Justicia Verdadera

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miércoles, 12 de septiembre de 2018

DECRETO sobre Violación a Derechos Económicos, Sociales, Culturales, Políticos y Civiles


Caso 02-2015: Gobierno de Myanmar, Presidentes Thein Sein – Aung San Suu Kyi & Min Aung Hlaing

DECRETO sobre Violación a Derechos Económicos, Sociales, Culturales, Políticos y Civiles
06 de Septiembre de 2018
VISTO la Sentencia y las actuaciones posteriores del “Caso Myanmar” realizadas por el Tribunal Budista de Derechos Humanos, dictaminando a los Presidentes Thein Sein  y Aung San Suu Kyi & General Min Aung Hlaing como Responsables por los cargos de Genocidio, Limpieza étnica, Crímenes contra la humanidad, Altos Crímenes contra la Paz, Violación al Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Violación al Derecho Budista, Altos Crímenes contra la mujer y la niñez, Crímenes de Guerra, Ofensa Suprema contra la Moralidad Internacional y la Santidad de la vida;
CONSIDERANDO:
Que la Sentencia dictamina la Responsabilidad del gobierno de Myanmar en el Exterminio cometido contra el Pueblo Rohingya y otras comunidades étnicas como el Pueblo Kachin;
Que en dichas actuaciones post-Sentencia se establecen la Responsabilidad del gobierno de Myanmar por haber cometido Crímenes de Guerra en el Estado de Kachin, repitiendo Crímenes de lesa humanidad muy similares a los realizados contra el Pueblo Rohingya;
Que de igual modo el presente Decreto dictamina Responsabilidad del Estado de Myanmar en limitar el acceso a la asistencia y ayuda humanitaria a miles de civiles en las zonas de conflicto armado de Kachin desde el año 2011 hasta 2018, bloqueando la llegada de ayuda humanitaria proveniente de la comunidad internacional, lo cual también constituyen Crímenes de Guerra;
Que asimismo este comportamiento criminal forma un patrón sistemático gubernamental, en tanto que en 2008 después del impacto catastrófico del Ciclón Nargis que causó más de 130 mil muertos y varios billones de dólares en pérdidas materiales, el gobierno militar de Myanmar también bloqueó descaradamente el acceso a la ayuda humanitaria proveniente de la comunidad internacional, abandonando a más de 1 millón de personas de su propio pueblo y condenándolos al hambre y la enfermedad;
Que se reconoce el importante trabajo de la organización Fortify Rights en la denuncia de los crímenes de guerra y violaciones al derecho internacional humanitario realizados por el gobierno de Myanmar, recomendándose el reporte They Block Everything: Avoidable Deprivations in Humanitarian Aid to Ethnic Civilians Displaced by War in Kachin State, Myanmar;
Que el gobierno de China estaría aconsejando a las autoridades de Myanmar para no proveer la asistencia humanitaria enviada por la ONU y la comunidad internacional a las 100.000 personas que han sido forzosamente desplazadas, lo cual constituye un acto de complicidad con crímenes de guerra contra la humanidad;
Que de conformidad con lo expuesto el gobierno de Myanmar se encuentra limitando los derechos de la población civil de Kachin a acceder al alimento adecuado, la salud adecuada, el hogar adecuado, el agua adecuada, la higiene apropiada, y la asistencia y ayuda humanitaria, todo lo cual constituyen violaciones a los derechos económicos, sociales y culturales, siendo un patrón criminal que se ha repetido durante las dictaduras de Thein Sein y Aung San Suu Kyi;
Que el gobierno de Myanmar acusó al Kachin Baptist Convention de ilegalidad por haber brindado asistencia humanitaria en zonas de conflicto en el Estado de Kachin;
Que se concuerda con Matthew Smith de Fortify Rights en que la privación de ayuda humanitaria a civiles es una estrategia bélica perversa, ilegal e inefectiva que debería ser juzgada por la Corte Penal Internacional (ICC) para romper el ciclo de impunidad;
Que el grupo de expertos independientes de la ONU concluyó en Agosto de 2018 que se debería juzgar a los generales de Myanmar por crímenes de guerra y crímenes contra la humanidad cometidos durante el conflicto en Kachin, Shan y Rakhine, lo cual sería compartido por el Reportero Especial de la ONU sobre la situación de los derechos humanos en Myanmar (Yanghee Lee) cuando afirmó que los bloqueos de asistencia humanitaria a civiles en Kachin constituyen crímenes de guerra ante el Derecho Internacional;
Que el gobierno de Myanmar ha intentado encubrir las violaciones a los derechos humanos por medio de la persecución y encarcelamiento ilegales de periodistas, como es el Caso de Wa Lone y Kyaw Soe Oo, los periodistas de Reuters detenidos y sentenciados ilegalmente por ejercer su libertad de expresión y prensa al investigar las masacres y los exterminios contra el Pueblo Rohingya realizados por las fuerzas de seguridad del gobierno de Myanmar, lo cual constituye un Atentado contra la Democracia y una nueva Violación a los Derechos Civiles y Políticos que ha provocado el repudio de 83 organizaciones junto con la crítica del Alto Comisionado para los derechos humanos de la ONU;
Que el régimen de Myanmar no es realmente un gobierno democrático, siendo más bien una dictadura cívico-militar, tal y como lo demuestra el hecho de que Aung San Suu Kyi es el Presidente de facto, siendo alguien que no ha sido elegido para el cargo y manteniendo su poder ilegítimo gracias a su pacto criminal genocida con el General Min Aung Hlaing;
Que la dictadura de Myanmar ha reprimido sistemáticamente a su población, hostigando y persiguiendo a comunidades étnicas de forma generalizada para poder dominar a la población civil por medio del miedo y la opresión, abusando del poder coactivo del Estado al secuestrar, torturar y asesinar a miles de civiles sin juicio previo ni debido proceso, todo lo cual constituye Terrorismo de Estado;
Por ello, se DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Apruébese una nueva extensión de la Sentencia contra el gobierno de Myanmar, declarándolo “Responsable” de Exterminio, Violaciones al Derecho Internacional Humanitario, Atentado contra la Democracia, Violación a los Derechos Civiles y Políticos, Violaciones a los Derechos Económicos Sociales y Culturales, y Terrorismo de Estado.
ARTÍCULO 2°.- Repruébese al Consejo de Seguridad de la ONU por garantizar impunidad al continuar siendo cómplice de la dictadura militar de Myanmar en lugar de promulgar su juicio y condena internacional.
ARTÍCULO 3°.- Ordénese al Estado del Vaticano y al Papa Francisco I dejar de apoyar a uno de los peores gobiernos genocidas que ha tenido la historia de la humanidad.
ARTÍCULO 4º.- Invítese nuevamente a la Corte Penal Internacional a seguir el ejemplo ético del Tribunal Budista de Derechos Humanos para juzgar al Estado de Myanmar por sus crímenes internacionales.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese a Reuters todo el apoyo ético y solidario para luchar por la liberación de sus periodistas, recomendando continuar con la transmisión de la Verdad y no permitiendo ningún tipo de intimidación.
ARTÍCULO 6°.- Confírmese que aquellos que han apoyado los crímenes genocidas de Myanmar no quedarán impunes, como es el Caso de Ashin Wirathu, el State Sangha Maha Nayaka Committee, el Norwegian Nobel Committee, la Arquidiócesis Católica de Yangon, el International Buddhist Confederation, el World Peace Prize Awarding Council, el Lama Lobzang y el Papa Francisco I.
Siempre con espíritu de reconciliación (maitri),
S.E. Maestro Maitreya Samyaksambuddha
Presidente y Juez del Tribunal Budista de Derechos Humanos

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