Declaración Universal de Derechos Espirituales
I. Preámbulo
Considerando que los valores de la
Libertad, la Igualdad y la Fraternidad en todo el mundo están sustentados por
el reconocimiento de la naturaleza espiritual o dignidad intrínseca de todo miembro
de la comuna humana;
Considerando que la ignorancia e
inconsciencia ante la importancia de los Derechos Espirituales ha originado
actos ultrajantes a las aspiraciones más elevadas del ser humano, como el
Propósito del advenimiento de un mundo de paz, justicia, educación y ecología,
donde los pueblos estén liberados y despiertos frente a toda opresión;
Considerando que es fundamental que los
Derechos Espirituales sean protegidos por la sociedad a través de un nuevo
orden de Derecho que se rebele contra la tiranía y opresión del Poder
materialista, para así estar al servicio de aquellos que sufren;
Considerando que es esencial para la
supervivencia y evolución de la humanidad promover el desarrollo de la
reconciliación entre los pueblos del mundo, reafirmando el compromiso con los
Derechos Espirituales del ser humano y de la Tierra para poder promover el
progreso social, elevando la Libertad, Igualdad y Fraternidad dentro de un
nivel más amplio de la consciencia;
Considerando que la mayoría de los Estados
han firmado declaraciones, pactos y convenios para respetar los derechos
humanos, pero simultáneamente han fallado en el cumplimiento efectivo de la
Libertad fundamental del ser humano y en el cuidado de la Madre Tierra;
Considerando que una concepción
espiritual es crucial para el pleno compromiso con estos derechos, libertades y
responsabilidades;
La World Association of
Buddhism y el Buddhist Tribunal of
Human Rights proclaman la presente DECLARACION UNIVERSAL DE DERECHOS
HUMANOS como el ideal o valor al que todos los
pueblos deberían tender, con la finalidad de que tanto el sujeto como la
sociedad se inspiren, promoviendo el respeto y la enseñanza de estas libertades
y Derechos Espirituales y asegurando acciones revolucionarias para su
aplicación efectiva a nivel internacional.
II. Fundamento
Siendo la unificación de distintas
tradiciones éticas y espirituales, el movimiento Maitriyana se compromete con
la creación y defensa de una Declaración
Universal de Derechos Espirituales, por lo que no sólo hay un
compromiso ético con los derechos humanos sino también con los derechos de los
animales y de la Tierra. Esta puesta en práctica de los principios del Camino
Medio es un Compromiso con la unidad básica que subyace a todas las diferencias
entre los seres humanos, reconociendo la naturaleza espiritual que es
intrínseca tanto a la humanidad como al campo de la vida. Por ello, la
Espiritualidad Budista critica los tratamientos inhumanos que reciben muchos
pueblos y también muchas especies de animales. En definitiva, si la
civilización continúa atacando al mundo no será más que un cáncer que necesita
ser extirpado del cuerpo de la Tierra. De esta manera, el Maitriyana es una
tradición espiritual que practica cuatro valores metapolíticos: trabajar por la
paz, luchar por la justicia, apoyar los derechos humanos y proteger al planeta.
El Ser Libre e Iluminado confirma y
transmite los valores espirituales para que todo el mundo incremente su
desarrollo de Libertad, Igualdad y Fraternidad, reconociendo la importancia de
la democracia verdadera y los derechos de cada ser dentro del campo de la
existencia. Ciertamente, la interconexión e interdependencia entre cada pueblo
demuestra que los valores espirituales de la unidad y la reconciliación son
cruciales para la supervivencia y evolución de la humanidad y de la Tierra. Por
lo tanto, la Espiritualidad Budista es un movimiento que trabaja en pos de un
orden ético global que refleje los valores espirituales que han emergido en
distintas tradiciones del mundo. Sin embargo, el Maitriyana afirma que tal
orden ético global sólo puede ser construido sobre la base de una Declaración Universal de Derechos
Espirituales, estableciendo principios éticos y normas rectas que
permiten a los pueblos actuar con sabiduría compasiva. También, este orden
ético global que presenta la Espiritualidad Budista requiere de una crítica
abierta a los movimientos metafísicos y materialistas que han gobernado la
sociedad durante milenios, logrando un consenso amplio sobre que debe
alcanzarse urgentemente la Cura de los principales males del mundo. Este
objetivo en común es el marco ético que podrá unir adecuadamente a toda la
humanidad bajo una misma bandera: la búsqueda de la Liberación de todos los
seres. En este sentido, la Declaración
Universal de Derechos Espirituales que impulsa el Maitriyana desarrolla
los mejores aspectos de todas las tradiciones éticas de la historia,
permitiendo al máximo la autorrealización y autotrascendencia de cada persona. En
consecuencia, la Espiritualidad Budista enseña cómo construir una Tierra Pura o Reino de la Rectitud, mostrando los Derechos Espirituales y las
responsabilidades éticas que debe tener todo sujeto para vivir dignamente y
poder construir un mundo mejor.
III.
Responsabilidades Fundamentales
La Declaración Universal de Derechos Espirituales es la evolución
misma del concepto de derechos humanos, pero simultáneamente afirmando y
apoyando los derechos de los animales en conjunción con la responsabilidad
ética de cuidar y proteger a la Madre Tierra. Así, se establecen las siguientes
premisas fundamentales en tanto lineamiento ético o compromiso cosmocéntrico con la comunidad y el
mundo entero.
1. Todo ser humano debe respetar su naturaleza espiritual, que es la
Libertad, por lo que toda institución o nación debe proteger esta dignidad
intrínseca de la humanidad.
2. Todo ser humano debe intentar evitar
el mal, hacer el bien y purificar la mente, asumiendo el principio de la
dignidad intrínseca con la práctica de amar
al prójimo como a uno mismo.
3. Todo ser humano debe actuar conscientemente, al mismo tiempo que las comunidades
y países deben alentar esta habilidad fundamental, pues es la principal
distinción de la humanidad con respecto a otros seres vivos.
4. Todo ser humano debe contribuir al bienestar de su comunidad y del mundo
entero, respetando la Verdad y los derechos de todos los demás.
5. Todo ser humano debe mantener una relación de amor y armonía con los
otros seres, los ecosistemas, la Tierra y el Cosmos, pues definitivamente se
interexiste con la Totalidad.
6. Todo ser humano debe respetar las creencias de los demás, manteniendo un
diálogo crítico pero respetuoso con la finalidad de descifrar el sentido último
de la vida.
IV. Derechos Esenciales
Los siguientes
principios son una síntesis entre el Décimo
Noble Sendero enseñado por Siddharta Gautama y los convencionales Derechos Humanos establecidos por la
ONU, conformando una inédita Declaración Universal de Derechos
Espirituales creada por el Maitriyana. La Espiritualidad Budista
muestra que cualquier ser humano puede alcanzar el Camino del Despertar siempre
que se comprometa con la práctica ética o
apropiada, superando los obstáculos
psíquicos que implica ser responsable de los pensamientos, actitudes y
acciones. Sin embargo, la sociedad y los gobiernos también deben establecer un
compromiso con el cumplimiento de los Derechos
Espirituales en tanto condiciones necesarias para que todos los seres humanos
alcancen la Cura del sufrimiento. Estos Derechos
Espirituales son el ingrediente para el cumplimiento del Gran Propósito del
Maitriyana, practicando una serie de factores éticos o apropiados que tienen el
potencial de transformar el mundo interno y externo al evanescer el apego, odio
y engaño. De hecho, cuando se practican estos diez Derechos Espirituales se
produce la evolución misma de la humanidad a través del Despertar.
1. El
Derecho al Entendimiento Apropiado
2. El
Derecho a la Actitud Apropiada
3. El
Derecho al Discurso Apropiado
4. El
Derecho a la Acción Apropiada
5. El
Derecho al Estilo de Vida Apropiado
6. El
Derecho al Esfuerzo Apropiado
7. El
Derecho a la Concentración Apropiada
8. El
Derecho a la Atención Apropiada
9. El
Derecho al Conocimiento Apropiado
10. El Derecho
a la Liberación Apropiada
1 - El Derecho al Entendimiento Apropiado: Todo ser
humano tiene el Derecho Espiritual a desarrollar libremente el pensamiento a
través de un Entendimiento Apropiado
acerca del origen del sufrimiento de la vida y cómo alcanzar su Cura,
ejerciendo la consciencia y la visión recta para ir más allá de las creencias
impuestas por las culturas, los gobiernos y las religiones.
2 - El Derecho a la Actitud Apropiada: Todo ser humano
tiene el Derecho Espiritual a ser tratado de forma igualitaria, reconociéndose
su dignidad inherente, por lo que la comunidad debe respetar al sujeto a través
de una intención recta que evidencia apertura, renunciamiento y benevolencia.
3 - El Derecho al Discurso Apropiado: Todo ser humano
tiene el Derecho Espiritual a recibir discursos veraces e informaciones útiles,
valorando la Verdad y la honestidad, por lo que la comunidad debe cuidar la
transmisión de la libertad de expresión por medio de la palabra recta.
4 - El Derecho a la Acción Apropiada: Todo ser humano
tiene el Derecho Espiritual a participar en el proceso de toma de decisiones
que afectan tanto su vida como la del prójimo, apreciando la importancia de la
fraternidad, la democracia directa y la autodeterminación popular, por lo que el
Estado debe brindar la oportunidad de relaciones sociales carentes de
violencia, corrupción, prostitución, encubrimiento y narcotráfico.
5 - El Derecho al Estilo de Vida Apropiado: Todo ser
humano tiene el Derecho Espiritual a desarrollar su talento o vocación
existencial en compañía, teniendo el derecho civil a tener pareja e hijos
siempre que exista un compromiso con el Bien del otro, por lo que los pueblos
deben brindar posibilidades de crecimiento a todo aquel que quiera contribuir
con dejar un legado de rectitud para las generaciones futuras.
6 - El Derecho al Esfuerzo Apropiado: Todo ser humano
tiene el Derecho Espiritual a acceder al trabajo y al descanso, siendo
recompensado por su persistencia y determinación en el recto modo de ganarse la
vida, por lo que la sociedad debe permitir la propiedad privada pero
simultáneamente debe redistribuir el ingreso en pos del beneficio de la
mayoría.
7 - El Derecho a la Concentración Apropiada: Todo ser
humano tiene el Derecho Espiritual a mantener su consciencia concentrada en un
Propósito, practicando una meditación recta acerca del sentido de la
existencia, por lo que la comunidad tiene la obligación de contribuir proveyendo
de medios educativos para alcanzar esta finalidad a todos los seres humanos.
8 - El Derecho a la Atención Apropiada: Todo ser humano
tiene el Derecho Espiritual a percibir lo Real y vivir una vida de paz, practicando
una atención plena y ecuánime sobre la mente para luego trasladarla al nivel
social y planetario, por lo que la sociedad debe evitar vigorosamente la
violencia y simultáneamente cultivar la base necesaria para la reconciliación psíquica,
la justicia social, la sabiduría compasiva y la armonía ecológica.
9 - El Derecho al Conocimiento Apropiado: Todo ser
humano tiene el Derecho Espiritual a tener un saber recto y desapegado,
comprendiendo la Verdad en el aquí y ahora, por lo que el mundo debe aportar
bienestar e integridad a todos los seres tras conocer los valores de la
Libertad, Igualdad y Fraternidad.
10 - El Derecho a la Liberación Apropiada: Todo ser
humano tiene el Derecho Espiritual a tener un Despertar recto, alcanzando la autorrealización
y autotrascendencia tras apreciar el proceso del soltar éticamente los apegos y
aversiones a objetos e ideas, por lo que la humanidad debe tender hacia la Apertura,
la Salvación y la Evolución para poder sobrevivir y desarrollarse correctamente.
No hay comentarios:
Publicar un comentario