Justicia Verdadera

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domingo, 21 de febrero de 2016

Declaración Universal de Derechos Espirituales




Declaración Universal de Derechos Espirituales
I. Preámbulo
Considerando que los valores de la Libertad, la Igualdad y la Fraternidad en todo el mundo están sustentados por el reconocimiento de la naturaleza espiritual o dignidad intrínseca de todo miembro de la comuna humana;
Considerando que la ignorancia e inconsciencia ante la importancia de los Derechos Espirituales ha originado actos ultrajantes a las aspiraciones más elevadas del ser humano, como el Propósito del advenimiento de un mundo de paz, justicia, educación y ecología, donde los pueblos estén liberados y despiertos frente a toda opresión;
Considerando que es fundamental que los Derechos Espirituales sean protegidos por la sociedad a través de un nuevo orden de Derecho que se rebele contra la tiranía y opresión del Poder materialista, para así estar al servicio de aquellos que sufren;
Considerando que es esencial para la supervivencia y evolución de la humanidad promover el desarrollo de la reconciliación entre los pueblos del mundo, reafirmando el compromiso con los Derechos Espirituales del ser humano y de la Tierra para poder promover el progreso social, elevando la Libertad, Igualdad y Fraternidad dentro de un nivel más amplio de la consciencia;
Considerando que la mayoría de los Estados han firmado declaraciones, pactos y convenios para respetar los derechos humanos, pero simultáneamente han fallado en el cumplimiento efectivo de la Libertad fundamental del ser humano y en el cuidado de la Madre Tierra;
Considerando que una concepción espiritual es crucial para el pleno compromiso con estos derechos, libertades y responsabilidades;
La World Association of Buddhism y el Buddhist Tribunal of Human Rights proclaman la presente DECLARACION UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS como el ideal o valor al que todos los pueblos deberían tender, con la finalidad de que tanto el sujeto como la sociedad se inspiren, promoviendo el respeto y la enseñanza de estas libertades y Derechos Espirituales y asegurando acciones revolucionarias para su aplicación efectiva a nivel internacional.

II. Fundamento
Siendo la unificación de distintas tradiciones éticas y espirituales, el movimiento Maitriyana se compromete con la creación y defensa de una Declaración Universal de Derechos Espirituales, por lo que no sólo hay un compromiso ético con los derechos humanos sino también con los derechos de los animales y de la Tierra. Esta puesta en práctica de los principios del Camino Medio es un Compromiso con la unidad básica que subyace a todas las diferencias entre los seres humanos, reconociendo la naturaleza espiritual que es intrínseca tanto a la humanidad como al campo de la vida. Por ello, la Espiritualidad Budista critica los tratamientos inhumanos que reciben muchos pueblos y también muchas especies de animales. En definitiva, si la civilización continúa atacando al mundo no será más que un cáncer que necesita ser extirpado del cuerpo de la Tierra. De esta manera, el Maitriyana es una tradición espiritual que practica cuatro valores metapolíticos: trabajar por la paz, luchar por la justicia, apoyar los derechos humanos y proteger al planeta.
El Ser Libre e Iluminado confirma y transmite los valores espirituales para que todo el mundo incremente su desarrollo de Libertad, Igualdad y Fraternidad, reconociendo la importancia de la democracia verdadera y los derechos de cada ser dentro del campo de la existencia. Ciertamente, la interconexión e interdependencia entre cada pueblo demuestra que los valores espirituales de la unidad y la reconciliación son cruciales para la supervivencia y evolución de la humanidad y de la Tierra. Por lo tanto, la Espiritualidad Budista es un movimiento que trabaja en pos de un orden ético global que refleje los valores espirituales que han emergido en distintas tradiciones del mundo. Sin embargo, el Maitriyana afirma que tal orden ético global sólo puede ser construido sobre la base de una Declaración Universal de Derechos Espirituales, estableciendo principios éticos y normas rectas que permiten a los pueblos actuar con sabiduría compasiva. También, este orden ético global que presenta la Espiritualidad Budista requiere de una crítica abierta a los movimientos metafísicos y materialistas que han gobernado la sociedad durante milenios, logrando un consenso amplio sobre que debe alcanzarse urgentemente la Cura de los principales males del mundo. Este objetivo en común es el marco ético que podrá unir adecuadamente a toda la humanidad bajo una misma bandera: la búsqueda de la Liberación de todos los seres. En este sentido, la Declaración Universal de Derechos Espirituales que impulsa el Maitriyana desarrolla los mejores aspectos de todas las tradiciones éticas de la historia, permitiendo al máximo la autorrealización y autotrascendencia de cada persona. En consecuencia, la Espiritualidad Budista enseña cómo construir una Tierra Pura o Reino de la Rectitud, mostrando los Derechos Espirituales y las responsabilidades éticas que debe tener todo sujeto para vivir dignamente y poder construir un mundo mejor.

III. Responsabilidades Fundamentales
La Declaración Universal de Derechos Espirituales es la evolución misma del concepto de derechos humanos, pero simultáneamente afirmando y apoyando los derechos de los animales en conjunción con la responsabilidad ética de cuidar y proteger a la Madre Tierra. Así, se establecen las siguientes premisas fundamentales en tanto lineamiento ético o compromiso cosmocéntrico con la comunidad y el mundo entero.
1.      Todo ser humano debe respetar su naturaleza espiritual, que es la Libertad, por lo que toda institución o nación debe proteger esta dignidad intrínseca de la humanidad.
2.      Todo ser humano debe intentar evitar el mal, hacer el bien y purificar la mente, asumiendo el principio de la dignidad intrínseca con la práctica de amar al prójimo como a uno mismo.
3.      Todo ser humano debe actuar conscientemente, al mismo tiempo que las comunidades y países deben alentar esta habilidad fundamental, pues es la principal distinción de la humanidad con respecto a otros seres vivos.
4.      Todo ser humano debe contribuir al bienestar de su comunidad y del mundo entero, respetando la Verdad y los derechos de todos los demás.
5.      Todo ser humano debe mantener una relación de amor y armonía con los otros seres, los ecosistemas, la Tierra y el Cosmos, pues definitivamente se interexiste con la Totalidad.
6.      Todo ser humano debe respetar las creencias de los demás, manteniendo un diálogo crítico pero respetuoso con la finalidad de descifrar el sentido último de la vida. 

IV. Derechos Esenciales
Los siguientes principios son una síntesis entre el Décimo Noble Sendero enseñado por Siddharta Gautama y los convencionales Derechos Humanos establecidos por la ONU, conformando una inédita Declaración Universal de Derechos Espirituales creada por el Maitriyana. La Espiritualidad Budista muestra que cualquier ser humano puede alcanzar el Camino del Despertar siempre que se comprometa con la práctica ética o apropiada, superando los obstáculos psíquicos que implica ser responsable de los pensamientos, actitudes y acciones. Sin embargo, la sociedad y los gobiernos también deben establecer un compromiso con el cumplimiento de los Derechos Espirituales en tanto condiciones necesarias para que todos los seres humanos alcancen la Cura del sufrimiento. Estos Derechos Espirituales son el ingrediente para el cumplimiento del Gran Propósito del Maitriyana, practicando una serie de factores éticos o apropiados que tienen el potencial de transformar el mundo interno y externo al evanescer el apego, odio y engaño. De hecho, cuando se practican estos diez Derechos Espirituales se produce la evolución misma de la humanidad a través del Despertar.
1.      El Derecho al Entendimiento Apropiado
2.      El Derecho a la Actitud Apropiada
3.      El Derecho al Discurso Apropiado
4.      El Derecho a la Acción Apropiada
5.      El Derecho al Estilo de Vida Apropiado
6.      El Derecho al Esfuerzo Apropiado
7.      El Derecho a la Concentración Apropiada
8.      El Derecho a la Atención Apropiada
9.      El Derecho al Conocimiento Apropiado
10. El Derecho a la Liberación Apropiada
1 - El Derecho al Entendimiento Apropiado: Todo ser humano tiene el Derecho Espiritual a desarrollar libremente el pensamiento a través de un Entendimiento Apropiado acerca del origen del sufrimiento de la vida y cómo alcanzar su Cura, ejerciendo la consciencia y la visión recta para ir más allá de las creencias impuestas por las culturas, los gobiernos y las religiones.
2 - El Derecho a la Actitud Apropiada: Todo ser humano tiene el Derecho Espiritual a ser tratado de forma igualitaria, reconociéndose su dignidad inherente, por lo que la comunidad debe respetar al sujeto a través de una intención recta que evidencia apertura, renunciamiento y benevolencia.
3 - El Derecho al Discurso Apropiado: Todo ser humano tiene el Derecho Espiritual a recibir discursos veraces e informaciones útiles, valorando la Verdad y la honestidad, por lo que la comunidad debe cuidar la transmisión de la libertad de expresión por medio de la palabra recta.
4 - El Derecho a la Acción Apropiada: Todo ser humano tiene el Derecho Espiritual a participar en el proceso de toma de decisiones que afectan tanto su vida como la del prójimo, apreciando la importancia de la fraternidad, la democracia directa y la autodeterminación popular, por lo que el Estado debe brindar la oportunidad de relaciones sociales carentes de violencia, corrupción, prostitución, encubrimiento y narcotráfico.
5 - El Derecho al Estilo de Vida Apropiado: Todo ser humano tiene el Derecho Espiritual a desarrollar su talento o vocación existencial en compañía, teniendo el derecho civil a tener pareja e hijos siempre que exista un compromiso con el Bien del otro, por lo que los pueblos deben brindar posibilidades de crecimiento a todo aquel que quiera contribuir con dejar un legado de rectitud para las generaciones futuras.
6 - El Derecho al Esfuerzo Apropiado: Todo ser humano tiene el Derecho Espiritual a acceder al trabajo y al descanso, siendo recompensado por su persistencia y determinación en el recto modo de ganarse la vida, por lo que la sociedad debe permitir la propiedad privada pero simultáneamente debe redistribuir el ingreso en pos del beneficio de la mayoría.
7 - El Derecho a la Concentración Apropiada: Todo ser humano tiene el Derecho Espiritual a mantener su consciencia concentrada en un Propósito, practicando una meditación recta acerca del sentido de la existencia, por lo que la comunidad tiene la obligación de contribuir proveyendo de medios educativos para alcanzar esta finalidad a todos los seres humanos.
8 - El Derecho a la Atención Apropiada: Todo ser humano tiene el Derecho Espiritual a percibir lo Real y vivir una vida de paz, practicando una atención plena y ecuánime sobre la mente para luego trasladarla al nivel social y planetario, por lo que la sociedad debe evitar vigorosamente la violencia y simultáneamente cultivar la base necesaria para la reconciliación psíquica, la justicia social, la sabiduría compasiva y la armonía ecológica.
9 - El Derecho al Conocimiento Apropiado: Todo ser humano tiene el Derecho Espiritual a tener un saber recto y desapegado, comprendiendo la Verdad en el aquí y ahora, por lo que el mundo debe aportar bienestar e integridad a todos los seres tras conocer los valores de la Libertad, Igualdad y Fraternidad.
10 - El Derecho a la Liberación Apropiada: Todo ser humano tiene el Derecho Espiritual a tener un Despertar recto, alcanzando la autorrealización y autotrascendencia tras apreciar el proceso del soltar éticamente los apegos y aversiones a objetos e ideas, por lo que la humanidad debe tender hacia la Apertura, la Salvación y la Evolución para poder sobrevivir y desarrollarse correctamente.

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