraude, Militarismo y
Crímenes contra la Paz;
CONSIDERANDO:
Que
las actuaciones post-Sentencia dictaminan la Responsabilidad de Major Deepak Rao y su organización
paramilitar en la realización de Violación al Patrimonio Cultural, Alta
Traición al Dharma, Ofensa Suprema contra la Moralidad
Internacional y la Santidad de la Vida, y Violación a los Derechos Humanos;
Que Major
Deepak Rao no sólo muestra rasgos de Paranoia,
sino que además sus delirios lo han llevado a creer que él es un Maestro Zen y Psicoanalista a pesar de
no poseer tales cualificaciones;
Que Major
Deepak Rao & Tao Zen Dojo han sido
expulsados como miembros de la United
Buddhist Nations Organization (UBNO), no sólo por tener mal
comportamiento y ataques contra la Comunidad Budista Internacional
(Maha-Sangha), sino también porque este individuo realiza actividades
paramilitares que enseñan a matar personas, lo cual viola tanto la Ética
Budista como también los principios de las Artes Marciales;
Que en cumplimiento de la Constitución
de la UBNO, la Supreme Council of
World Peace declaró que
las organizaciones de Major Deepak Rao,
como Tao Zen Dojo & UCCA Commando Combat Academy, son
organizaciones
terroristas por promover la violencia;
Que las
actividades de Deepak Rao violan
tanto a la justicia del Derecho Budista como también a los principios del Jeet Kune Do;
Que la International
Combat Martial Arts Unions Association tiene un Martial
Arts Hall of Fame donde
lamentablemente forma parte Deepak Rao;
Por
ello, se DECRETA:
ARTÍCULO
1°.- Repruébese al International
Combat Martial Arts Unions Association por garantizar una
membrecía a Deepak Rao, lo cual es una validación de sus actividades
paramilitares que traicionan todos los principios éticos y filosóficos de las
Artes Marciales.
ARTÍCULO
2°.- Ordénese al International
Combat Martial Arts Unions Association dejar de apoyar a Deepak
Rao, debiéndolo retirar de su Hall of
Fame.
ARTÍCULO
3º.- Invítese nuevamente a la International
Combat Martial Arts Unions Association a seguir las enseñanzas
compasivas y el ejemplo ético del Budismo,
para así nunca traicionar el respeto por la Paz que poseen las Artes Marciales.
Siempre
con espíritu de reconciliación (maitri),S.E. Maestro Maitreya Samyaksambuddha
Presidente y Juez del Tribunal Budista de Derechos Humanos
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